CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL IMAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES Y LAS HIJAS DE LA CARIDAD DE SAN VICENTE DE PAÚL PARA EL PROYECTO DE COMIDA A DOMICILIO DE LA OBRA SOCIAL LA MILAGROSA 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES432 - Cáceres. La gestiona INSTITUTO MUNICIPAL DE ASUNTOS SOCIALES.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    En el supuesto de que la entidad emisora de la factura esté exenta de IVA se incluirá Certificación acreditativa de esta exención.
  • justification
    Se aportará justificante bancario relativo al pago de la factura. B -Gastos de personal.
  • justification
    Personal con nómina. -Los gastos de esta índole se justificarán mediante la presentación de las nóminas correspondientes firmadas por su perceptor y será obligatoria la presentación de los documentos TC1 y TC2 debidamente convalidados. El TC1 deberá estar sellado por la oficina recaudadora y/o ir acompañado de justificante bancario, aun en caso de que no se imputen costes de seguridad social. El modelo TC2 deberá ir firmado por la persona autorizada en caso de confeccionarse telemáticamente por el Sistema RED. Deberá aportarse el modelo 111 (Trimestral) y modelo 190 (Resumen Anual) acreditativo del pagado a la Agencia Tributaria de las retenciones practicadas a trabajadores sujetos al IRPF.
  • justification
    Honorarios profesionales. -Se justificarán con las minutas de honorarios (emitidas con todos los requisitos legales) junto con el recibí o el adeudo bancario. En el caso de facturas emitidas por personas físicas por servicios profesionales a entidad beneficiaria viene obligada a la retención del (IRPF), en los límites y excepciones que establece la Ley y Reglamento del impuesto o en su caso, debiendo acreditarse el ingreso en la Agencia Tributaria con los modelos 111 y 190.
  • justification
    - En relación a la justificación de los pagos de los gastos realizados, se establece el
  • justification
    Si la forma de pago es una transferencia bancaria, ésta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en defecto de ésta, el concepto abonado y el cargo en cuenta bancaria.
  • justification
    Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en: a ) Un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documentación justificativa del gasto a que corresponde el pago y su fecha, el número y la fecha del cheque y debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma.
  • justification
    Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que debe especificarse la factura o documento justificativo del gasto a que corresponde el pago y su fecha, debajo de la firma debe aparecer el nombre y número del NIF de la persona que firma. Solo se admitirá el pago en metálico en facturas o documentos justificativos del gasto de cuantía inferior a 100 euros, con un máximo de 500 euros por expediente, (se facilitará modelo orientativo).
  • justification
    En el mismo plazo señalado en el apartado anterior, deberán presentarse: Los documentos acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y frente a la Seguridad Social, impuestos por las disposiciones vigentes, o en su caso documentos acreditativos de la exención de dichas obligaciones como requisito previo al pago de la subvención.
  • justification
    Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
  • justification
    Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad del proyecto a la no adopción del comportamiento que fundamentan la concesión de la subvención.
  • justification
    Incumplimiento de la obligación de justificación en el plazo establecido o la justificación insuficiente.
  • justification
    Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.
  • justification
    Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de control financiero.
  • justification
    Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios, así como de los compromisos asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención siempre que afecten o se refieran al modo en que han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamente la concesión de la subvención.
  • justification
    Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios así como de los compromisos asumidos por estos con motivo de la concesión de la Subvención cuando de ellos se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el incumplimiento del objetivo , la realidad o regularidad de las actividades subvencionadas o la concurrencia de las subvenciones , ayudas ingresos ,o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea u organismos internacionales.
  • justification
    La no presentación de la documentación exigida en la condición segunda.
  • justification
    Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por este una actuación inequívoca tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por la aplicación de los criterios establecidos en la presente Cláusula.
  • justification
    Concurrirá en incumplimiento parcial cuando el porcentaje de la actividad subvencionada efectivamente realizada respecto a la subvención concedida sea inferior
  • justification
    Si el porcentaje de actividad efectivamente ejecutada respecto a la concedida es inferior al 100 % y superior o igual al 50 %, se procederá al reintegro proporcional de la subvención concedida

Gastos y actuaciones

  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan al normal funcionamiento del proyecto “No es llevar comida, es alentar vida” como gastos de personal, de las personas alojadas si están enmarcadas en el proyecto presentado, gastos de otros profesionales, suministros y servicios efectuados por proveedores, alquiler de la sede y su mantenimiento, etc... En todo caso, debe acreditarse fehacientemente en el correspondiente justificante de gasto que el mismo está directamente relacionado con el proyecto “No es llevar comida, es alentar vida”, presentado para la concesión de la subvención.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Se consideran gastos subvencionables los gastos corrientes realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 15 de diciembre de 2026 y efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    -. En ningún caso serán gastos subvencionables:
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos inventariables (compra o adquisición de material informático mobiliario de oficina, electrodomésticos o similar). No obstante, se admitirá el renting o leasing, con un límite máximo del 25 % de la subvención concedida.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos de procedimientos judiciales.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los impuestos personales sobre la renta y los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los tributos, tarifas y/o precios públicos, cuya titularidad corresponde al IMAS o al Ayuntamiento de Cáceres, y el ingreso de los mismos deban realizarse en la Hacienda municipal.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - En materia de subcontratación de actividades subvencionadas se atenderá a lo dispuesto en los artículos 29.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, estableciéndose con carácter general el límite de 50% para la subcontratación de la actividad. No obstante, como también se contempla en las citadas normas y, siempre que así se considere en el Informe emitido por el equipo técnico del órgano gestor (Instituto Municipal de Asuntos Sociales) por considerarlo oportuno para el adecuado desarrollo del proyecto, se podrá subcontratar la actividad hasta el 100% de la subvención.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Cuando para la ejecución del proyecto sea preciso la ejecución de una obra, la adquisición de un elemento inventariable o la concertación de un nuevo servicio, cuyo importe exceda de la cantidad los 15.000 € (IVA incluido), en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Obra Social la Milagrosa de las Hijas de la Caridad deberán solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que la contracción del gasto se hubiere realizado con anterioridad a la firma del convenio.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    SEXTO: JUSTIFICANTE DE GASTOS
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - El beneficiario deberá justificar la subvención por un importe de: CINCUENTA MIL EUROS (50.000€), mediante la presentación de una CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA, prevista en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuenta justificativa que, además de los documentos a que se refieren
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia La presentación de la cuenta justificativa, sin perjuicio de lo establecido en letra c) de la Estipulación Quinta del presente convenio, se realizará con fecha máxima el 15 de diciembre de 2026, según se establece en el artículo 30 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres; No obstante a lo anterior, el órgano concedente de la subvención podrá otorgar una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no podrá exceder de la mitad de plazo previsto en la presente convocatoria, siempre que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    - Esta cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las actividades realizadas conforme al proyecto presentado que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos, en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento General de Subvenciones.
  • CUARTO: GASTOS SUBVENCIONABLES · eligible
    Los gastos se justificarán en la forma siguiente:

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Servicios Sociales y Promoción Social