CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD Y EL AYUNTAMIENTO DE O VALADOURO, PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO «ENVEJECIMIENTO ACTIVO EN EL MEDIO RURAL» PARA EL EJERCICIO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Declaración comprensiva de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo proyecto o, en su caso, una declaración de que no se solicitaron ni percibieron otras ayudas o subvenciones.
  • documentation
    Declaración responsable, suscrita por el representante de la entidad, de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
  • documentation
    Declaración responsable del cumplimiento de la obligación establecida en el
  • Cumplir los requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria estipulados en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
  • Cumplir todos y cada uno de los objetivos, actividades y proyectos, adoptar los comportamientos que fundamentaron la concesión de la subvención y cumplir los compromisos asumidos con motivo de esta. En otro caso, procederá el reintegro total o parcial, atendiendo a los criterios establecidos en el convenio.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y de las condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o el disfrute de la subvención.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe el órgano concedente, así como a cualquier otra actuación de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto autonómicos como estatales o comunitarios, para lo cual se aportará cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración 9
  • o de entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, así como la modificación de las circunstancias que hayan fundamentado la concesión de la subvención. Esta comunicación deberá efectuarse en el momento en que se conozca y, en todo caso, antes de justificar la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria en cada caso, así como de cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras establecidas en el convenio, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • Incluir en la publicidad y en todo tipo de documentación e información relacionada con las actividades objeto del proyecto que se subvencionará a través del convenio, así como en los lugares donde estas se realicen, la mención «subvencionado por la Xunta de Galicia – Consellería de Política Social e Igualdad», con su respectivo logotipo.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el
  • documentation
    Relación nominal de los trabajadores y trabajadoras que se incluyen como justifica- ción del proyecto subvencionado.
  • documentation
    Documento de relación nominal de trabajadores (RNT) y documento de relación de liquidación de cotizaciones (RLC) de los trabajadores correspondientes a los meses imputados.
  • documentation
    Impresos de liquidación nominal del IRPF (modelos 111 y 190).
  • documentation
    Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación de su importe y procedencia. 12
  • documentation
    Se efectuará un pago del 30 % de la totalidad de la subvención, con carácter de anticipo a cuenta de la liquidación, una vez firmado el presente convenio. 13
  • documentation
    El 70 % restante se hará efectivo una vez justificada la correcta ejecución de todas las actividades del proyecto subvencionado por el convenio y aportada la documentación indicada en la cláusula séptima (cuenta justificativa). Para tramitar las condiciones de pago previstas en los apartados anteriores, la entidad beneficiaria de la subvención queda exonerada de constituir garantía al encontrarse en el supuesto previsto en el artículo 65.4.f) del Decreto 11/2009, de 8 de enero. Antes del pago podrá consultarse, salvo oposición de la entidad beneficiaria, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la hacienda de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como que no sea deudora por resolución de procedimiento de reintegro. En caso de oponerse, tendrá que hacerlo de forma expresa, tal como señala el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y aportar los justificantes o la documentación necesaria para acreditar su cumplimiento.
  • documentation
    NOVENA. Subcontratación El Ayuntamiento de O Valadouro es la entidad beneficiaria de la subvención objeto de este convenio y asume ante la Consellería la plena responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada. No obstante, podrá subcontratar hasta un porcentaje del 80 % del importe total del proyecto financiado a través de este convenio para la debida ejecución de las actividades, de acuerdo con lo recogido en la memoria económica. La subcontratación está motivada por la falta en plantilla del personal necesario para ejecutar las actividades programadas. El Ayuntamiento de O Valadouro comunicará, en su caso, la subcontratación a la Consellería de Política Social e Igualdad. A estos efectos será de aplicación lo establecido en los artículos 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 27 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social