Convenio del Ayuntamiento de Elche y APSA, para el desarrollo del Proyecto para la formación profesional para personas · 2026

Título oficial: Convenio del Ayuntamiento de Elche y APSA, para el desarrollo del Proyecto para la formación profesional para personas con discapacidad intelectual, del desarrollo y del espectro autista del Centro de Formación APSA de Elche, 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ELCHE/ELX.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas, Personas con discapacidad.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 16.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 07/09/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16337262113667506145 en https://sede.elche.es Por otro lado, el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), establece que podrán concederse de forma directa las subvenciones previstas nominativamente en el Presupuesto general de la Entidad Local, y en el artículo 28 de esta misma Ley, se dispone que los convenios serán el instrumento habitual para canalizar estas subvenciones. En este sentido, es en el artículo 65.3 del RD 887/2006, de 21 de julio, de aprobación del Reglamento de la LGS, donde se concreta el contenido mínimo que este tipo de convenios - bases reguladoras de las subvenciones nominativas- debe contener: objeto, beneficiarios, crédito presupuestario al que se imputa el gasto, compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, plazos y modo de pago de la subvención, y plazo y forma de justificación.
  • - La Asociación Pro-Discapacitados Psíquicos de Alicante (en adelante APSA), es una asociación sin ánimo de lucro que desarrolla una labor de atención integral a las personas con discapacidad intelectual, con el fin de conseguir su integración social y mejorar su calidad de vida, así como su autonomía personal, social y profesional, siendo su objeto la inclusión de las personas con discapacidad en los ámbitos familiar, social, escolar y laboral, así como la defensa de sus derechos e intereses, así como los de su familia y tutores.
  • .- POR PARTE DE APSA: La Asociación APSA desarrollará el “Proyecto para la formación profesional para personas con discapacidad intelectual, del desarrollo y del espectro autista del centro de formación APSA de Elche 2026-2027”, programa de acciones formativas dirigidas a un colectivo de jóvenes con discapacidad intelectual, asociados de APSA, a los que se impartirá una formación adecuada para mejorar las competencias personales, sociales, ocupacionales y/o profesionales. La finalidad será ofrecer a los estudiantes una capacitación que favorezca la promoción a otros centros ocupacionales y de trabajo con el fin de poner en marcha sus conocimientos ocupacionales y/o laborales. En el Centro de Formación APSA de Elche se imparten los siguientes módulos y
  • Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales. La competencia general para alcanzar en el programa consistirá en distribuir, reproducir y transmitir la información y documentación requeridas en las tareas administrativas y de gestión, internas y externas, así como realizar trámites elementales de verificación de datos y documentos a requerimiento de técnicos de nivel superior con eficacia, de acuerdo con instrucciones o procedimientos establecidos.
  • Digitalización, accesibilidad cognitiva y lectura fácil. La competencia general consistirá en realizar acciones que ayuden a nuestro alumnado en alfabetización digital accesible y lectura fácil, en especial trasladando nuestra práctica a la ciudad de Elche y su comarca. Conocimiento de recursos municipales, servicios, comunicaciones, y todo lo relacionado con la información al ciudadano y si está desarrollada bajo la modalidad de accesibilidad cognitiva y lectura fácil. En todos los programas formativos existe un tronco formativo común, distribuido en diversas
  • Módulos de formación profesional específica (FPE), en una de las siguientes
  • Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales.
  • Módulos de carácter general.
  • Módulo científico-matemático:
  • Matemáticas: uso del dinero y alfabetización financiera básica.
  • Módulo de formación y orientación laboral (FOL).
  • Módulo de prevención y riesgos laborales y calidad medioambiental.
  • Módulo de educación física.
  • Actividades físico-deportivas.
  • Módulo de formación en centros de trabajo (FCT): prácticas no laborales. La programación incluye formación en centros de trabajo a través de prácticas no laborales. El objetivo de estas prácticas es fortalecer el desarrollo de las destrezas laborales mediante su entrenamiento en entornos naturales. La Asociación APSA llevará a cabo los servicios y actividades que comprende el desarrollo del Convenio por medio de sus propios recursos humanos, sin vinculación laboral ni jurídica de ningún tipo respecto del Ayuntamiento. APSA se hará cargo de las necesidades presupuestarias, con medios propios u otras fuentes de financiación que superen la cantidad que aporta, a través de este convenio, el Ayuntamiento de Elche. La subvención que otorga el Ayuntamiento de Elche, a través de este convenio, es compatible con otras ayudas o subvenciones privadas y públicas que puedan concederse para el desarrollo del programa, siempre que la suma de las mismas no exceda el coste del proyecto. Caso que se produzca un exceso de financiación, el Ayuntamiento podrá exigir la devolución proporcional del importe que a través de este convenio se compromete a subvencionar.
  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16337262113667506145 en https://sede.elche.es La Entidad deberá publicitar que el programa está subvencionado por el Ayuntamiento de Elche, de conformidad con lo establecido en la cláusula décima.
  • . - POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE ELCHE: El Ayuntamiento de Elche aportará un máximo de DIECISEIS MIL EUROS (16.000,00 €) en concepto de subvención al desarrollo del programa, con cargo a la aplicación presupuestaria 155/20/26, denominada “CONVENIO APSA”.
  • Dicha cuantía podrá ser destinada a la cofinanciación de los siguientes conceptos:
  • - Gastos de personal necesarios para el desarrollo de las actividades que comprende el programa. Deberá acreditarse la vinculación del personal perteneciente a la entidad beneficiaria con el programa objeto de subvención, justificando el tiempo de dedicación a las actividades subvencionadas.
  • - Gastos de material no inventariable necesarios para la realización de las actividades que comprende el desarrollo del programa.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Servicios Sociales y Promoción Social