Personas jurídicasJóvenesES424 - Guadalajara

Convenio entre el Ayuntamiento de Guadalajara y la Asociación Diocesana Scouts para la colaboración en los actos progra…

Título oficial: Convenio entre el Ayuntamiento de Guadalajara y la Asociación Diocesana Scouts para la colaboración en los actos programados por la Concejalía de Juventud

Scouts de Guadalajara se compromete a aportar un grupo suficiente de personas, con el fin de colaborar en los actos incluidos en la programación anual de la Concejalía de Juventud, como una actividad más de la Asociación. Para ello, y según las necesidades del evento, se conformarán grupos de personas, que rotarán en su trabajo. Cada grupo tendrá un responsable, aunque el responsable principal de la actividad será el Presidente de la Asociación. Los Scouts comunicarán al Ayuntamiento los nombres y teléfonos de todos los responsables…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES424 - Guadalajara. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Jóvenes.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 8.000,00 €. Inicio: 24/09/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La Asociación benficiaria de la subvención deberá presentar la cuenta justificativa, indicada en el artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización del presente Convenio. Únicamente se admitirán como gastos subvencionables los realizados durante el año 2026 relacionados con el objeto del Convenio. Para su justificación, se deberá presentar la correspondiente cuenta
  • justificativa, que habrá de contener la siguiente documentación: 1º. Memoria de actividades realizadas y los resultados obtenidos. 2º. Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor, importe, fecha de emisión, concepto y fecha de pago.
  • Certificado de que se ha procedido al gasto para la finalidad que le fue concedida y relación de otras subvenciones o ayudas obtenidas para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de que éstas no se han producido expedido por el representante legal de la Asociación.
  • Facturas originales, o copias compulsadas.
  • Documentos acreditativos del pago de las facturas. Atendiendo a la forma de pago de las facturas presentadas con cargo a la
  • subvención concedida, se presentará la siguiente documentación: Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la misma el número de factura o el concepto abonado; salvo aquellos gastos que lo sean por importe inferior a 500,00 euros, donde podrá consistir su acreditación en la consignación sobre la propia factura de la expresión “pagado” y la identificación completa de la persona que recibe el pago. La fiscalización de la subvención se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 213 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, debiendo en todo caso el Ayuntamiento de Guadalajara verificar el destino dado a la misma, que deberá justificar la entidad. El Ayuntamiento de Guadalajara se reserva el derecho de seguimiento, inspección y control de las actividades subvencionadas, así como la petición de los documentos que considere necesarios.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Scouts de Guadalajara se compromete a aportar un grupo suficiente de personas, con el fin de colaborar en los actos incluidos en la programación anual de la Concejalía de Juventud, como una actividad más de la Asociación. Para ello, y según las necesidades del evento, se conformarán grupos de personas, que rotarán en su trabajo. Cada grupo tendrá un responsable, aunque el responsable principal de la actividad será el Presidente de la Asociación. Los Scouts comunicarán al Ayuntamiento los nombres y teléfonos de todos los responsables. Asimismo, Scouts de Guadalajara se compromete a aportar los medios materiales necesarios que requiera la Concejalía de Juventud para la realización de las actividades previstas en su programación anual. El Ayuntamiento informará al Presidente de la Asociación, al menos con un día de antelación, de cuales son las actividades previstas para cada jornada. Scouts de Guadalajara asume que es posible que existan cambios de última hora sobre los programas previstos, aceptando esas variaciones. En cualquier caso, se apela a la buena voluntad de ambas partes para resolver cualquier modificación sobre las actividades previstas. Previamente a la concesión, la beneficiaria deberá acreditar ante el Ayuntamiento de Guadalajara que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda Estatal, Seguridad Social y Hacienda Municipal. La firma del presente Convenio supone la autorización a los servicios competentes del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara para la comprobación de tales extremos.