Personas jurídicasES11 - GALICIA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA Y LA CÁMARA OFICIAL MINERA DE GALICIA PARA El DESARROLLO DE ACTUACIONES DE INTERÉS GENERAL PARA El SECTOR MINERO DE GALICIA EN EL AÑO 2026

1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la Consellería de Economía e Industria y la Cámara Oficial Minera de Galicia para la realización de una serie de actuaciones de interés general para el sector minero de Galicia.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Declaración responsable del representante legal de la entidad o de la persona que tenga atribuidas las facultades para el rendimiento de la cuenta justificativa, del cumplimiento de la finalidad del convenio y de la aplicación de los fondos destinados para tal efecto.
  • Declaración responsable del rendimiento de la cuenta justificativa, según el
  • modelo recogido en el Anexo I, que incluya lo siguiente:  Memoria justificativa de las actuaciones desarrolladas, firmada por el representante de la entidad, que certificará la veracidad de lo consignado, en la que se especificarán en detalle las actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como su relación directa con los gastos realizados en la ejecución de los programas financiados, conforme al desglose presupuestario establecido en la cláusula tercera del convenio. En particular, se aportará un listado por cada uno de los programas subvencionados con la relación de los estudios, informes, jornadas, actividades formativas o de asesoramiento y actuaciones de divulgación realizadas o en las que se haya participado. Incluirá la justificación sobre el impacto de la ayuda de cara a la consecución de la finalidad perseguida y del cumplimiento de los objetivos del convenio. En su caso, se aportará un ejemplar de los estudios o informes elaborados, así como cualquier entregable, material gráfico, folleto o fotografías que se obtengan del desarrollo de cada programa. Para el caso concreto del 16
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad, asumiendo el compromiso de custodiar la documentación justificativa original detallada en las relaciones de gastos durante el período que resulte de la aplicación del

Gastos y actuaciones

  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos derivados de la realización de programa subvencionado, siempre que se puedan determinar y sean necesarios para la ejecución del proyecto, tales como bienes de consumo, suministros o servicios, que serán subvencionables en base a costes reales incurridos y soportados por facturas.
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de personal, incluidas las retribuciones brutas y cotizaciones a la Seguridad Social con cargo a la empresa, siempre que dicho personal fuera contratado específicamente para desarrollar la actuación subvencionable y solo en la parte equivalente a la dedicación en el proyecto. 11
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de personal propio de la COMG imputados al programa d) “Mantemento y actualización del Catastro Minero de Galicia” , serán considerados subvencionables sin tener que realizar tal contratación específica por corresponderle a la COMG la gestión del Catastro Minero según el artículo 9 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia.
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    Los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos financieros o periciales, así como los de administración específicos, en todos los supuestos anteriores siempre que dichos gastos estén directamente relacionados con las actividades de los programas subvencionados y sean indispensables para su adecuada preparación o ejecución.
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa a la que se hace referencia en la cláusula decimocuarta tiene la condición de gasto subvencionable y a los efectos de este convenio tendrá la consideración de gasto directo.
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    importe del programa, debiendo justificarse, en todo caso, que tienen relación con las actividades previstas en los citados programas. Los gastos de asesoría de cualquier tipo (jurídica, financiera, técnica) deberán justificarse mediante facturas individualizadas para las distintas actuaciones de cada programa en las que se detalle en el concepto una relación individualizada de las actividades concretas efectuadas y, en su caso, de los asesoramientos concretos efectuados, sin que se consideren válidas facturas de asesoramiento genéricas o sin detallar. El impuesto sobre el valor añadido se considerará subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por parte de la COMG.
  • Octava.- Gastos subvencionables · ineligible
    No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:  Los de amortización de elementos inventariables.  Los gastos financieros (salvo los directamente relacionados con alguna de las actividades)  Los gastos de garantía bancaria. Tampoco se considerarán subvencionables los gastos previstos en el punto 7 del

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la Consellería de Economía e Industria y la Cámara Oficial Minera de Galicia para la realización de una serie de actuaciones de interés general para el sector minero de Galicia.