CONVENIO DE SUBVENCIÓN, POR PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PALAMÓS, CÁRITAS DIOCESANA DE GIRONA Y CÁRITAS INTERPARROQUIAL DE PALAMÓS I SANT JOAN EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PALAMÓS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Ejercer la actividad propia de las actividades objeto de este convenio de acuerdo con las disposiciones generales y particulares de los proyectos que se anexan.
  • Dar cumplimiento de las medidas de seguridad y acústicas, así como de las técnico-sanitarias establecidas legalmente.
  • Gestionar el funcionamiento diario de las activ idades en cuanto a la organización y los aspectos económicos.
  • Delegar a los responsables que hagan de enlace en cada proyecto y participen en las reuniones de la comisión de seguimiento.
  • Seleccionar, de acuerdo con los requisitos adecuados, el personal contratado para cada actividad, efectuar los contratos y realizar la supervisión y seguimiento de los mismos.
  • Contribuir en el funcionamiento de las actividades que así lo requieran mediante personal voluntario y gestionar la póliza de seguro correspondiente, la coordinación, la formación y el acompañamiento necesarios.
  • Favorecer la participación en las acciones formativas que se ofrecen en municipio.
  • Elaborar las memorias de los proyectos a nivel local.
  • Someterse a las actuaciones de comprobac ión y de control financiero que realice la Intervención General del Ayuntamiento, y apo rtar toda la
  • Hacer constar la colaboración del Ayuntamiento en la ejecución del proyecto o de la actividad, en toda la documentación impresa y en carteles o medios electrónicos y audiovisuales.
  • Acreditar y dar publicidad a la participación del Ayuntamiento en las actividades subvencionadas dando cumplimiento a los requerimientos establecidos en los apartados 3 y 4 del artículo 18 de la LGS, en relación con el hecho de dar publicidad a las subvenciones y a aquello establecid o en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Conservar los documentos, de cualquier tipo, justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, por un período no inferior a 6 años, desde la finalización del plazo de presentación de las justificaciones. El incumplimiento de estas obligaciones originará las responsabilidades que en cada caso correspondan y podrá suponer la revocación, reducción o reintegro de la subvención concedida.
  • OCTAVO. - COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES Cáritas deberá comunicar la petición y/u obtención de cualquier subvención pública concurrente que no se haya declarado en la solicitud. La subvención otorgada será compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados. Sin embargo, el importe total de las subvenciones recibidas con la misma finalidad no podrá superar el coste total del proyecto/actividad a desarrollar.
  • El respeto a la Constitución, el Estatuto de autonomía y el principio de legalidad.
  • El r espeto y la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas y de los derechos estatutarios.
  • La igualdad de trato de todas las personas, evitando cualquier tipo de discriminación y arbitrariedad en la toma de decisiones.
  • La imparcialidad en la toma de decisiones, con garantía de la s condiciones necesarias para una actuación independiente y no condicionada por conflictos de intereses.
  • La rendición de cuentas y la responsabilidad para las actuaciones propias y de los órganos que dirigen.
  • El compromiso general y directo por la calidad de las actividades bajo su responsabilidad y el cumplimiento de los derechos de los usuarios.
  • El deber de abstenerse de intervenir en los asuntos de su competencia cuando concurra alguno de los supuestos de abstención que establezca la ley.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social