CONVENIO ENTRE LA CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD DE LA XUNTA DE GALICIA Y LA FUNDACIÓN MUSEO DE ARTES DEL GR…

Título oficial: CONVENIO ENTRE LA CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD DE LA XUNTA DE GALICIA Y LA FUNDACIÓN MUSEO DE ARTES DEL GRABADO A LA ESTAMPA DIGITAL DE RIBEIRA PARA LA AMPLIACIÓN DEL TALLER DE GRABADO DE LA FUNDACIÓN.

Cultura

En resumen: Está orientada a AMPAS, Fundaciones, Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: AMPAS, Fundaciones, Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 78.650,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones objeto de este convenio, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En esta memoria se deberá indicar el número de participantes en las actividades programadas y el impacto en medios de comunicación, prensa escrita y medios digitales. 5
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, del importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y la documentación acreditativa del pago, de los gastos financiados con cargo a la aportación de la consellería.
  • Una relación detallada, si es el caso, de otros ingresos o subvenciones que financiasen la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En el caso de no haber solicitado y/o no haber recibido otros ingresos o subvenciones que financiasen la actividad subvencionada, deberán de presentar una declaración responsable en este sentido.
  • Los tributos son gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta. En la justificación se deberá indicar si son o no susceptibles de recuperación.
  • Acta de recepción. La presentación de esta información es requisito imprescindible para la tramitación del pago, devolviendo toda la justificación que no lo cumpla. En todo lo relativo a los gastos subvencionables deberá cumplirse lo dispuesto en el

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Cultura