Personas jurídicasES11 - GALICIA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA Y LA ASOCIACIÓN GALLEGA DE ÁRIDOS PARA ACTIVIDADES DESTINADAS A LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL SECTOR DE LA INDUSTRIA DE EXTRACCIÓN DE ÁRIDOS DE GALICIA 2026

1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la Consellería de Economía e Industria y la Asociación Gallega de Áridos para la realización de actividades de fomento del sector de la industria de extracción de áridos con el objeto de hacerlo más atractivo y así poder contar con profesionales interesados.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Declaración responsable del representante legal de la entidad o de la persona 12
  • Declaración responsable del rendimiento de la cuenta justificativa, según el
  • Para la justificación de los gastos de personal deberase acercar:  Para las retribuciones: Nóminas y contratos de trabajo. 13
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad, asumiendo el compromiso de custodiar la documentación justificativa original detallada en las relaciones de gastos durante el período que resulte de la aplicación del
  • Revisión del certificado de tasación de bienes inmuebles, en su caso. 24
  • Comprobación de la carta de reintegro de remanentes, de ser el caso.
  • Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo el auditor solicitará a la entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa, en la que se indicará que se informó al auditor acerca de todas las circunstancias que puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención. También se incluirán las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados.
  • La verificación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 28.8 de la Ley de subvenciones de Galicia.
  • Acercar a la información económica de la Memoria con el consiguiente detalle de gastos e inversiones en los que incurrieron los miembros asociados para llevar a cabo la actividad subvencionada, con el mismo desglose y formato que se le exige al beneficiario principal.
  • En cuanto a las facturas y otros documentos acreditativos del gasto:
  • Que las facturas y justificantes de gasto cumplen los requisitos, de acuerdo con el establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los deberes de facturación.
  • Que las fechas de emisión estén incluidas en el plazo de realización de la actuación según el convenio de colaboración.
  • Deberá comprobarse que el beneficiario procedió al estampillado de todas las facturas originales pagadas o documentos de valor probatorio equivalente que se incluyen en la relación de gastos. El estampillado incluirá el porcentaje de financiación de la Xunta de Galicia.
  • Que los pagos están realizados dentro del plazo de justificación establecido en el convenio.
  • No se admiten los pagos en efectivo.
  • Los justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el importe de la factura, IVA incluido. En caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un detalle de los pagos efectuados donde se pueda identificar el documento de gasto en cuestión.
  • En el caso de ayudas concurrentes, verificará que no existe duplicidad de facturas.
  • El beneficiario facilitará al auditor o sociedad de auditoría externa documentación para realizar la verificación.
  • C.- CONTENIDO DEL INFORME El informe deberá tener por lo menos el contenido señalado en el artículo 7 del Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo y hará mención expresa a cada uno de los puntos señalados en el apartado anterior. Además del anterior, deberá constar en el informe un cuadro resumen, indicando el presupuesto financiable según el convenio, el importe imputado por el beneficiario en la documentación justificativa, el importe realmente justificado considerando los criterios detallados en cada caso, el importe en gastos de personal a los que se hace referencia en 26
  • la cláusula decimotercera, punto primero, segundopárrafo, y la cantidad finalmente válida a juicio del auditor, toda vez que no podrá nunca superar al financiable. Además, se explicarán las diferencias entre el presupuesto acreditado por el beneficiario y lo considerado válidamente justificado por el auditor, indicando los motivos de estas y su importe.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la Consellería de Economía e Industria y la Asociación Gallega de Áridos para la realización de actividades de fomento del sector de la industria de extracción de áridos con el objeto de hacerlo más atractivo y así poder contar con profesionales interesados.