CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER Y EL AYUNTAMIENTO DE UTEBO PARA LA GESTIÓN DE UN INMUEBLE DESTINADO A VIVIENDA TUTELADA PARA MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIAS CONTRA LA MUJER.

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y el Ayuntamiento de Utebo para el mantenimiento de una vivienda tutelada en la localidad de Utebo destinada a mujeres víctimas de violencia e hijas e hij os menores a su cargo residentes en la misma. La finalidad de este recurso es facilitar alojamiento temporal a mujeres que hayan sido víctimas de violencia s y menores a su cargo, proporcionándoles asistencia orientada al desarrollo de la autonomía personal para favorecer su integración social.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Estudiantes y educación, Mujeres e igualdad, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (IAM).

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • (A PRESENTAR CON FECHA LÍMITE EL DÍA 30 DE OCTUBRE DE 2026, INCLUIDO)
  • N° de orden N° factura Fecha Concepto Importe Importe ìmputado TERCERO: Haberse reflejado en la contabilidad de la entidad el ingreso correspondiente a la subvención, el cual podrá presentarse hasta el 26 de febrero de 2027.
  • recabar los certificados de estar al corriente de pago de los tributos y de la Tesorería general de la Seguridad Social, como de otras deudas con la Comunidad Autónoma de Aragón; en caso de no autorizar, se presentarán los correspondientes certificados.
  • recabar certificado de estar al corriente con la obligación de rendir cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, o haber presentado planes económico -financieros, en caso de que las cuentas de la entidad local presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores. En caso de no autorizar, se presentará el correspondiente certificado. Se acredita el cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo, según el
  • (A PRESENTAR CON FECHA LÍMITE EL DÍA 26 DE FEBRERO DE 2027, INCLUÍDO)
  • CUARTO: Haberse reflejado en la contabilidad de la entidad el ingreso correspondiente a la subvención, el cual podrá presentarse hasta el 26 de febrero de 2027. QUINTO: Que, con el objeto de ejecutar la actuación subvencionada, la entidad ha dado cumplimiento a la totalidad de la normativa aplicable en materia de contratación. SEXTO: Que los impuestos indirectos, en su caso, incorporados a facturas (IVA...) no son susceptibles de recuperación o compensación.
  • recabar certificado de estar al corriente con la obligación de rendir cuentas ante la Cámara de Cuentas de Aragón, o haber presentado planes económico-financieros, en caso de que las cuentas de la entidad local presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores. En caso de no autorizar, se presentará el correspondiente certificado. SE ACREDITA: el cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo, según el artículo 44 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. Lo que manifiesto para que conste y a los efectos oportunos, en _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _, a _ _ de _ _ _ _ _ _ de _ _ _ _.
  • Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que se recojan durante la ejecución de convenio, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso se podrán utilizar los datos para fines distintos o fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con el presente acuerdo y con las instrucciones del organismo responsable del tratamiento. Si la entidad encargada considera que alguna de las instrucciones infring e el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, informará inmediatamente al organismo responsable.
  • Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento
  • - El nombre y los datos de contacto de la entidad o entidades encargadas y de cada organismo responsable por cuenta del cual actúe la entidad encargada y, en su caso, de la persona representante d el organismo responsable o la entidad encargada y de la persona delegada de protección de datos.
  • - Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada organismo responsable.
  • - En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
  • - Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad
  •  El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento. Asimismo, colaborará con el organismo responsable del tratamiento para la identificación de la información que debe incluirse en su Registro de Actividades de Tratamiento en aquellos supuestos en los que la entidad encargada trate los datos en sus locales y exclusivamente con sus sistemas de información.
  • No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del organismo responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. La entidad encargada puede comunicar los datos a otras entidades encargadas del tratamiento del mismo organismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del organismo responsable. En este caso, el organismo resp onsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si la entidad encargada debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al organismo responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
  • Subencargo: No estará permitida el subencargo del tratamiento de datos personales
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
  • Garantizar que el personal empleado, así como las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad corre spondientes, de las que debe informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del organismo responsable del tratamiento la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.

Gastos y actuaciones

  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    La subvención objeto del presente convenio se destinará a sufragar los gastos corrientes
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de mantenimiento de la vivienda y gastos de primera necesidad de las residentes:
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    500.-€. Concretamente,
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Consumo eléctrico, agua, teléfono y gas.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de comunidad y seguro.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Mantenimiento y reparaciones necesarias.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos de comida y productos d e limpieza e higiene personal, ayuda para el transporte, compra de material escolar y guardería durante el primer. En relación a estos gastos, se estará a lo dispuesto en la Cláusula Séptima.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · ineligible
    No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Adquisición de equipos y material inventariable.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA: Se acompañarán los justificantes correspondientes a la adquisición de bienes y servicios, cuyas facturas deberán incluir el nombre y apellidos o razón social, el D.N.I. o N.I.F., el concepto por el que se extiende la factura y la liquidación del I.V.A. Las facturas deberán corresponder al centro o servicio objeto del convenio y, en el caso de que en una factura se incluyan gastos correspondientes a otros centros o servicios, se detallará al dorso el importe que corresponde al centro o servicio subvencionado. Las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas por el emisor de las mismas, o acompañadas del documento acreditativo de haber efectuado el pago del importe de las mismas.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y el Ayuntamiento de Utebo para el mantenimiento de una vivienda tutelada en la localidad de Utebo destinada a mujeres víctimas de violencia e hijas e hij os menores a su cargo residentes en la misma. La finalidad de este recurso es facilitar alojamiento temporal a mujeres que hayan sido víctimas de violencia s y menores a su cargo, proporcionándoles asistencia orientada al desarrollo de la autonomía personal para favorecer su integración social.