CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA Y ASPRODES, AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES415 - Salamanca. La gestiona DIPUTACIÓN DE SALAMANCA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 108.834,00 €. Inicio: 08/02/2026. Plazo: Fin: 13/03/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Fomentar la coordinación y dinamización de la red asociativa y social de la Zona de Acc ión Social en que se encuentre ubicado cada Centro, a través de los técnicos de los CEAS y del técnico responsable del seguimiento del presente convenio.
  • Prestar apoyo a las familias de las personas con discapacidad.
  • Elevar a los órganos corporativos competentes las propuestas de planificación y actuación necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Convenio.
  • Aportar a la entidad ASPRODES, una vez firmado el presente convenio, la cantidad de cincuenta y nueve mil setecientos treinta y siete euros (59.737,00 €) para colaborar en la financiación de los gastos de mantenimiento de los centros de titularidad de la Asociación, especialmente los referidos al transporte de los alumnos. Para el supuesto específico del Centro de Tamames menci onado en la estipulación Primera , la cuantía asciende a cuarenta y nueve mil noventa y siete euros (49.097,00 €). La aportación total ascenderá a ciento ocho mil ochocientos treinta y cuatro euros (108.834,00 €) para el ejercicio 2026. La subvención concedida será compatible con otras otorgadas para la misma finalidad, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de los módulos convenidos.
  • Prestar los servicios y atención a las personas con discapacidad en su ámbito de actuación.
  • Participar en la Comisión previstas en el presente Convenio.
  • Justificar la subvención recibida, conforme a lo dispuesto en la Estipulación Décima del presente Convenio de Colaboración.
  • Aplicar las cantidades recibidas a los fines previstos en el presente convenio. En su caso deberá comunicar cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se concedió.
  • Comunicar a la autoridad concedente la obtención de ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración Pública o Ente Público o Privado.
  • Comunicar a la autoridad concedente las vari aciones del presupuesto inicial así como cualquier variación documental, de domicilio o sustancial para la suscripción del presente convenio.
  • Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los términos previstos en la cláusula décima.
  • Las demás establecidas en el presente convenio de colaboración.
  • SEXTA. - COMISIÓN PROVINCIAL DE SEGUIMIENTO DE LA RED DE CENTROS Y SERVICIOS. En cumplimiento de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, se podrá constituir una Comisión de Seguimiento del Convenio, a quien corresponderá controlar la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en cumplimiento del mismo, resolver cuantas dudas y cuestiones se susciten en torno a la aplicación, interpretación y efectos del Convenio; así co mo proponer, si fuera necesario, su modificación.
  • La Comisión se constituirá en régimen de paridad y estará formada por los siguientes miembros: en representación de la Diputación, el/a Diputado/a Delegado/a del Área de Bienestar Social -que ostentará la P residencia de la misma - y un técnico designados por éste/a, que actuará como Secretario de la Comisión. En representación de la Asociación su Presidente y Secretario. Todos los miembros de la Comisión podrán ser sustituidos en casos de ausencia, o impedimento que imposibilite su asistencia. La Comisión se reunirá a instancia de cualquiera de las partes y los acuerdos que deban adoptarse en aplicación de la presente cláusula lo serán por mayoría.
  • Una Memoria explicativa relativa a las plazas de las que son titulares en el convenio y de los programas subvencionados, especificando número de usuarios, mo dalidad de usuario y tipología de plaza que ocupan, así como los kilómetros recorridos en el transporte. Deberá constar expresamente que ha cumplido la finalidad para la que se otorgó el convenio. Incluirá el programa a desarrollar, los medios gráficos de difusión y documentación gráfica si la hubiera elaborada para el desarrollo del proyecto o actividad subvencionada. La memoria debe estar suscrita por el representante legal de la Entidad.
  • Una Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
  • 1. Cuadro resumen (ingresos y gastos) del coste total de la actividad subvencionada, firmado por el/la Presidente/a de la Asociación. Deberá recoger la relación detallada de ingresos o subvenciones destinados a la misma actividad su bvencionada con indicación del importe y procedencia. (ANEXO I)
  • 2. Relación de facturas imputadas al convenio , firmada por el/la Presidente/a de la Asociación, en la que se encuentren identificados los perceptores (Persona física o jurídica y NIF/CIF), conceptos, número de las facturas, fecha de emisión, fecha de pago e importe de las mismas. (ANEXO II). Si se imputan gastos de personal, presentar además el ANEXO III. Deberá indicar en dichos anexos si el importe del justificante se imputa total o parcialmente y en qué porcentaje. Asimismo, en el documento se declarará responsablemente que dichos documentos de gasto no serán utilizados en el porcentaje señalado para la obtención de otras ayudas o subvenciones.
  • 1. Documentos justificativos del gasto: Presentación en documento original de facturas y demás documentos de valor probatorio imputados al convenio, con el desglose de cada uno de los gastos que incluya. Las facturas se emitirán con sujeción a cuanto establecen las Bases de Ejecución del Presupuesto y el Rea l Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • 2. Documentos justificativos del pago: Igualmente se deberá acreditar el pago de los gastos

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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