Asociaciones culturalesPersonas jurídicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Convenio de colaboración y concesión directa de Subvención nominativa entre el Ayuntamiento de Burlada y la Asociación Larratz Dantzari Taldea. Año 2026

Con la firma del presente convenio, la Asociación Larratz Dantzari Taldea y el Ayuntamiento de Burlada, se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para llevar a cabo el objeto de la conservación, organización, y difusión del folclore y danzas vascas, y el Ayuntamiento de Burlada autoriza la utilización de una sala en Casa de Cultura de Burlada para la cel ebración de reuniones y ensayos y un local sito en la calle Batondoa para almacenar vestuario y material de la Asociación. Como resultado de la firma de este convenio, el Ayuntamiento de Burlada concederá una ayuda económica a la asociación.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BURLADA/BURLATA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • - Fomentar y promocionar el folclore y danzas vascas en Burlada.
  • - Difundir y promover la cultura, las fiestas, el arte y el folclore, desarrollando actuaciones y actividades dirigidas a la ciudadanía que contribuyan a este fin.
  • - Colaborar con el resto de asociaciones de Burlada con el objetivo de promover y difundir el folclore y danzas vascas.
  • - La Asociación se compromete al correcto uso de los locales autorizados destinándolos exclusivamente a los fines de la asociación para los que ha recibido subvención a través del presente convenio.
  • - La Asociación se compromete a realizar todas las actuaciones y actividades que se detallan a continuación, considerando que el calendario fijado podrá modificarse previo acuerdo entre las partes.
  • Actuación el 24 de junio de 2026: Burlatako Ezpatadantza.
  • Pasacalles el 14 de agosto de 2026.
  • Actuación el 15 de agosto de 2026: Ciclo de danzas Campaneros.
  • Una cuarta actuación, sin fecha establecida, que se realizará en Burlada a lo largo del plazo de vigencia del presente convenio.
  • - En los ensayos que se realicen en el Teatro de la Casa de Cultura previos a la actuación, el coste de la asistencia técnica correrá por cuenta de la asociación actuante. Si la Casa de Cultura estuviese cerrada, la disposición de personal para abrirla correrá también a cargo de la asociación.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea deberá hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Deberá acreditarlo antes de la firma del presente convenio, así como antes del abono de la misma.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea se compromete a presentar la justificación exigida en la cláusula décima.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea deberá comunicar al órgano concedente la solicitud u obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, pr ocedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
  • -Si por cualquier circunstancia la Asociación no pudiera cumplir con el compromiso adquirido o disolviera su actividad, deberá comunicarlo con la suficiente antelación al Ayuntamiento de Burlada abonando la parte proporcional de la subvención que hubies e recibido sobre la base de las actuaciones que no hubiera realizado de las que figura en el calendario de este convenio.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea se compromete al reintegro de la subvención en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de la misma y/o no justificación debida del destino de las ayudas económicas.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea como entidad beneficiaria de la subvención, se compromete al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el art 14 de la Ley 38/2003 y en el artículo 11 de la Ordenanza General de Subvenciones.
  • - La Asociación Larratz Dantzari Taldea se compromete a cumplir con las obligaciones que establece el Decreto Foral 36/2024 de eventos públicos y sostenibilidad.
  • Actuaciones en el Teatro de la Casa de Cultura: aportación por parte del Ayuntamiento de Burlada de asistencia técnica de sala, servicio de conserjería y limpieza. 4º El Ayuntamiento de Burlada abonará a la Asociación Larratz Dantzari Taldea la cantidad de tres mil quinientos euros (3.500 €) Con cargo a la partida presupuestaria: 33400 4820010 Convenio Larratz Dantzari Taldea, del presupuesto del año 202 6, siempre y cuando exista dotación presupuestaria. El abono de la subvención se realizará en los
  • siguientes plazos: 1er plazo. – Anticipo: El 90% en concepto de abono a cuenta, en el plazo de los quince días hábiles a la firma del presente convenio, 3.150€ (tres mil ciento cincuenta euros) y una vez aportado el certificado de titularidad de la cuenta bancaria a nombre de la Asociación y declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social (Anexo I). 2º plazo. - El 10% restante, 350€ (trescientos cincuenta euros) al finalizar el año, una vez acreditado el cumplimiento de las condiciones a que hace referencia el punto 2º de este convenio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Con la firma del presente convenio, la Asociación Larratz Dantzari Taldea y el Ayuntamiento de Burlada, se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias para llevar a cabo el objeto de la conservación, organización, y difusión del folclore y danzas vascas, y el Ayuntamiento de Burlada autoriza la utilización de una sala en Casa de Cultura de Burlada para la cel ebración de reuniones y ensayos y un local sito en la calle Batondoa para almacenar vestuario y material de la Asociación. Como resultado de la firma de este convenio, el Ayuntamiento de Burlada concederá una ayuda económica a la asociación.