Personas jurídicasES13 - CANTABRIA

“CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA Y LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA CON DESTINO A FINANCIAR LAS ACTUACIONES COMPRENDIDAS EN EL PROGRAMA EJECUTIVO DE GESTIÓN DIRECTIVA.”

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Ejecutar las actuaciones subvencionadas en los términos convenidos.
  • Aplicar la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en caso de que en la ejecución de la subvención se celebren contratos que deban someterse a esta ley.
  • Justificar ante la Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos la ejecución de la subvención. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NQX0M9nJSrxqcjTiK0sw+qVTRiyZFxY59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029659_2026_DOC_00N_000000000000002432877 Firma 1: 06/07/2026 - MARIA CONCEPCION LOPEZ FERNANDEZ - RECTORA
  • La Universidad de Cantabria deberá facilitar cuanta información relacionada con la subvención le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos.
  • En cuantas actuaciones se lleven a cabo como consecuencia de la concesión de la presente subvención se hará constar su financiación por el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos.
  • La Universidad de Cantabria deberá acreditar el cumplimiento de la obligación establecida en el artículo
  • 6 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública relativa a la publicación de las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de sus órganos de administración o dirección.
  • La Universidad de Cantabria , a través del presente convenio, reconoce no encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones y 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones d e Cantabria.
  • A fin de acreditar el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente Convenio , la Universidad de Cantabria presentará, hasta el 31 de marzo de 2027 inclusive, la siguiente documentación
  • Memoria de actuación de las actividades realizadas incluyendo fechas, intervinientes, número de solicitudes de participación presentadas, con indicación de la procedencia de los mismos, número de estudiantes matriculados en los distintos módulos contemplados en el Programa, detalle de las, contenido de los mismos, tasa de aprobación, satisfacción de los estudiantes y del profesorado, conclusiones y recomendaciones.
  • Memoria económica justificativa del coste de dichas actividades, que incluirá un listado para cada una de las actividades realizadas de todos los gastos incurridos. Asimismo, se indicará el importe y procedencia de los fondos (propios y ajenos) con los que se hayan financiado los trabajos realizados, incluidos los ingresos en concepto de tasas universitarias.
  • Informe de auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en el que se certificará la
  • Importe de los gastos realizados, de los que se acompañará relación clasificada con indicación del acreedor, número de documento, fecha de emisión, concepto, importe Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NQX0M9nJSrxqcjTiK0sw+qVTRiyZFxY59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029659_2026_DOC_00N_000000000000002432877 Firma 1: 06/07/2026 - MARIA CONCEPCION LOPEZ FERNANDEZ - RECTORA
  • 5- (detallando base imponible y cuota IVA) y fecha de pago. Asimismo, se indicará el grado de imputación de los gastos de personal propio de la Universidad de Cantabria y la conformidad de las facturas al Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012).
  • Coste de personal propio de la UC. A tal efecto se podrá imputar la dedicación al proyecto de investigadores, técnicos y personal auxiliar, tanto del personal propio de la UC como nuevas contrataciones. Se imputará para cada trabajador el producto del coste -hora por el tiempo en horas dedicado directamente al proyecto. La fórmula de cálculo del coste por hora
  • Donde: X = Retribuciones satisfechas al empleado durante el tiempo de dedicación del proyecto, de acuerdo con las nóminas realizadas por la entidad beneficiaria. En este concepto no se incluyen los importes de rentas exentas y exceptuadas de gravamen. Y = Pagos a la Seguridad Social. Para el personal con contrato laboral, cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado, calculada atendiendo a la Base de Cotización (expresada en los modelos TC2 debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social por ese empleado. H = Horas anuales del empleado, según el Convenio de aplicación al beneficiario. Sólo se financiará al personal que tenga una titulación universitaria de grado medio o superior, o formación profesional de grado superior, que deberá ser acreditada convenientemente. El personal deberá disponer de formación y experiencia acorde con su participación en el proyecto. Se establece una dedicación anual máxima de 1800 horas para el total del Programa. Los salarios que se tomen como base para el cálculo del gasto de
  • personal no podrán superar el tope máximo subvencionable: Categoría profesional Coste por hora (euros/hora) Titulado universitario superior 50 Titulado universitario grado medio 35 Personal formación profesional de grado medio 20
  • Justificación de la parte de IVA no recuperable, resultante de la aplicación de la regla de la prorrata, incluida en la citada relación de gastos. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NQX0M9nJSrxqcjTiK0sw+qVTRiyZFxY59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029659_2026_DOC_00N_000000000000002432877 Firma 1: 06/07/2026 - MARIA CONCEPCION LOPEZ FERNANDEZ - RECTORA
  • Justificación del pago bancario de los gastos realizados, incluida la verificación de que se han materializado según la vigente práctica mercantil y con fecha valor comprendida dentro del plazo establecido para la presentación de la justificación de la subvención.
  • En los gastos de servicios de cuantías superiores a las establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 para el contrato menor, existencia de tres presupuestos de proveedores distintos, y, en su caso, justificación de la elección de la oferta que no fuere más económica.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico