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CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN DE PALENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO PARA LA CESIÓN Y USO DEL ESPACIO CULTUR…

Título oficial: CONVENIO ENTRE LA DIPUTACIÓN DE PALENCIA Y EL AYUNTAMIENTO DE AGUILAR DE CAMPOO PARA LA CESIÓN Y USO DEL ESPACIO CULTURAL PROVINCIAL CINE AMOR

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre ambas Instituciones mediante la cesión temporal del uso del Espacio Cultural “Cine Amor” y sus oficinas anexas, propiedad de la Diputación de Palencia, en los términos que se concretan en el presente Convenio, para la organización de todo tipo de actividades culturales, turísticas, incluida la organización del Festival Internacional de Cine Español. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 20.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La Diputación Provincial de Palencia cede el uso del edificio denominado “Espacio Cultural Cine Amor” y su edificio anexo al Ayuntamiento de Aguilar de Campoo para la realización de actividades culturales, sociales, turísticas y otras que redunden en beneficio de los vecinos de Aguilar de Campoo y su comarca. La Diputación aportará 20.000 € en el presente ejercicio que se imputarán a la aplicación presupuestaria 52 33409 46206 114 del Presupuesto de 2026. Así mismo la Diputación de Palencia correrá con los gastos del seguro general del edificio.
  • El Ayuntamiento desarrollará sus actividades en las instal aciones cedidas bajo su exclusiva responsabilidad, y hará suyas las pérdidas o beneficios que pudieran generarse, quedando exonerada la Diputación de cualquier responsabilidad u obligación respecto de las mismas.
  • El Ayuntamiento costeará íntegramente los servicios instalados o que pudieran instalarse en el edificio, corriendo a su cargo los gastos de suministro de gas, agua, electricidad, teléfono y otros servicios urbanos, así como la vigilancia, limpieza y demás necesarios para el mantenimiento ordinario, viniendo especialmente obligado al pago o reintegro a la Diputación de los tributos que puedan gravar el inmueble y las actividades municipales desarrolladas en el mismo.
  • El Ayuntamiento vendrá obligado a realizar cuantas obras ordinarias de mantenimiento, conservación y adaptación requiera la plena utilidad del pabellón para el destino que le es propio, debiendo obtener la previa conformidad de la Diputación para la ejecución de aquellas que requieran proyecto técnico, y corriendo exclusivamente por su cuenta los gastos que se generen por tal concepto.
  • La Diputación tendrá facultades de inspección y vigilancia del estado de conservación de las instalaciones.
  • Las obras nuevas de modernización o ampliación que el Ayuntamiento considere conveniente realizar deberán comunicarse previamente a la Diputación para su aprobación y concertación de la financiación de las mismas.
  • El Ayuntamiento deberá atender con carácter preferente las solicitudes de uso de los bienes y derechos cedidos que, con la debida antelación, pueda formularle la Diputación, incluso en el supuesto de incompatibilidad con las actividades que venga desarrollando el Ayuntamiento. A tal efecto, y sin perjuicio de las actividades extraordinarias que puedan acometerse, la Diputación remitirá al Ayuntamiento la programación de sus actividades para cada semestre del año natural, antes del comienzo del período correspondiente.
  • En todo caso, el Ayuntamiento tendrá garantizada la utilización de al menos el 80 por 100 del total de las actividades posibles durante el año.
  • El Ayuntamiento de Aguilar podrá ceder a terceros (organismo, asociaciones u otros colectivos) el uso ocasional del Cine Amor para la organización de los actos que estime oportunos, siempre y cuando se responsabilice del bueno uso del mismo y de todas sus dependencias y del adecuado mantenimiento de todas sus estancias y mobiliario. Así mismo, por la firma del presente Convenio se responsabiliza de que tanto su personal como terceros contratados por él, observen lo dispuesto en este Convenio y en especial en esta estipulación.
  • El Ayuntamiento de Aguilar de Campoo será el responsable de custodiar las llaves del edificio y de abrir y cerrar todo el edificio, incluso cuando se trate de actividades programadas por la Diputación.
  • El Ayuntamiento de Aguilar de Campoo se compromete a dejar el Espacio Cultural “Cine Amor”, tras finalizar este Convenio, en las mismas condiciones en que le fue autorizado el mismo sin perjuicio del deterioro que pueda sufrir por el uso normal. El incumplimiento de lo estipulado en esta cláusula y en la tercera, dejará sin efecto automáticamente el presente Convenio.
  • El 10 % del importe de la subvención, hasta un máximo de 450 euros, en el caso de que se presente la justificación fuera de plazo, con anterioridad a efectuar el requerimiento adicional de la justificación.
  • El 20 % del importe de la subvención, hasta un máximo de 900 euros, en el caso de que la justificación se presente en el plazo concedido en el requerimiento adicional. En los supuestos de presentación fuera de plazo de la justificación, la aprobación de ésta última no dará lugar al pago inmediato de la subvención, sino que éste quedará demorado hasta la resolución del procedimiento sancionador correspondiente.

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Segunda.- Gastos subvencionables · eligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos correspondientes a la totalidad de cada ejercicio que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas objeto del Convenio que sirvan para mantener abierto el edificio, incluido su mantenimiento y apertura.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre ambas Instituciones mediante la cesión temporal del uso del Espacio Cultural “Cine Amor” y sus oficinas anexas, propiedad de la Diputación de Palencia, en los términos que se concretan en el presente Convenio, para la organización de todo tipo de actividades culturales, turísticas, incluida la organización del Festival Internacional de Cine Español. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Esta subvención se integra en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, aprobado en fecha 26 de diciembre de 2025, contribuyendo con ello al mantenimiento del Centro Cultural Cine Amor.