Convenio de colaboración entre la Consellería de Cultura, Lengua e Juventud y el ayuntaminento de Mondoñedo para actuación arqueològica de escavación e consolidación en el Castro de Zoñán

Es objeto del presente convenio de colaboración entre la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud y el Ayuntamiento de Mondoñedo, la realización de la excavación y consolidación en el Castro de Zoñán, (Mondoñedo, Lugo).

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Jóvenes. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE CULTURA, LENGUA Y JUVENTUD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Gastos subvencionables: Se consideran subvencionables los gastos especificados en el artículo 29 de la Ley de subvenciones de Galicia que respondan de manera indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el período de vigencia del convenio. Los tributos son gasto subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personales sobre la renta. En los términos previstos por el artículo 3 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre , se considerará gasto realizado cuando se haya contabilizado el reconocimiento del deber por el órgano competente de la entidad local. Documentación que tiene que presentar el beneficiario : para la percepción de la ayuda será necesario presentar, ante la Dirección General del Patrimonio Cultural,
  • Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local, con el visto bueno del alcalde o presidente, relativa a la aprobación, por el órgano competente, de la cuenta justificativa de la subvención, en la que se haga constar, como mínimo, de
  • El cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • Los distintos conceptos y cuantías correspondientes a los gastos totales soportados por la entidad beneficiaria imputables a la actuación subvencionada con la siguiente relación: la identificación del acreedor, o número de factura o documento equivalente, el importe, la fecha de emisión y la fecha de reconocimiento del deber por el órgano competente. Página 6 de 15
  • En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles: certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
  • Los documentos acreditativos de los gastos realizados con medios o recursos propios y la indicación, de ser el caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación detallada de la certificación expedida.
  • De ser el caso, los tres presupuestos que exige el artículo 29.3 de la Ley de subvenciones de Galicia.
  • Declaración responsable expedida por el órgano competente, comprensiva de las otras ayudas e ingresos percibidos o solicitados para este proyecto, en la que se indique la entidad concedente, la fecha y el importe total (Anexo I).
  • Declaración responsable del órgano competente de la entidad, de esatar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pagao ninguna otra deuda con la Administración pública da Comunidade Autónoma. Esta declaración será comprensiva del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones (Anexo II).
  • Declaración responsable de titularidad de la cuenta bancaria (Anexo III).
  • Pagos a cuenta: se podrán realizar pagos fraccionados la cuenta que responderán al ritmo de ejecución de las actividades subvencionadas, y se abonarán por cuantía equivalente a la justificación presentada, y que no supere el 80% del importe. La cuantía restante, se abonará después de justificar la realización de las actividades subvencionadas en su totalidad. El artículo 65.1 del Decreto 11/2009, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de subvenciones de Galicia, establece que el beneficiario/a está obligado/a a la constitución de garantías cuando esté prevista la posibilidad de realizar pagos a cuenta o anticipados; no obstante, según el apartado 4 del dicho
  • Don/doña: con domicilio DNI núm. en nombre propio/en representación de con CIF núm. (cumplimentar lo que proceda) AUTORIZA a la Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de la Xunta de Galicia a solicitar la cesión de la información por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus deberes tributarios con el Estado así como con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, a los efectos de la percepción de la subvención derivada de la firma de este convenio de colaboración, de acuerdo con el establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales, por lo que se aprueba su Reglamento de desarrollo, y la disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre , del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras normas tributarias, y demás disposiciones de aplicación. (Lugar y fecha) (Firma) Página 15 de 15
  • Traballos de investigación e documentación
  • Escavación con metodoloxía arqueolóxica dunha superficie estimada duns 40 m2, coa finalidade de exhumar e definir as estancias localizadas na parte oeste da área xa escavada e valorar a continuidade das estruturas e a aparición doutras novas.
  • Traballos previos de topografía para adecuación das planimetrías existentes do xacemento arqueolóxico ao datum actual (ETRS89), así como localización en campo das cuadrículas a escavar nesta campaña 2026 e tamén a colocación de items de referencia topográfica, para futuras localizacións.
  • Rexistro fotográfico e planimétrico da actuación arqueolóxica. Inclúe a realización de fotografía e vídeo aéreo (oblicua e vertical), e levantamento fotogramétrico dixital 3D.
  • Estudo pormenorizado dos materiais arqueolóxicos mobles recuperados, tratamento dos mesmos e depósito no museo correspondente.
  • Toma de mostras para a realización de analíticas de C14 e/ou OSL.
  • Traballos de conservación e acondicionamento básico Páxina 3 de 15
  • Limpeza e roza de vexetación previa, baixo control arqueolóxico da croa do xacemento.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto del presente convenio de colaboración entre la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud y el Ayuntamiento de Mondoñedo, la realización de la excavación y consolidación en el Castro de Zoñán, (Mondoñedo, Lugo).