CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA FEDERACIÓN FESTERO-CULTURAL DE MOROS Y CRISTIANOS DE MOLINA DE SEGURA PARA LA PR · 2025

Título oficial: CONVENIO DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA A LA FEDERACIÓN FESTERO-CULTURAL DE MOROS Y CRISTIANOS DE MOLINA DE SEGURA PARA LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DURANTE EL AÑO 2025.

Cultura

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES620 - Murcia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Clubes deportivos, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 25.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Programa de actividades para el ejercicio correspondiente.
  • Presupuesto de la actuación a desarrollar.
  • DNI del representante legal.
  • CIF de la Entidad solicitante.
  • Certificado de inscripción el registro municipal de asociaciones o registro de asociaciones de la CARM.
  • Certificado de la entidad bancaria del código IBAN.
  • Modelo de autorización del interesado para que una Administración Pública pueda acceder a recabar datos ante la AEAT de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o Certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias.
  • Modelo de autorización del interesado para que una Administración Pública pueda acceder a recabar datos ante la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Declaración jurada del representante de la Asociación de no encontrarse incursa en ninguna de las causas enumeradas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre LGS.
  • Realizar las actividades recogidas en el Proyecto presentado en los que se ha fundado la concesión de la subvención.
  • No modificar el contenido de los programas para los que se ha concedió la subvención sin previa autorización del Ayuntamiento. Debiendo para ello proceder a su notificación y justificación previa.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención concedida por del Ayuntamiento, facilitando cualquier documentación y datos que sean necesarios para ello. Para la eficacia del seguimiento de la ejecución de los programas la Federación deberá notificar al Ayuntamiento cualquier cambio que pudiera producirse en relación con las fechas y lugares de realización de las actividades subvencionadas con la antelación suficiente. Igualmente se someterá al control financiero que corresponda a los órganos de intervención del Ayuntamiento, y estará obligado a
  • Ayto. de Molina de Segura (Murcia) Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación (CSV): 16340500600357370661 Dirección de validación del CSV: https://sedeelectronica.molinadesegura.es/validacion-de-documentos/ Plaza de España s/n. 30500 Molina de Segura (Murcia) - CIF: P-3002700G - N.º Teléfono 968388500 Página 5 de 7 presentar cuanta información le sea requerida para tal comprobación y por el Tribunal de Cuentas.
  • Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración o ente público o privado, nacional o internacional.
  • Justificar la subvención concedida en los plazos y términos previstos en el presente y en la normativa que le es de aplicación.
  • Reintegrar las cantidades percibidas e intereses de demora desde el momento del pago de la subvención, cuando concurra causa legal de reintegro y en particular en los supuestos previstos en el art.10.12 de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura, sobre extinción de la Asociación, disposición parcial de la subvención, destino a fin/programa variado o diferente al subvencionado, falta de justificación en el plazo previsto en el presente; concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos en el importe del exceso producido; supuestos del art. 34 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones; incumplimiento de cualquiera de las obligaciones aquí establecidas o dispuestas en la normativa de aplicación.
  • Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización del programa propuesto.
  • Conservar la documentación justificativa de la subvención por un período de 6 años.
  • Hacer constar en cualquiera de los soportes publicitarios anunciadores de la actividad y en toda la documentación de difusión del Programa la siguiente inscripción: “Subvenciona Ayuntamiento de Molina de Segura”, así como el logotipo del Ayuntamiento de Molina de Segura, de conformidad con lo establecido en el art. 31 del Reglamento General de Subvenciones.
  • justificación deberá presentar:

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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