CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE TURISMO DE GALICIA Y EL AYUNTAMIENTO DE O VALADOURO PARA LA CELEBRACIÓN DEL MERCADO DE PRIMAVERA 2026

Constituye el objeto de este convenio establecer las bases de colaboración entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de O Valadouro para la celebración del Mercado de Primavera 2026.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona AGENCIA TURISMO DE GALICIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    El Ayuntamiento, según se establece en el artículo 8 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regulan especialidades en las subvenciones a la entidades locales gallegas, estará obligado a justificar ante la Agencia de Turismo de Galicia el cumplimiento de la finalidad de la subvención, la realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real, mediante la presentación de una cuenta justificativa integrada, con carácter general, por la documentación que se relaciona a continuación, y que incorporará, en todo caso, la certificación de la intervención o del órgano que tenga atribuidas las facultades de control de la toma de razón en contabilidad y del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida.
  • justification
    La justificación de la ejecución de las actividades subvencionadas se realizará según la modalidad de cuenta justificativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del citado
  • justification
    Decreto 193/2011, de 6 de octubre, para lo cual el ayuntamiento deberá presentar:
  • justification
    Certificación expedida por la Secretaría de la entidad local, con el visto bueno del/a alcalde/sana o presidente/a, relativa a la aprobación por el órgano competente de la cuenta
  • justification
    El cumplimiento de la finalidad de la subvención.
  • justification
    Los distintos conceptos y cuantías correspondientes a los gastos totales soportados por
  • justification
    la entidad beneficiaria imputables a la actuación subvencionada con la siguiente relación: identificación del/a acreedor/a, número de factura o documento equivalente, certificación de la obra, importe, fecha de emisión y fecha de reconocimiento del deber por el órgano competente. Salvo disposición expresa de las bases reguladoras, y sin perjuicio de lo previsto en la letra c) de este mismo artículo, no será exigible la remisión de los documentos relacionados en el artículo 48.2.b) del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • justification
    Que, según informe de la intervención municipal, se tomó razón en la contabilidad, en fase de reconocimiento del deber, de los gastos correspondientes a la ejecución del proyecto subvencionado.
  • justification
    Que, según informe de la persona secretaria del Ayuntamiento, en la tramitación y contratación del suministro se cumplió la normativa de aplicación en el ámbito local y, específicamente, a que rige las contrataciones de las administraciones públicas.
  • justification
    Certificado de tasador/a independiente debidamente acreditado/a e inscrito/a en el correspondiente registro oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles.
  • justification
    Los documentos acreditativos de los gastos realizados con medios o recursos propios y la indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en la letra a).
  • justification
    Una relación detallada de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados nacionales o internacionales, con indicación del importe y su origen.
  • justification
    De ser el caso, los tres presupuestos que se exigen en aplicación del artículo 29.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • justification
    Asimismo, deberá aportarse por el Ayuntamiento:
  • justification
    Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de los deberes tributarios y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, así como una declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 13 del reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.
  • justification
    Detalle de la documentación y soportes publicitarios en los que consten la colaboración de Turismo de Galicia y las marcas Xacobeo 2027 y Galicia Calidade.
  • justification
    Reportaje fotográfico de las actuaciones ejecutadas con cargo al convenio.
  • justification
    Indicación del número de cuenta para el ingreso de los fondos y adjuntar una declaración responsable de la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta.
  • justification
    De conformidad con el artículo 12.3 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre, por el que se regula especialidades en las subvenciones a las entidades locales gallegas, la contratación de las obras o equipamientos será realizada por el ayuntamiento conforme a la normativa vigente en materia de contratación del sector público, siendo el ayuntamiento contratante lo responsable directo de las consecuencias que de los incumplimientos si había podido derivar.
  • justification
    A la vista de esta documentación, el órgano competente de la Agencia de Turismo de Galicia, comprobará la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la subvención y, una vez comprobado el cumplimiento, expedirá certificado acreditativo de la verificación realizada y tramitará el pago.

Gastos y actuaciones

  • Tercera. - Gastos subvencionables. · ineligible
    De acuerdo con lo previsto en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, se considerarán subvencionables los gastos que, sin admitir duda, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada de acuerdo con la previsión de presupuesto recogida en la cláusula segunda y que se realicen a partir del 1 de enero de 2026. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado recogidos en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, no serán subvencionables.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Constituye el objeto de este convenio establecer las bases de colaboración entre la Agencia de Turismo de Galicia y el Ayuntamiento de O Valadouro para la celebración del Mercado de Primavera 2026.