CONVENIO FUNDACIÓN PERSONAS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO UN PASO ADELANTE: FORMACIÓN, EMPLEO E INCLUSION EN EL MEDIO RURAL

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES419 - Zamora. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Anexo III para la justificación de las subvenciones según modelo normalizado publicado en la Sede electrónica de la Diputación.
  • documentation
    Memoria explicativa de las actividades realizadas, en la que conste expresa y de forma independiente en qué medida los gastos reflejados en las facturas han alcanzado los objetivos y su correspondiente evaluación.
  • documentation
    Balance equilibrado de ingresos y gastos del objeto subvencionado hasta la fecha de la justificación.
  • documentation
    Se deberá aportar adeudo bancario si los pagos superan el límite para el pago en metálico de la normativa aprobada con anterioridad a la justificación. Para el cálculo del importe anterior se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios. Cuando la factura sea emitida por un profesional autónomo, será necesario aportar el documento acreditativo del alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas. Conforme a la Base 31 de Ejecución del Presupuesto 2026 aprobado por el Pleno de la Corporación, debe anotarse en los originales que su importe ha sido objeto de subvención por la Diputación de Zamora (en cumplimiento del artículo 30.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece la necesidad de regular reglamentariamente un sistema de validación y estampillado de justificantes de gasto que permita el control de la concurrencia de ayudas). Para ello, en los originales debe figurar transcrita la siguiente diligencia, firmada en el cuerpo
  • documentation
    SÉPTIMA.- La aportación económica establecida en la Cláusula Tercera será compatible con otras ayudas concedidas o que eventualmente puedan conceder otras Administraciones o Entes Públicos y/o privados, siempre que el total de las ayudas obtenidas para su actividad regulada no sobrepase el coste de la misma. No obstante, la Fundación Personas deberá comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • documentation
    OCTAVA.- La Fundación deberá someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Diputación, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
  • documentation
    NOVENA.- La solicitud de la subvención por la Fundación conllevará la autorización de ésta para que la Diputación Provincial de Zamora pida directamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o a la Tesorería General de la Seguridad Social aquellos datos personales de los que es titular y que se precisen para el correspondiente procedimiento. En este supuesto la Asociación no deberá aportar documentación relativa a la información tributaria o de la Seguridad Social que requiera la normativa que rige el pertinente procedimiento, incorporándose ésta de oficio por la Diputación Provincial de Zamora. No obstante, la Fundación podrá denegar expresamente el consentimiento mediante escrito presentado con el correspondiente documento de solicitud, debiendo aportar entonces la documentación relativa a la información tributaria o de la Seguridad
  • documentation
    El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
  • documentation
    El acuerdo unánime de todos los firmantes.
  • documentation
    El incumplimiento de las obligaciones o compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmante. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. En este caso concreto, ambas partes acuerdan que este hecho, no conllevará indemnización de los perjuicios causados.
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    Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
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    Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes. UNDÉCIMA.- El seguimiento del convenio será realizado por una Comisión paritaria formada por la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Zamora o persona en quien delegue, el Apoderado de la Fundación Personas o persona en quien delegue, un técnico de la Diputación y un técnico de la Fundación, actuando de Secretario con voz y sin voto un funcionario con categoría de administrativo del Servicio de Bienestar Social de la Diputación. DUODÉCIMA.- La Comisión paritaria con carácter general tendrá las siguientes
  • documentation
    Seguimiento del convenio durante el año en curso.
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    Vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
  • documentation
    Resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio. Esta Comisión, con carácter obligatorio, deberá reunirse al menos una vez al año. DECIMOTERCERA.- El presente convenio estará vigente durante el año 2026, pudiendo ser modificado por mutuo acuerdo, mediante la suscripción de adendas o anexos a este convenio. 5 Cód. Validación: 6ACWPRAC2H6MX597TD5XQDK5P Verificación: https://diputaciondezamora.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social