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Convenio de subvención nominativa entre el ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y Fundacion Catedral Santa María, año 2026

Título oficial: Convenio de subvención nominativa entre el ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y Fundacion Catedral Santa María, año 2026

El objeto de este convenio es conceder a la Fundación Catedral Santa María una subven- ción nominativa por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por importe de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 €.-) con el fin de llevar a cabo las Obras de Mantenimiento, Actualización y Reforma del albergue juvenil y de peregrinos de la Fundación Catedral Santa María de Vitoria-Gasteiz, según el plan de ac- tuación y presupuesto presentado por la Fun- dación Catedral Santa María Bigarrena.- Alderdien konpromisoak.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES211 - Araba/Álava. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 120.000,00 €. Inicio: 08/07/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • La entidad beneficiaria deberá justificar la subvención concedida en el plazo de TRES MESES a contar desde el 31 de diciembre de 2025, a través de las correspondientes certificaciones de obra y con las facturas correspondientes emitidas y abonadas en
  • A las facturas se debe acompañar las certificaciones de obra firmadas por técni- co/a competente y el justificante de pago de las mismas. Según establece el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub- venciones, se deberá justificar el 100% del presupuesto del proyecto objeto de subvención y no sólo la cantidad concedida por el Ayunta- miento de Vitoria-Gasteiz. En la presentación de esta documentación han de tenerse en cuenta los criterios de normali- zación de documentos que se detallan a conti- nuación.
  • La justificación es una acto obligatorio para la entidad beneficiaria y se efectuará mediante la modalidad de cuenta justifica- tiva ordinaria presentando la siguiente do-
  • Memoria explicativa del proyecto reali- zado con indicación de los resultados obte- nidos
  • Ejemplar de los estudios, programas, publi- caciones, carteles anunciadores y cuanta do- cumentación gráfica y escrita haya sido elabo- rada en la actividad objeto de la subvención.
  • Ficha de seguimiento de utilización del eus- kera.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades, según modelo de cuenta justificativa ordinaria, que com-
  • 1. atala: Funts propioen edo beste era- kunde batzuetatik jasotakoen justifikazioa. Proiektua edo jarduera entitate publiko edo pri- batu batek baino gehiagok finantzatzen badute edota entitate onuradunaren funts propioekin finantzatzen bada bete beharko da atal hori.
  • 2. atala: Diruz lagundutako proiektuari da- gozkion gastuen egiaztagirien zerrenda. Udal dirulaguntzari egozten zaizkion gastuak justifikatzeko bete beharko da atal hau. Gastu motak zerrendatu eta alderdi hauek zehaztu be- harko dira, bertan adierazten den moduan: har- tzekoduna, kontzeptua, data eta zenbatekoa. Jatorrizko fakturak eta ordaindu direla egiazta- tzen duten agiriak erantsi beharko zaizkio. Eskudirutan ordaintzekotan, legez ezarritako mugapena aintzat hartu beharko da —webgune
  • Jaulkitzailearen zein jasotzailearen izen- deiturak, IFZ eta helbidea.
  • Gauzatutako eragiketaren edo zerbitzuaren deskribapen zehatza, eta haren prezio osoa.
  • PFEZren atxikipena —dagokion zerga- agentzian ordaindu dela egiaztatzen duen agiria erantsi behar da—.
  • Tokia, data eta jasotzailearen sinadura. Pertsonal gasturik izan bada, PFEZren atxiki- pena duten fakturak badaude, eta emandako zerbitzurik jasotze-agiri bidez ordaindu bada, Arabako Foru Aldundiari PFEZren hiru hilean behingo atxikipenak ordaindu zaizkiola egiazta- tzen duen agiria aurkeztu beharko da, 110 eta 190 agiriekin batera.
  • 3. atala: Proiektu edo jardueraren diru- sarrera eta gastuen balantzea. Diru-sarrera eta gastuen balantzea. Balantzeko gastuen taulan, Udalak bere gain hartutako gas-
  • Apartado 1: Justificación de fondos pro- pios o recibidos de otras entidades. Se cumplimentará este apartado en el caso de que el proyecto o actividad sea financiada por varios entes públicos o privados, y/o con recur- sos propios de la entidad beneficiaria.
  • Apartado 2: Relación de justificantes de gasto relativos al proyecto subvencionado. Se cumplimentará este apartado para justificar los gastos del proyecto que se imputan a la subvención municipal, relacionando los tipos de gastos con identificación del acreedor, con- cepto, fecha e importe tal y como se recoge en el apartado. Al mismo se adjuntarán las factu- ras originales y documento que acredite el pago de las mismas. Para la realización de los pagos en metálico habrá de tenerse en cuenta la limitación legal establecida, que puede consultarse en la si- guiente página web: www.agenciatributaria.es Únicamente se admitirán recibís cuando las actividades realizadas no se puedan acreditar por otro medio. En todo caso, la persona que firme el recibí no ha de tener la condición de empresario o profesional dado que, si así fu- era, estaría obligada a expedir y entregar la correspondiente factura.
  • El recibí deberá contener los siguientes datos:
  • Nombre, apellidos, NIF y domicilio de la per- sona expedidora y destinataria.
  • Descripción detallada de la operación o servi- cio realizado y su precio total.
  • Retención del IRPF (se deberá acompañar ingreso de dicha retención en la Agencia Tribu- taria correspondiente).

Gastos y actuaciones subvencionables

  • Novena.- Gastos no subvencionables. · ineligible
    No se considerarán gastos subvencionables
  • Novena.- Gastos no subvencionables. · eligible
    en el presente Convenio:  Los gastos que no resulten estrictamente necesarios para la realización de la activi- dad subvencionada conforme al artículo 30 de la Ordenanza General de Subvenci- ones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de este convenio es conceder a la Fundación Catedral Santa María una subven- ción nominativa por parte del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz por importe de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 €.-) con el fin de llevar a cabo las Obras de Mantenimiento, Actualización y Reforma del albergue juvenil y de peregrinos de la Fundación Catedral Santa María de Vitoria-Gasteiz, según el plan de ac- tuación y presupuesto presentado por la Fun- dación Catedral Santa María Bigarrena.- Alderdien konpromisoak.