FundacionesPersonas jurídicasES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA PRESIDENCIA Y GOBERNACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA Y LA FUNDACION RAICES 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA. La gestiona CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y GOBERNACIÓN.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Ejecutar el proyecto o realizar la actividad objeto de la subvención.
  • Justificar el empleo dado a la subvención, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento.
  • Aceptar las actuaciones de comprobación que realice la Ciudad Autónoma.
  • Poner en conocimiento del órgano concedente la obtención de cualesquiera otras subvenciones, públicas o privadas, que incidan sobre la misma actividad subvencionada.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias para con la Ciudad de Ceuta y la A.E.A.T. Y, de las sociales para con la T.G.S.S.
  • Conservar y poner a disposición de los órganos de control de la Ciudad de Ceuta, cuantos libros, registros, documentos, etc. sean necesarios para el ejercicio de l a actividad objeto de la subvención, a fin de posibilitar la comprobación del destino a los fondos recibidos.
  • Reintegrar los fondos recibidos en caso de producirse algunos de los supuestos recogidos en el artículo 18 del Reglamento de Subvenciones.
  • Dar publicidad al carácter público de los fondos.
  • OCTAVA.- Justificación de la subvención . La Entidad benefi ciaria deberá present ar ante la Consejería competente, en el plazo de tres meses desde la finalización de la actividad subvencionable, la cuenta justificativa con todos los documentos a los que hace re ferencia la Guía General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Deberá presentarse una MEMORIA TÉCNICA DE ACTUACIONES , una relación de los bienes inventariables que posee la asociación y que se encuentran afectos a la subvención y el listado de usuarios que han participado de las distintas actividades. Igualmente, la MEMORIA ECONÓMICA que comprenderá toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida por la Consejería de
  • Certificado de la Memoria eco nómica por la Entidad beneficiaria , conforme al modelo que se incorpora en Anexo III (firmado en todas sus hojas).
  • Relación clasificada de personal (Anexo V) y relación de gastos e inversiones (Anexo III) por actividad realizada en fic hero informatizado en formato Excel, que reflejará los apartados reseñados de forma clara e inequívoca y que deberán ir agrupados por tipo de gasto y por fecha de emisión. La no presentación de dicho F ichero informatizado dará lugar a que no se considere justificada la subvención percibida. Se considerarán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se r ealicen en el plazo establecido, debiendo la entidad be neficiaria haberlos presupuestado previamente en el proyecto aprobado por la CSSS y fiscalizado por Intervención. No se aceptarán como gastos subvencionables, aquellos que no se encuentren en el proyecto

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

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