CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA Y LA ASOCIACIÓN FERIA DEL LIBRO DE SEVILLA PA · 2026

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA Y LA ASOCIACIÓN FERIA DEL LIBRO DE SEVILLA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA FERIA DEL LIBRO DE SEVILLA EDICIÓN 2026.

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES618 - Sevilla. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 18.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Memoria firmada de actuación, indicativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, debiendo aportar los documentos de concesión.
  • Certificado en el que conste haber registrado en la contabilidad de la Asociación el ingreso de la cantidad percibida con indicación expresa del asiento contable practicado, la fecha, el importe y la entidad Código Seguro De Verificación VhzVfuWdFspPn5OiP7FPdA== Estado Fecha y hora Firmado Por Maria Garcia de Pesquera Tassara Firmado 04/09/2026 11:21:29 Casimiro Fernandez Linares Firmado 28/08/2026 10:26:46 Rafael Rodriguez Ñuñez Firmado 26/08/2026 09:48:10 Observaciones Página 2/5 Url De Verificación https://portal.dipusevilla.es/vfirmaAytos/code/VhzVfuWdFspPn5OiP7FPdA%3D%3D Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015).
  • Soportes publicitarios o cartelería en los que conste el logo de la Diputación de Sevilla. Siendo compatible la presente subvención con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, la Asociación deberá comunicar a la Diputación Provincial de Sevilla la obtención de cualquiera de ellos que financie la actividad subvencionada. En todo caso, el importe de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otros, supere el coste de la actividad subvencionada. Asimismo, la Asociación queda obligada a someterse a cuantas actuaciones de comprobación y control financiero puedan realizarse por la Diputación Provincial de Sevilla, así como por los órganos de control competentes, de conformidad con la normativa aplicable en materia de subvenciones.
  • SEXTA.- MODIFICACIONES El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes mediante adendas en las que se hagan constar las acciones a ejecutar, plazo de ejecución y cualesquiera otras estipulaciones específicas. Para la incorporación de dichas adendas, la entidad beneficiaria podrá solicitar la modificación del proyecto, siempre que responda a causas sobrevenidas debidamente justificadas, respete el contenido esencial del objeto de la subvención, se presente inmediatamente después de producidas o conocidas dichas causas y, en todo caso, antes de que concluya el plazo para la realización de la actividad y siempre que no dañe derechos de terceros. Asimismo, podrá realizarse un reajuste en la distribución de los gastos del proyecto o actividad subvencionada, previa autorización del órgano concedente y siempre que esta no dañe derechos de terceros.
  • NOVENA.- MEMORIA DE FINALIZACIÓN DEL CONVENIO El Área de Cultura y Ciudadanía se compromete a realizar y presentar a la finalización de la vigencia del presente convenio, una Memoria comprensiva de la ejecución y liquidación del mismo.
  • El incumplimiento de alguna de las cláusulas por las partes firmantes, en cuyo caso la parte cumplidora notificará a la otra un requerimiento para que en el plazo previsto cumpla con sus obligaciones o compromisos, de manera que si el incumplimiento persiste se entenderá resuelto el convenio.
  • El mutuo acuerdo de las partes.
  • Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
  • Cualquier otra que le sea aplicable. En caso de resolución, el beneficiario estará obligado a reintegrar a la Diputación la parte proporcional de la cantidad entregada, en función del grado de incumplimiento de sus obligaciones.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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