Personas jurídicasES13 - CANTABRIA

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA Y EL AYUNTAMIENTO DE MAZCUERRAS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES MUNICIPALES

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Ejecutar las actuaciones subvencionadas en los términos convenidos.
  • Aplicar la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en caso de que en la ejecución de la subvención se celebren contratos que deban someterse a esta ley. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NHUdQ8ls/5y+cjxaP7YF9qnfFikhdxY59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029659_2026_DOC_00N_000000000000002729555 Firma 1: 29/07/2026 - FRANCISCO JAVIER CAMINO CONDE - AYUNTAMIENTO DE MAZCUERRAS(P3904100I)
  • Justificar ante la Consejería de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos la ejecución de la subvención.
  • El Ayuntamiento de Mazcuerras, a través del presente convenio, reconoce no encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones y 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • SEXTA. Gastos subvencionables y subcontratación. Se considerarán gastos subvencionables los correspondientes al coste de la de la contratación de los trabajos, IVA incluido. A estos efectos la contratación alcanzará el 100% del coste de realización de los trabajos. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. El beneficiario de la subvención podrá subcontratar la actividad objeto de la misma.
  • - El Ayuntamiento de Mazcuerras se compromete a utilizar las cantidades aportadas por el Gobierno de Cantabria íntegramente a las actividades objeto del presente Convenio.
  • Serán gastos subvencionables las actuaciones realizadas y los gastos incurridos hasta el 31 de mayo de 2027. No se admitirán, por tanto, como gastos subvencionables las actividades o gastos realizados de manera efectiva con posterioridad al 31 de mayo de 2027. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NHUdQ8ls/5y+cjxaP7YF9qnfFikhdxY59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029659_2026_DOC_00N_000000000000002729555 Firma 1: 29/07/2026 - FRANCISCO JAVIER CAMINO CONDE - AYUNTAMIENTO DE MAZCUERRAS(P3904100I)
  • La justificación de los gastos efectuados por el Ayuntamiento de Mazcuerras objeto de la subvención se hará conforme a la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. La justificación se realizará mediante la aportación de la siguiente
  • Certificación de la Secretaría del Ayuntamiento de realización de la actividad
  • subvencionada, que deberá contener:
  • Número de bienes inventariados y valor total de los mismos, por epígrafe.
  • Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo, si procede. La presentación de la documentación justificativa debe hacerse a través del registro electrónico, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La justificación se realizará antes del 30 de junio de 2027.
  • - El pago se realizará mediante un único pago anticipado a la firma del Convenio, sin necesidad de garantías previas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, d e 17 de julio, de Subvenciones, y disposición adicional quinta de la Ley de Cantabria 2/2024, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026. El pago de la cuantía arriba citada se realizará mediante ingreso en la cuenta corriente ES4900495642112010009847, a nombre de l Ayuntamiento de Mazcuerras.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Otras actuaciones de carácter económico