Personas jurídicasES212 - Gipuzkoa

CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BEASAIN Y BEAR PINTURA ZALETUEN ELKARTEA PARA EL IMPULSO DEL ARTE Y LA CREATIVIDAD EN BEASAIN

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES212 - Gipuzkoa. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BEASAIN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - Realizar las actividades subvencionadas en los siguientes términos: Organización de al menos un masterclass Dibujo de modelo en directo Organización del curso de pintura al aire libre Organización de la exposición con algunos de los trabajos realizados durante el curso Desarrollo del proyecto Sketchkrawl Exposición en Donostia e Igartza dentro de la asociación de artistas de Gipuzkoa Exposición de los trabajos creados por la asociación en Donostia Colocación del puesto de exposición en el día de la cofradía de la morcilla Organización del "Día del Arte" con otras asociaciones del municipio Colonias de arte para niños y niñas Desarrollo social de la asociación (incluida la salida a un museo o la compra de material para los cursos, entre otros) * En el supuesto de que no se realizaran todas las actividades o salidas previstas, el importe total de la subvención se reducirá de forma proporcional o proporcional al presupuesto presentado.
  • - No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, durante la vigencia del presente convenio, y hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
  • - Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • - Someterse a las actuaciones de comprobación y control, a efectuar por el órgano municipal competente o por la Intervención municipal, con la obligación de estos de facilitar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las cantidades entregadas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003.5.- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.
  • - Dar la adecuada publicidad y difusión del carácter público de la financiación de las actividades subvencionadas, mediante el empleo de los anagramas y logotipos facilitados por el Ayuntamiento de Beasain previa solicitud del beneficiario, en carteles, placas conmemorativas, material impreso, medios electrónicos y audiovisuales y menciones en medios de comunicación.
  • - Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica (23, 25, 26. 27), la Ley 2/2016, de 7 de abril, y el Decreto 179/2019, de 19 de noviembre (apartado 2), establecen que se garantizará el uso del euskera en todas las actividades, es decir:Las actividades se desarrollarán en euskera o en ambas lenguas oficiales. Los mensajes escritos (carteles, folletos, invitaciones, convocatorias, publicidad...) y las comunicaciones orales (presentadoras, ponentes, música...) se realizarán al menos en euskera, dando prioridad al euskera en caso de ser bilingües.El beneficiario de la subvención preverá el tratamiento lingüístico en la contratación de servicios o la realización de reuniones, conferencias, actos públicos, comunicación escrita (hojas informativas, carteles, cartas, notas...), megafonía, página web, grupo de WhatsApp... con terceros.
  • - DECRETO LEGISLATIVO 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la igualdad de mujeres y hombres y la prevención de la violencia machista contra las mujeres.
  • - Reintegrar los fondos públicos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
  • Pago de 1.500 euros, cuando se presente la justificación correspondiente, siempre que se haya acreditado que el beneficiario se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Una vez presentada correctamente la justificación de: Memoria. En la misma se deberá explicar, entre otras cuestiones, el resumen de las actividades realizadas, indicando la fecha de realización de las mismas, el número de participantes y la valoración de cada una de ellas. Así mismo, se indicará cómo se ha dado a conocer el carácter público de la financiación de las actividades subvencionadas (publicidad, anuncios y un ejemplar de la documentación gráfica y escrita generada en el marco de la actividad desarrollada). Documento o certificado firmado por IÑAKI ZABALETA SANPEDRO, firmante del convenio, que acredite que se han realizado las actuaciones previstas a la firma del mismo.
  • Por parte de la entidad municipal, el concejal responsable de la Comisión de Ciudadanía y el coordinador de Cultura, Euskera y Comercio, en relación al convenio.
  • Por parte de la Asociación de pintura Bear, el presidente y la secretaria, en relación con el Convenio.
  • Noveno. Notificaciones y comunicaciones entre las partes: Las notificaciones y comunicaciones que se realicen en el marco del presente Convenio deberán dirigirse a las siguientes personas:- Por parte del Ayuntamiento: Amaia Gomez de Segura Coordinadora de Cultura, Euskera y Comercio- Por la Asociación Bear de aficionados a la pintura: Mercedes Fernandez Masó, Secretaria.
  • Décimo. Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos: El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes deberá ser comunicado a la parte incumplidora para que en un plazo determinado cumpla con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Transcurrido el plazo establecido, si persistiera el incumplimiento, se resolverá el convenio. En el supuesto de que la persona beneficiaria de la subvención incumpliera las obligaciones y compromisos asumidos, deberá reintegrar la parte proporcional de la cantidad concedida más los intereses de demora que correspondan desde el momento del pago de la subvención.Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas en el supuesto de incumplimiento de las condiciones previstas en el presente convenio o de los requisitos de justificación establecidos por la intervención u órgano municipal competente, así como en los supuestos previstos en el artículo 37 y siguientes de la Ley General de Subvenciones.
  • 900 € Gastu Kontzeptua / Concepto de Gastos Kantitatea / Cantidad
  • 000 € MASTERCLASSAK (akuarela, oleoa, karikatura)
  • 900 € Sarrera Kontzeptua / Concepto de entradas Kantitatea / Cantidad

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura