Personas jurídicasES523 - Valencia / València

Convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Alzira y la Junta Local Fallera de Alzira, regulador de la s · 2026

Título oficial: Convenio de colaboración suscrito entre el Ayuntamiento de Alzira y la Junta Local Fallera de Alzira, regulador de la subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal correspondiente al ejercicio 2026 para comprar telas y otros elementos y par

El objeto de este convenio es regular la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026, cuya finalidad es la compra de telas y otros elementos y para confeccionar la indumentaria de las Falleras Mayores de Alzira del ejercicio 2026- 2027 y complementaria para liquidar el gasto de telas del ejercicio 2025-2026. Segundo. - Importe de la subvención. En el Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira de 2026 figura la aplicación presupuestaria 3381 48401 Concurso indumentaria fallera, dotada con 105.000 euros…

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES523 - Valencia / València. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ALZIRA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 105.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 23/02/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Realizar la actividad de conformidad con el proyecto presentado.
  • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables, registros y el resto de documentación, en los casos establecidos en la legislación mercantil y sectorial.
  • La Junta Local Fallera deberá dar publicidad de las subvenciones y ayudas percibidas en los términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  • Acreditar la publicidad que se haya dado de que dicha actividad o proyecto se ha realizado con la subvención del Ayuntamiento de Alzira.
  • Justificar la subvención recibida de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del presente convenio.
  • Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
  • pàg. 8 b. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Tales documentos deberán ser incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. La relación de gastos deberá ser por importe de al menos de la subvención concedida. Las justificaciones de las subvenciones deberán incorporar los documentaos acreditativos del pago efectivo de los gastos
  • subvencionados, deben ser los siguientes:
  • copia del cheque nominativo o pagaré, con justificante del cargo en cuenta
  • Pagos con tarjeta de crédito/débito: justificante del cargo en cuenta del pago. o Pago en metálico/efectivo: incluir en la misma factura/recibió el justificante de recepción con firma y sello de pagado del emisor. El sello deberá contener como mínimo el nombre y el NIF del expendedor. No podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a
  • 000 €, o su contravalor en moneda extranjera, según lo establecido en la Ley 7/2012 de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. En consecuencia, no se tendrán en cuenta estos pagos en metálico si supera la cantidad de 1.000 €.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Los beneficiarios deberán procurar efectuar la justificación con la mayor prontitud posible, una vez estén en posesión de los documentos exigidos para la justificación, con carácter general antes del 15 de noviembre, con la finalidad de hacer efectivo el cobro con la mayor rapidez y entorpecer lo menos posible la gestión contable municipal. Podrán realizarse justificaciones parciales por importe mínimo de un tercio de la cuantía de la subvención, salvo la última justificación que podrá ser por el resto pendiente aunque no alcance el importe de un tercio de la subvención. Las justificaciones deberán presentarse, en todo caso, antes del 15 de noviembre del año en curso. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justi ficación insuficiente de la misma llevará aparejado la pérdida total o parcial del derecho a l Identificador LJPk +5aK 8vXs CYfG tZiw iBAI b50= URL https://sedeelectronica.alzira.es/PortalCiudadano/verifyDocs.jsp

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

El objeto de este convenio es regular la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Alzira para el año 2026, cuya finalidad es la compra de telas y otros elementos y para confeccionar la indumentaria de las Falleras Mayores de Alzira del ejercicio 2026- 2027 y complementaria para liquidar el gasto de telas del ejercicio 2025-2026. Segundo. - Importe de la subvención. En el Presupuesto del Ayuntamiento de Alzira de 2026 figura la aplicación presupuestaria 3381 48401 Concurso indumentaria fallera, dotada con 105.000 euros. Esta subvención es compatible con otras ayudas públicas o privadas que pudieran obtenerse con la misma finalidad, siempre y cuando el importe acumulado de todas ellas no supere el coste de la actividad. La presente subvención tiene carácter voluntario y eventual, no generará ningún derecho para la obtención de otras subvenciones en años posteriores, y no podrá ser alegada como precedente.