Personas jurídicasES62 - REGION DE MURCIA

CONVENIO FESTIVAL AEREO SAN JAVIER FASJ2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES62 - REGION DE MURCIA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Los trabajos a realizar por ACAE serán los específicamente detallados a continuación:
  • Selección y contratación de los participantes.
  • Representación ante Aviación Civil y AESA (Agencia de seguridad Aérea) del Ayuntamiento de San Javier
  • Gestión y contratación de los seguros del Festival Aéreo.
  • Presentación de la documentación necesaria ante Aviación Civil y AESA para la celebración del evento. (licencias, seguros, parrilla, firmas, planes técnicos, etc.)
  • Selección de personal técnico cualificado para la organización. (directores, controladores, coordinadores aeropuertos y aeródromos, equipo humano)
  • Coordinación de los pilotos y aeronaves, entrenamientos y estancias en aeropuertos. -Dirección del Evento. El Ayuntamiento colaborará en todo lo que requiera ACAE para permisos, solicitudes, documentaciones, etc.
  • Colaborar económicamente en la organización del Festival aéreo que realiza la asociación
  • Hacer seguimiento de las acciones desarrolladas en el marco del convenio.
  • Para atender parte de los gastos que se deriven de las acciones desarrolladas durante el Festival Aéreo, el Ayuntamiento aportará a la asociación ACAE, la cantidad de 90.000€, que se destinarán a los fines expresados. Esta cantidad está prevista en el presupuesto municipal del ejercicio 2026, publicado en el BORM número 16, de fecha 21 de enero 2026. El Ayuntamiento de San Javier, una vez firmado el presente convenio, procederá al pago anticipado de la totalidad del importe de la aportación económica que le corresponde, eximiendo a la asociación, de la prestación de garantía alguna. La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. En todo caso, el importe de la presente subvención, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
  • QUINTA. VIGENCIA- El presente Convenio estará vigente hasta concluido el Festival el día 4 de mayo de 2026 y satisfecho el pago por parte del Ayuntamiento, salvo denuncia expresa por una de las partes, que deberá ser puesta en conocimiento de la otra, con un mes de antelación a la fecha en que se quiera dar por extinguido el Convenio.
  • Memoria detallada de la actividad con indicación de los resultados obtenidos.
  • Documentos probatorios de la publicidad dada a la aportación municipal.
  • Memoria económica de ingresos y gastos de la actividad o proyecto, así como justificantes de gastos por importe al menos igual a la subvención concedida. Los documentos justificativos de gastos estarán constituidos por nóminas, documentos de ingreso de cuotas de la Seguridad Social, facturas y demás documentos de valor probatorio equivalentes y ajustados a la legislación fiscal. La forma de pago del gasto subvencionado se expresará en la factura o documento
  • - Pago en efectivo: mediante recibí firmado sobre el propio documento con indicación del nombre y apellidos de quien recibe los fondos y su DNI.
  • - Pago por cheque nominativo. Mediante incorporación a la factura de copia del cheque y presentación ante el Ayuntamiento para su cotejo del cargo bancario del citado cheque.
  • - Pago por transferencia: Indicación en la factura de esta forma de pago, así como de la cuenta beneficiaria, y presentación ante el Ayuntamiento para su cotejo del cargo bancario de la indicada transferencia.
  • - Pago por domiciliación bancaria: mediante presentación ante el Ayuntamiento para su cotejo del cargo bancario correspondiente. Todos los gastos deberán estar referidos a, como máximo, 31 de diciembre 2026 y los pagos hasta el 31 de marzo de 2027, fecha máxima de justificación de la subvención concedida. Cód. Validación: 6F3EFJPRMXQSHCJGD537S6DDF Verificación: https://sanjavier.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5
  • Por el Ayuntamiento de San Javier, el Concejal de Proyectos Estratégicos o persona en quien delegue, así como un técnico adscrito a dicha Concejalia.
  • Por la asociación, su Presidente, o la persona en quien delegue, así como un miembro del mismo. Serán funciones de la citada Comisión de Seguimiento interpretar y resolver cuantas dudas y discrepancias pudieran surgir sobre el cumplimiento del presente convenio, así como aquellas cuestiones que se planteen durante su ejecución, fijar los criterios para el seguimiento y evaluación de los resultados y aprobar la memoria del desarrollo del servicio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura