Personas jurídicasES704 - Fuerteventura

CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA Y LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE TAXISTAS DE LA OLIVA, PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN NOMINADA DESTINADA AL DESARROLLO DEL PROYECTO "MANTENIMIENTO DEL SERVICIO RADIOTAXI EN EL MUNICIPIO DE LA OLIVA"

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES704 - Fuerteventura. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OLIVA, LA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

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    Solicitud de Subvención nominativa del Ayto. De La Oliva, (Anexo I).
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    Declaración Responsable (Anexo II).
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    Declaración jurada de la necesidad del pago anticipado. (Anexo III).
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    Memoria explicativa y económica del proyecto (Anexo IV).
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    Certificados de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Seguridad Social, La Agencia Estatal de Administración Tributaria y La Agencia Tributaria Canaria.
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    Certificado de inscripción en el Registro de Cooperativas. TERCERO.- Que con fecha 15 de junio de 2026 y con Registro de Entrada núm. 2026-E-RE-7819, el representante de la Sociedad Cooperativa de taxista de La Oliva, aporta la siguiente
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    Copia de los estatutos de la Sociedad. CUARTO.- Que revisada la documentación presentada por la Sociedad Cooperativa de taxistas de La Oliva, la subvención máxima a conceder es de SESENTA Y CINCO MIL EUROS.-(65.000,00 €), un 45,07 % del coste total previsto de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
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    PRIMERA.- Objeto del convenio.- El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención nominativa a Sociedad Cooperativa de Taxistas de La Oliva, con CIF F-35301357, por importe de SESENTA Y CINCO MIL EUROS – (65.000,00 €), para el desarrollo del proyecto “Mantenimiento del servicio radiotaxi en el municipio de La Oliva” . En el presente se regulará las relaciones entre ambas entidades. Los gastos del proyecto “Mantenimiento del servicio radiotaxi en el municipio de La Oliva” suponen un presupuesto total de CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTIDÓS EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS - (144.222,41 € ), agrupados bajo el siguiente concepto: NÓMINAS DE PERSONAL Y GASTOS CORRIENTES. Todos los gastos subvencionables se deberán realizar en tre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
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    1.- Obligaciones del Ayuntamiento de La Oliva.- Cód. Validación: CKY4JAPRX3M9LXFNTF6PXSNDE Verificación: https://laoliva.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9
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    Abonar el importe aprobado de SESENTA Y CINCO MIL EUROS – (65.000,00 €) a la Sociedad Cooperativa de Taxistas de La Oliva, con CIF F-35301357, que supone el 45,07 % del presupuesto presentado por la referida entidad, el cuál asciende a un total de CIENTO
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    Tramitar los permisos y autorizaciones municipales que vayan a desarrollar la entidad Sociedad Cooperativa de Taxistas de La Oliva, pertinentes para el desarrollo de las actividades que componen el proyecto subvencionado denominado “Mantenimiento del servicio radiotaxi en el municipio de La Oliva”, teniendo la obligación la Sociedad Cooperativa de Taxistas de La Oliva, de entregar, en tiempo y forma suficientes, toda documentación solicitada para el trámite de dichas autorizaciones.
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    Ceder las instalaciones, recursos materiales y humanos que así se acuerden.
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    2.- Obligaciones de la entidad Sociedad Cooperativa de Taxistas de La Oliva.-
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    Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
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    Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • documentation
    Someterse a actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competente, aportando cuanta documentación le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
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    Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca, y todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • documentation
    Disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de la subvención, con el fin de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • documentation
    No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones –LGS-, en su redacción dada por la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera, y en particular, estar al corriente en las obligaciones fiscales (Hacienda Autonómica y Hacienda Estatal) y con la Seguridad Social.
  • documentation
    Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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