CONVENIO ENTRE DIPUTACION DE PALENCIA Y LA ASOCIACION CULTURAL MUSICAL SANTA MARIA DEL CAMINO 2026

El objetivo del presente Convenio es la colaboración en la realización de todas aquellas actividades formativas y culturales que realice esta Asociación Musical. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Esta subvención se integra en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, aprobado en fecha 26 de diciembre de 2025, y corregido con fecha 11 de abril de 2026, contribuyendo con ello a la realización de actividades culturales.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Diputación de Palencia, con cargo a la aplicación presupuestaria 52 33406 48904 114 del vigente presupuesto económico de 2026 aportará al objeto señalado la cantidad de 8.000 euros, una vez presentada la memoria justificativa de las actuaciones y la justificación del gasto. La Asociación Cultural Musical Santa María del Camino, por el presente Convenio se
  • Disponer de los medios materiales y humanos adecuados para una correcta actividad formativa de sus alumnos.
  • La Asociación Cultural Musical Santa María del Camino adquiere el compromiso de colaborar con la Diputación de Palencia en todas las actividades culturales que se programen en la zona centro de la Provincia, especialmente las programadas en el Camino de Santiago y en Carrión de los Condes.
  • justification
    La cantidad a justificar será la subvencionada, es decir, 8.000 €.
  • justification
    El plazo improrrogable de justificación finaliza el día 30 de octubre de 2026.
  • justification
    Se podrán justificar los gastos que se hayan realizado desde el 1 de noviembre de 2025
  • justification
    hasta el 30 de octubre de 2026, mediante la presentación de: a. El Anexo relativo a la solicitud de pago de la subvención y declaración de la Asociación Cultural Musical Santa María del Camino. b. El Anexo relativo a la relación de facturas. c. Las facturas originales. d. La acreditación de que la Asociación Cultural Musical Santa María del Camino se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Diputación de Palencia. A tal efecto, autoriza a la Diputación Provincial de Palencia para que pueda obtener el certificado de la Agencia Tributaria. e. La memoria de las actuaciones realizadas. Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.
  • justification
    Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones y/o compromisos adquiridos : La presentación fuera de plazo de la justificación se considerará una infracción leve de conformidad con lo establecido en los Artículos 52 a 69 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos, previa tramitación del expediente oportuno, se impondrán las siguientes
  • justification
    El 10 % del importe de la subvención, hasta un máximo 450 euros, en el caso de que se presente la justificación fuera de plazo, con anterioridad a efectuar el requerimiento adicional de la justificación.
  • justification
    El 20 % del importe de la subvención, hasta un máximo 900 euros, en el caso de que la justificación se presente en el plazo concedido en el requerimiento adicional. En los supuestos de presentación fuera de plazo de la justificación, la aprobación de ésta última no dará lugar al pago inmediato de la subvención, sino que éste quedará demorado hasta la resolución del procedimiento sancionador correspondiente.

Gastos y actuaciones

  • Segunda.- Gastos subvencionables · ineligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas objeto del Convenio. Quedan excluidos los gastos de material inventariable y los gastos protocolarios.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objetivo del presente Convenio es la colaboración en la realización de todas aquellas actividades formativas y culturales que realice esta Asociación Musical. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Esta subvención se integra en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, aprobado en fecha 26 de diciembre de 2025, y corregido con fecha 11 de abril de 2026, contribuyendo con ello a la realización de actividades culturales.