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CONVENIO DE LA JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERME…

Título oficial: CONVENIO DE LA JGL DEL 25/06/2026 CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA CON LA ASOCIACIÓN PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES DEL RIÑÓN DE CASTELLÓN, ALCER CASTALIA PARA EJECUCIÓN PROYECTO “DÍA NACIONAL DEL DONANTE DE ÓRGANOS Y ATENCIÓN INTEGRAL A PERS..."

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón de Castellón, ALCER Castalia para financiar la ejecución del p royecto “ DIA

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CASTELLÓN DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLANA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 22.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • subvención, se realizará mediante presentación vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Castelló de la Plana ( https://sede.castello.es) en el trámite “Justificación subvenciones nominativas en materia de proyectos sociales”, de la documentación que integra la cuenta justificativa a la que alude el artículo 17.3 de la OGS. La justificación económica de la realización del proyecto deberá realizarse con estricto
  • cumplimiento a las siguientes condiciones: El pago a los proveedores se realizará preferentemente mediante transferencia bancaria, o en su caso talón nominativo, para justificar los gastos realizados, quedando el pago en metálico como residual para aquellos gastos de pequeña cuantía. El pago de los gastos se acreditará a
  • declaración acreditativa del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención y de la aplicación de los fondos a la finalidad destinada. Asimismo, constará que de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los gastos realizados han sido los estrictamente necesarios y
  • memoria técnica-evaluación de la ejecución del proyecto subvencionado a la que deberán adjuntar los documentos gráficos y fotográficos acreditativos de su realización, la cumplimentación de los indicadores establecidos, la ficha que se adjunta al presente convenio como Anexo 1 , en la que se desagregan los datos por sexo de todos los participantes o usuarios en la actividad objeto del presente convenio, así como la interpretación y análisis de dichos datos y de su evolución durante el último año. 8 / 18
  • En esta memoria se especificarán, con el máximo detalle, el coste económico de ejecución de cada una de las actividades realizadas en el marco del proyecto ejecutado y su relación directa con los justificantes de gastos aportados. La justificación de la totalidad de la subvención se podrá presentar desde la finalización del proyecto, c omo máximo, hasta el 28 de febrero de 202 7 inclusive. En caso de que el beneficiario no presente la justificación en el plazo indicado, deberá requerirse al mismo según lo dispuesto en el art ículo 70.3 del RLGS, y en caso de incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo concedido procederá la tramitación del correspondiente procedimiento de reintegro, todo ello sin perjuicio de las sanciones que corresponda imponer.
  • Observación directa de las personas atendidas.
  • Satisfacción expresada por las personas beneficiarias.
  • Valoración de la campaña de donación según observación y sensaciones de equipo.
  • Número de personas atendidas por cada servicio.
  • Número de carnés de donante realizados durante la campaña de donación y posteriormente.
  • Número de apariciones en prensa en torno al Día Nacional del Donante. En desarrollo del III Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, y a los efectos de incluir la perspectiva de género en los convenios suscritos por el Ayuntamiento de Castelló de la Plana y en la gestión de los datos y la información derivada de los mismos, la citada entidad subvencionada asume la obligación de 9 / 18
  • Asimismo resultará de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y demás normativa de pertinente aplicación. Decimotercera. Vigencia.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de que los gastos subvencionables se puedan referir al periodo comprendido entre el 01 de Enero y el 31 de Diciembre de 2026, por desarrollarse el proyecto subvencionado en dicho periodo, según comunicación de la fecha de inicio del proyecto. Decimocuarta. Protección de datos.- De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (RGPD), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), las partes se comprometen a cumplir con la normativa vigente en el tratamiento de los datos personales que se deriven de la ejecución del presente convenio.
  • Tratamiento de datos para la gestión del convenio: Los datos de carácter personal de los firmantes y del personal de contacto, incluidos en este documento, serán tratados por ambas partes con la finalidad de gestionar la relación subvencional, siendo la base de legitimación la ejecución de la relación jurídica existente entre ellas. Dichos datos se conservarán durante la vigencia del convenio y los plazos legales aplicables. 10 / 18
  • Tratamiento de datos de los beneficiarios del proyecto: Respecto a los datos de los beneficiarios del proyecto subvencionado, se establecen los siguientes regímenes de
  • Datos recabados directamente por la entidad: La Asociación Para la Lucha contra Enfermedades del Riñón de Castellón, ALCER Castalia será la Responsable del Tratamiento de los datos personales que recabe por sus propios medios para la ejecución del proyecto. Deberá garantizar que dispone de una base de legitimación válida (ej. consentimiento de los interesados) e informar a los mismos en los términos exigidos por los artículos 13 y 14 del
  • Datos de usuarios derivados por los Servicios Sociales Municipales: En los supuestos de derivación de personas usuarias desde los Servicios Sociales Municipales, el Excmo. Ayuntamiento de Castelló de la Plana actuará como Responsable del Tratamiento y la Asociación Para la Lucha contra Enfermedades del Riñón de Castellón, ALCER Castalia como Encargada del Tratamiento. Esta relación se regirá por un Acuerdo de Encargo de Tratamiento suscrito entre ambas partes, de conformidad con el artículo 28 (Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento) de la LOPDGDD, que se adjuntará como anexo al presente convenio o se formalizará en documento independiente. Dicho acuerdo detallará las instrucciones del tratamiento, las medidas de seguridad, el destino de los datos a la finalización del servicio y demás obligaciones exigidas por la normativa. El Ayuntamiento, como responsable, informará a las personas afectadas sobre la finalidad del tratamiento y los derechos que les asisten, recabando su consentimiento explícito para la derivación y el tratamiento de sus datos por parte de la entidad encargada.
  • Derechos de los interesados y colaboración: Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al responsable
  • del tratamiento correspondiente. Para ello, deberán contactar con: Asociación Para la Lucha contra Enfermedades del Riñón de Castellón, ALCER Castalia : a través del correo electrónico dpd@data-cosulting.es. Ayuntamiento de Castelló de la Plana: a través del correo electrónico de su Delegado de Protección de Datos: dpd@castello.es. Ambas partes se comprometen a colaborar en caso de reclamación o inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos, obligándose a mantener indemne a la otra parte de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que, en esta materia, les correspondan. Decimoquinta.- Jurisdicción competente.- Las partes, para cualquier cuestión derivada del presente convenio, renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, y se someten expresamente a la Jurisdicción competente en Castelló de la Plana. Y para que así conste y en prueba de conformidad por ambas partes, se firma electrónicamente el presente convenio, dando fe de ello la Secretaria General del Pleno. (Firma 1 de 3) (Firma 2 de 3)

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Ayuntamiento de Castelló de la Plana y la Asociación Para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón de Castellón, ALCER Castalia para financiar la ejecución del p royecto “ DIA