CONVENIO EN ESPECIES CON LA FEDERACIÓ D`ASSOCIACIONS DE VEÃ?NS I VEÃ?NES DE SANTA COLOMA DE GRAMENET (FAVGRAM) PARA EL · 2026

Título oficial: CONVENIO EN ESPECIES CON LA FEDERACIÓ D`ASSOCIACIONS DE VEÃ?NS I VEÃ?NES DE SANTA COLOMA DE GRAMENET (FAVGRAM) PARA EL AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES51 - CATALUÑA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.509,02 €. Inicio: 01/01/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Boletines de cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT) correspondientes a los meses imputados al proyecto subvenc ionado. En el caso de los RNT será necesario indicar los trabajadores imputados.
  • Contratos de trabajo, resoluciones de alta en la Seguridad Social e informe de cotización de los trabajadores/as imputados al proyecto subvencionado.
  • Documento acreditati vo del pago (transferencia bancaria, cheque, extracto bancario) de los gastos justificativos de la subvención. Recordar que en el caso de que se justifiquen gastos de personal será necesario aportar, adicionalmente a los documentos acreditativos del pago d e las nóminas, el del pago de las declaraciones a cuenta del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF por las retenciones aplicadas sobre el bruto de las nóminas modelo del 111 y 190) y el pago de las RLC correspondientes a los meses imputados al proyecto subvencionado.
  • Certificado de la dedicación horaria de los trabajadores asignados al proyecto subvencionado (en caso de que se justifiquen gastos de personal).
  • Acreditación del registro contable de los comprobantes acreditativos de la ejecución de los gastos e inversiones justificadas: cuentas de mayor en las que figuren éstas, así como de los proveedores correspondientes.
  • Acreditación de la contabilización del pago de las facturas y otros documentos acreditativos de los gastos/inversiones justificadas.
  • Extractos bancarios que acrediten el cobro de la subvención objeto de control financiero, así como extracto bancario en el que se recoge el movimiento de cobro.
  • Otra documentación re lacionada con las inversiones/gastos subvencionados (memorias, presupuestos, expedientes de contratación administrativa,...).
  • Acreditación de la difusión o publicidad de carácter público de la financiación de la obra o actividad subvencionada por el Ayuntamiento.
  • En el caso de fundaciones y asociaciones, documentación acreditativa de estar inscritas en el registro oficial correspondiente.
  • Si existen bienes amortizables procedentes de la subvención, cuadro de amortización de los mismos, así como la contabilización de estas inversiones y amortizaciones que se imputen a efectos de justificación.
  • Indicación de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos de la Entidad que hayan sido incorporados a la relación de gastos e inversiones.
  • Si la Entidad justifica total o parcialmente el IVA como gasto subvencionable, acreditación de estar exenta del impuesto o bien apl icar la regla de la prorrata. La acreditación se efectuará a través del modelo 390 (resumen anual del IVA o declaración
  • En el caso de que las inversio nes/gastos subvencionables incluidas en la justificación superen la cuantía del contrato menor (15.000 € en servicios y suministros y los 40.000 € en obras) disponer de tres ofertas de diferentes proveedores y del criterio seguido para su selección (salvo que por las especiales características de las inversiones/gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que los suministre o los presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de subvención).

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social