Personas jurídicasES242 - Teruel

Convenio entre el Ayuntamiento de Andorra a la Asociación Empresarial Andorra Sierra de Arcos y Bajo Martín para la cof…

Título oficial: Convenio entre el Ayuntamiento de Andorra a la Asociación Empresarial Andorra Sierra de Arcos y Bajo Martín para la cofinanciación de los costes de organización de los Premios Empresa Andorra, XVIII Edición

Otras actuaciones de carácter económico

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES242 - Teruel. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ANDORRA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.627,50 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Abonar la subvención en los plazos y forma establecidos en la cláusula tercera, siempre que la Asociación haya cumplido las obligaciones derivadas del presente convenio.
  • Garantizar la presencia institucional del Ayuntamiento en el acto mediante la intervención del Alcalde o persona en quien delegue.
  • Celebrar los Premios Empresa Andorra, XVIII Edición, el día 26 de junio de 2026 en el municipio de Andorra, destinando la subvención exclusivamente a los gastos previstos en el presupuesto del evento.
  • Incluir el logotipo oficial del Ayuntamiento de Andorra en la invitación institucional enviada a los asistentes, en el photocall del evento y en las creatividades para redes sociales y comunicaciones electrónicas de la Asociación.
  • Hacer constar expresamente la colaboración del Ayuntamiento de Andorra en toda la documentación generada para los medios de comunicación.
  • Garantizar la intervención institucional del Alcalde o persona en quien delegue como parte del programa oficial del acto.
  • Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación relevante en el programa, presupuesto o fecha del evento.
  • SEXTA. — JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN La Asociación deberá presentar ante el Ayuntamiento, en el plazo máximo de dos meses desde la celebración del evento, la justificación de los gastos realizados con
  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en el presente convenio, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor, importe, fecha de emisión y fecha de pago.
  • Facturas originales o documentos de valor probatorio equivalente, acreditativos de los gastos realizados.
  • Documentación acreditativa del pago efectivo de los gastos justificados.
  • Declaración de que se ha cumplido la finalidad para la que se concedió la subvención.
  • Declaración sobre la obtención de otras ayudas para la misma actuación, acompañada de una relación detallada de todos los ingresos obtenidos.
  • Material gráfico o documental que acredite la presencia de la marca municipal en
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social. Si el importe de los gastos justificados fuera inferior al presupuesto aprobado, la subvención se minorará proporcionalmente, procediéndose al reintegro de la diferencia si el exceso ya hubiera sido abonado.
  • SÉPTIMA. — VIGENCIA El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y se extenderá hasta la completa justificación de la subvención concedida, y en todo caso hasta el 31 de diciembre de 2026. Transcurrido dicho plazo sin que la Asociación haya presentado la justificación exigida, el Ayuntamiento podrá iniciar el procedimiento de reintegro de las cantidades abonadas.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo establecido.
  • Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas u ocultando las que hubieran impedido su concesión.
  • Aplicación de los fondos a finalidades distintas de las previstas en el objeto del convenio.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Otras actuaciones de carácter económico