CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE SEGOVIA Y LA CÁMARA DE COMERCIO DE SEGOVIA PARA EL DESARROLLO DE ACTUAC…

Título oficial: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN DE SEGOVIA Y LA CÁMARA DE COMERCIO DE SEGOVIA PARA EL DESARROLLO DE ACTUACIONES EN EL MARCO DEL CENTRO DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO DEL SECTOR CÁRNICO DE LA DIPUTACIÓN DE SEGOVIA

Investigación, desarrollo e innovación

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES416 - Segovia. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEGOVIA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo, Agricultura, ganadería y pesca.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 50.000,00 €. Inicio: 02/01/2026. Plazo: Fin: 15/11/2027.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • CÁMARA DE COMERCIO DE SEGOVIA La Cámara de Comercio de Segovia deberá colaborar en las siguientes actuaciones, en
  • Itinerarios de experiencias : Diseñar formalmente un catálogo de rutas vivenciales “de la granja a la mesa” clasificadas por tipologías de carne (porcino/chacina, vacuno/ovino, avícola) coordinando agendas de los productores y los locales hosteleros, debiendo diseñar un mínimo de 2 itinerarios piloto formalizados.
  • Captación, adhesión y movilización de la Red HORECA Provincial: tramitar la captación presencial y la firma de actas de adhesión de los establecimientos hosteleros de la provincia para integrarlos en el Maketplace tecnológico del CTC. Se deberá conseguir la adhesión formal de un mínimo de 25 establecimientos del canal HORECA de la provincia al programa.
  • Auditoria de aptitud turística y Despliegue del “Storytelling”: realizar visitas técnicas a granjas e industrias participantes para evaluar su viabilidad de apertura al público y redactar el guion interpretativo que unirá la visita física con el escaneo del código QR del producto consiguiendo al menos 15 informes técnicos de aptitud turística a evaluar por la comisión de seguimiento.
  • Canalización de talento joven y relevo generacional: gestionar de forma preferente las ofertas de prácticas formativas y de empleo de las empresas del CTC a través de bolsas de trabajo de la Cámara (programa Cicerón) y de sus ferias de formación profesional, debiendo gestionar al menos la inserción de 6 alumnos/trabajadores en prácticas en empresas de la cadena de valor cárnica del proyecto.
  • Promoción en redes y lanzamiento de retos de innovación abierta: metas a cumplir dentro del turismo experiencial, como puede ser el desarrollo de apps de reservas específicas, a la Aceleradora Vertical de Cultura Turismo y Patrimonio autonómica para captar soluciones de startups, debiendo conseguir un mínimo de 2 retos tecnológicos de turismo agroalimentario transferidos y publicados a través de la aceleradora antes de finalizar el convenio.
  • Diputación de Segovia • C/ San Agustín, 23 - 40001 Segovia • www.dipsegovia.es Página 5 de 15 La Cámara de Comercio se obliga a colaborar en todas la actuaciones realizadas en el marco del CTC y a cumplir los compromisos contemplados en la memoria presentada para coadyuvar en la puesta marcha e impulso y desarrollo del CTC, en la línea y de acuerdo a las directrices marcadas por la empresa que resulte adjudicataria del contrato de Asistencia Técnica para la Gestión integral y dirección estratégica del Centro de Transferencia del conocimiento (CTC), en el marco del Plan de Fomento Territori al (PFT), empresa a la que le corresponden las funciones son la dirección, coordinación, aportación y desarrollo de proyectos, así como la implementación y mantenimiento del Centro de Transferencia del Conocimiento y que asumirá la gestión integral de los proyectos de transferencia, así como el desarrollo operativo y mantenimiento técnico del CTC como plataforma de transferencia del conocimiento , bajo la supervisión de la Diputación Provincial de Segovia.
  • DIPUTACION DE SEGOVIA La Diputación de Segovia otorgará una subvención directa de 50.000 € para contribuir a la financiación de las actuaciones objeto de este convenio. Asimismo, la Diputación
  • Facilitar a la Cámara de Comercio de Segovia el desarrollo de sus actividades durante la vigencia del convenio, informando de los objetivos a cumplir en el marco del CTC, así como de las condiciones previstas en el mismo.
  • Impulsar y facilitar el contacto y la relación entre la Cámara de Comercio con la consultora o empresa que resulte adjudicataria del contrato de Asistencia Técnica para la Gestión integral y dirección estratégica del Centro de Transferencia del conocimiento (CTC) para la puesta en marcha del CTC, así como con el resto de agentes que colabores en el citado proyecto y que puedan resultar de interés u objeto de estudio necesario para el Proyecto de investigación y desarrollo del Centro de Transferencia del Conocimiento.
  • Colaborar con la Cámara de comercio en la difusión del Proyecto y en los resultados obtenidos en sus distintas fases de estudio, a través de las actividades que se planifiquen.
  • Declaración responsable de que el importe de la misma no supera el gasto soportado, de que se ha realizado razonablemente el proyecto para el que se solicitó la subvención, señalando, en su caso las desviaciones respecto del presupuesto presentado, así com o de no tener prohibición de ser beneficiario de subvención y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y sociales y no tener deudas con la Diputación de Segovia y sus entes dependientes.
  • Memoria o resumen de la actividad, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos , acompañada de las actas de selección suscritas por la secretaría técnica asesora (consultora CTC).
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con indicación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Esta relación contendrá la totalidad de los gastos de la actividad, no sólo los aplicados a la cantidad subvencionada.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en punto anterior, esto es, de la totalidad de los gastos de la actividad, no sólo los aplicados a la cantidad subvencionada
  • Acreditación del pago de todos los gastos de la actividad, mediante documento bancario.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, así como de los fondos propios aplicados a la misma.
  • Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social en los términos establecidos en el artículo 17 de esta Ordenanza. Los documentos señalados han de presentarse firmados electrónicamente. Si se comprueba la existencia de defectos subsanables en la justificación presentada, se requerirá al beneficiario para su subsanación. En virtud de lo regulado en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concederá al beneficiario de la subvención un plazo de diez días hábiles para su corrección. Transcurrido dicho plazo sin que se aporte la documentación preceptiva corregida, o si ésta resultara deficiente , se considerará incumplimiento de las obligaciones establecidas en este convenio, lo que determinará la pérdida parcial o total del derecho a la subvención o, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, en función de las actuaciones que queden sin acreditar.
  • Diputación de Segovia • C/ San Agustín, 23 - 40001 Segovia • www.dipsegovia.es Página 12 de 15 entenderá resuelto el Convenio y que el beneficiario, por tanto, ha desistido de la subvención sin que se prevea indemnización alguna por incumplimiento. Cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá el reintegro de las cantidades percibidas, más los intereses de demora que correspondan desde el momento del pago de la subvención, en el supuesto de que se haya procedido al anticipo en todo o en parte del importe de la subvención. Y ello sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de las sanciones que pudieran proceder de acuerdo con lo previsto en la propia Ley 38/2003. En el caso de que se produzca una desviación de lo ejecutado y gastado respecto del presupuesto presentado que, a juicio del órgano gestor de la subvención, sea considerada sustancial, éste podrá proponer la reducción de la cantidad a ingresar respecto de la concedida. Concretamente los criterios de graduación de los incumplimientos de las condiciones de este convenio para determinar la cantidad final a percibir por la Cámara de Comercio o,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Investigación, desarrollo e innovación