Personas jurídicasES11 - GALICIA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y DEPORTES Y EL AYUNTAMIENTO DE LOUSAME PARA LA RENOVACIÓN DEL CÉSPED ARTIFICIAL EN EL CAMPO DE FÚTBOL MUNICIPAL DE CABANETÁN EN LA PARROQUIA DE LESENDE

El objeto del presente convenio es fijar las líneas de colaboración entre la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes y el Ayuntamiento de Lousame, para la renovación del césped artificial en el Campo de Fútbol Municipal de Cabanetán en la Parroquia de Lesende, de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo I a este convenio, efectuando las siguientes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y DEPORTES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Facturas tramitadas conforme ao procedemento que rexe para a Administración local.
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    Declaración responsable asinada electronicamente pola persoa representante da
  • documentation
    entidade beneficiaria, na cal se faga constar:  O conxunto de todas as axudas solicitadas ou concedidas, para as mesmas actuacións solicitadas ao abeiro deste convenio, das distintas administracións públicas competentes ou outros entes públicos e o compromiso de comunicar decontado cantas axudas solicite e/ou obteña doutras administracións públicas ou doutros entes públicos ou privados, nacionais ou internacionais, a partir da data desta declaración.  Que o Concello non está incurso en ningunha das prohibicións establecidas no artigo 10, números 2 e 3, da Lei 9/2007, do 13 de xuño, de subvencións de Galicia, para obter a condición de beneficiario dunha subvención. Para os efectos do previsto no artigo 31.7 e concordantes da Lei de subvencións de Galicia, esta declaración será documento suficiente para acreditar que a entidade beneficiaria está ao día nas súas obrigas tributarias e fronte á Seguridade Social e que non ten pendente de pagamento ningunha outra débeda coa Administración pública da Comunidade Autónoma e que non é debedor por resolución de procedemento de reintegro. 9
  • documentation
    Certificación emitida e asinada electronicamente pola persoa secretaria do concello
  • documentation
    Nos supostos en que sexa esixible, a entidade beneficiaria deberá presentar:  Documento acreditativo da publicación do anuncio da licitación do contrato por calquera dos medios establecidos no artigo 347 da Lei 9/2017, do 8 de novembro, de contratos do sector público.  Copia compulsada da resolución de adxudicación do contrato, onde quede acreditado que a elección entre as ofertas se realizou con base en criterios fundados na mellor relación-calidade prezo ou, nos supostos permitidos pola lei, nun único criterio relacionado cos custos.
  • documentation
    En cumprimento das obrigas de publicidade establecidas neste convenio deberán
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    Fotografías do lugar ou lugares onde se efectuasen as actuacións, tomadas antes, durante e con posterioridade á súa realización. A presentación das fotografías farase de xeito que permita identificar os lugares e o momento da execución a que correspondan.
  • documentation
    Fotografías do cartel ou carteis das actuacións, segundo o modelo do
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención. 6
  • Destinar los fondos que se perciban a la ejecución del proyecto para el cual se concede esta subvención, ejecutar las actuaciones que constituyen el objeto de este convenio y cumplir todas las condiciones y obligaciones recogidas en él.
  • Tramitar el expediente de contratación conforme a la normativa de aplicación en el ámbito local y, específicamente, la que rige las contrataciones de las administraciones públicas; será el ayuntamiento contratante el responsable directo de las consecuencias que puedan derivar de los incumplimientos.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la subvención, la realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real, en el plazo y en la forma establecidos en este convenio y demás normativa de aplicación.
  • Reintegrar, total o parcialmente, las cantidades percibidas, en su caso, junto con los intereses de demora correspondientes, según el procedimiento establecido en el artículo 38
  • La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, cooperará en la realización de la actuación a que se refiere la cláusula primera de este convenio de colaboración, mediante la aportación máxima de cuarenta mil novecientos cincuenta y seis con veintitrés euros (40.956,23 €) con cargo a la aplicación presupuestaria
  • 01.121A.760.0 (código de proyecto 2015 00088) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2026. Este importe representa el 20% del presupuesto total del proyecto que constituye el objeto de este convenio. 8
  • En el caso de que la inversión realizada tenga un coste inferior al inicialmente previsto y siempre que esto no suponga una realización deficiente de la totalidad del proyecto, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente, y se mantendrá constante el porcentaje de la ayuda respecto al coste total de la inversión.
  • documentation
    Facturas tramitadas conforme al procedimiento que rige para la Administración local.
  • documentation
    Declaración responsable firmada electrónicamente por la persona representante de la
  • documentation
    entidad beneficiaria, en la cual se haga constar:  El conjunto de todas las ayudas solicitadas o concedidas, para las mismas actua - ciones solicitadas al amparo de este convenio, de las distintas administraciones públicas competentes u otros entes públicos y el compromiso de comunicar de inmediato cuantas ayudas solicite y/o obtenga de otras administraciones públi - cas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, a partir de la fecha de esta declaración.  Que el Ayuntamiento no está incurso en ninguna de las prohibiciones estableci - das en el artículo 10, números 2 y 3, de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subven - ciones de Galicia, para obtener la condición de beneficiario de una subvención. 9
  • documentation
    A los efectos de lo previsto en el artículo 31.7 y concordantes de la Ley de sub - venciones de Galicia, esta declaración será documento suficiente para acreditar que la entidad beneficiaria está al día en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Ad - ministración pública de la Comunidad Autónoma y que no es deudor por resolu - ción de procedimiento de reintegro.

Gastos y actuaciones

  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    Ao abeiro deste convenio poderán financiarse os gastos en que incorrese o Concello como consecuencia da realización de actuacións acordes co seu obxecto, mesmo aqueles que se efectuasen con anterioridade á sinatura deste, s empre que se trate de gastos correspondentes ao actual exercicio económico.
  • Quinta. Gastos subvencionables · eligible
    Al amparo de este convenio podrán financiarse los gastos en que incurriese el Ayuntamiento como consecuencia de la realización de actuaciones acordes con su objeto, incluso aquellos que se hubiesen efectuado con anterioridad a la firma de este, siempre que se trate de gastos correspondientes al actual ejercicio económico.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto del presente convenio es fijar las líneas de colaboración entre la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes y el Ayuntamiento de Lousame, para la renovación del césped artificial en el Campo de Fútbol Municipal de Cabanetán en la Parroquia de Lesende, de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo I a este convenio, efectuando las siguientes