CONVENIO ESPECÍFICO PARA EL CURSO ACADÉMICO 2026-2027 SUSCRITO ENTRE FUNDACIÓN CAROLINA Y UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ MÁSTER UNIVERSITARIO EN NEUROCIENCIA: DE LA INVESTIGACIÓN A LA CLÍNICA

Educación

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas físicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • a) Por medio del presente convenio la Universidad Miguel Hernández asume los siguientes
  • Diseñar el programa académico.
  • Prestar la asistencia técnica necesaria y las instalaciones dotadas al efecto para el correcto desarrollo del Máster Universitario en Neurociencia: de la Investigación a la Clínica 2026-
  • Asumir el 100% del importe de la matrícula y de la tasa del estudio de equivalencia, que asciende a la cantidad estimada de 2.500 €. Esta aportación quedará condicionada de manera suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente, con la dotación presupuestaria anual que resulte aprobada. Para asumir estos compromisos durante el curso 2026/2027, la UMH tiene habilitada la partida presupuestaria 1100 13110 48163: Acciones especi ales de impulso al Postgrado Internacional (Colaboración Fundación Carolina - Código de subvención: 11-131-4-2026-0116-S), teniendo establecido para esta acción un importe máximo de 5000 €. Una vez comunicado por la Fundación los nombres de las personas beneficiarias de las becas, desde el Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación se realizará el abono directo del precio de la matrícula al Centro de Gasto correspondiente al Máster. Dicho abono se realizará tras la comprobación de la realización efectiva de la matrícula del estudiante y, en todo caso, antes del 31/12/2026.
  • El Máster Universitario en neurociencia: de la investigación clínica objeto del presente convenio cuenta con el apoyo de la Fundación Carolina en el marco de las becas de la cooperación española, por lo que la Universidad Miguel Hernández se compromete a incluir en su web, en el espacio habilitado para dicho máster, el logotipo de la Fundación Carolina y un enlace de conexión a su página web.
  • b) La Fundación Carolina asumirá, por su parte, los siguientes compromisos:
  • Gestionar el programa de becas.
  • Comunicar a la UMH los nombres de las personas beneficiarias de cada una de las becas.
  • Cubrir y gestionar el billete de avión de ida y vuelta en clase turista a España desde la capital del país de residencia de cada becario/a.
  • Cubrir 900 € mensuales por becario/a en concepto de ayuda para alojamiento y manutención durante la fase presencial del programa.
  • Cubrir y gestionar el seguro médico no farmacéutico de los/as becarios/as durante la fase presencial del programa.
  • Asimismo, la Fundación Carolina hará partícipes a los/as becarios/as de las actividades desarrolladas en su departamento Vivir en España , consistentes, con carácter general, en actividades culturales (visitas culturales, conferencias, encuentros-coloquio...), beneficios y descuentos comerciales en función de los convenios suscritos con diversas empresas privadas e instituciones culturales y actividades dirigidas a crear y fortalecer lazos personales entre los participantes de los distintos programas de la Fundación (jornadas de acogida, actividades sociales y directorio de becarios/as).
  • TERCERA · BENEFICIARIOS/AS Para ser beneficiario/a de las becas se requerirá ser nacional de algún país de la Comunidad Iberoamericana de Naciones, excepto España, y cumplir con los demás requisitos específicos expresados en la convocatoria del programa publicada en la web de la Fundación Carolina.
  • El presente convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:
  • Por mutuo acuerdo de las partes, en sus propios términos.
  • Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del Convenio.
  • Por denuncia de las partes poniéndolo en conocimiento de la otra, al menos con cuatro meses de anticipación a la fecha en que deseara dejarlo sin efecto, teniendo en cuenta, no obstante, que habrán de ser finalizadas las acciones que en su momento se hallen en curso o esté comprometida su realización.
  • Por las demás establecidas en la legislación vigente. En todo caso, habrán de ser finalizadas las acciones que, en su momento, se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Educación