Personas jurídicasES111 - A Coruña

Convenio de cooperación entre la Excelentísima Diputación Provincial de A Coruña y la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) para la financiación de la obra denominada Rehabilitación en el Acuartelamiento de la Guardia C

Defensa

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES111 - A Coruña. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CORUÑA, A.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La ENTIDAD BENEFICIARIA deberá estar al día, con carácter previo a la firma de este convenio, y luego, con carácter previo al pago de la subvención, en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con esta
  • A tal efecto, la ENTIDAD BENEFICIARIA presentará las certificaciones de las administraciones tributarias correspondientes y de la Tesorería de la Seguridad Social en las que se acredite que la entidad está al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Podrá omitirse la presentación de esta documentación siempre que autorice expresamente a la Diputación a realizar las consultas tributarias y no se oponga a la consulta de datos de la Seguridad Social . En este caso, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Diputación Provincial se determinará de oficio por esta.
  • En el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 38/2003, general de subvenciones, y demás normativa de desarrollo, los datos de la subvención concedida y la identificación de la ENTIDAD BENEFICIARIA serán remitidas a la Intervención general del Estado, para que sean incorporados a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, con la exclusiva finalidad prevista en dicho precepto y con el debido respecto a la protección de los datos de carácter personal, segundo lo previsto en la Ley orgánica 3/2018, de 13 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Segundo lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso la información pública y buen gobierno, la concesión de la subvención al La ENTIDAD BENEFICIARIA será publicada en el portal de transparencia de la sede electrónica de la Diputación de A Coruña.
  • Un ejemplar de este convenio, debidamente firmado, será incorporado al Registro de convenios que depende de la Secretaría Provincial, gestionado por el Servicio de Contratación de la Diputación.
  • XIII.- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Se podrá constituir una comisión de seguimiento formada por cuatro vocales, la razón de dos miembros por cada una de las Administraciones públicas firmantes del presente convenio, designados por sus respectivos Presidente y titular de la Dirección, al objeto de coordinar las actuaciones derivadas del presente convenio.
  • El presente Convenio tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta la finalización de las obras y la formalización del acta de entrega de la obra a la Dirección General de la
  • No obstante, dicho plazo podrá prorrogarse por causas justificadas y en especial teniendo en cuenta el plazo de ejecución de la obra. Todo esto condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario correspondiente.
  • Cualquier modificación en el contenido de este convenio, requerirá acuerdo entre la Diputación provincial de A Coruña y la Dirección General de la Guardia Civil y se tramitará a través de una adenda al convenio.
  • El presente convenio tiene naturaleza administrativa y para resolver las dudas que surjan en la interpretación de sus cláusulas se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, general de Subvenciones, y en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de Subvenciones de Galicia y en la Ordenanza general de Subvenciones y Transferencias de la Diputación. Supletoriamente se aplicará la legislación de contratos del sector público.
  • Le corresponderá a los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, según la distribución de competencias prevista en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, el conocimiento de las cuestiones litigiosas que puedan surgir a consecuencia del presente convenio. Y para que así conste y en prueba de conformidad por ambos partes, se firma (En el caso de firma electrónica se añadirá: electrónicamente) el presente convenio, dando fe de todo lo eres el Secretario general (o quien legalmente le sustituya) Y para que conste y sin perjuicio de los términos de la aprobación del acta, según lo dispuesto en el

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Defensa