CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN YCOMERCIO, Y LA FEDERACION DEL COMERCIO DE CANTABRIA (COERCAN)PARA LA FINANCIACIÓN DE UN PLAN DE DINAMIZACION Y PROMOCIÓN COMERCIAL.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES13 - CANTABRIA. La gestiona CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, EMPLEO, INNOVACIÓN Y COMERCIO.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Publicará de forma periódica, veraz, objetiva, accesible, comprensible y actualizada la información pública cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad , relacionada con las actuaciones definidas en la cláusula tercera.
  • Publicará información relativa a:
  • Las funciones que desarrolla y la normativa que le sea de aplicación y, en particular, los estatutos y normas de organización y funcionamiento.
  • Su estructura organizativa. A estos efectos, se identificará a las personas responsables.
  • Su sede física, horarios de atención al público, teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Publicará toda la información que corresponda a las ayudas y subvenciones públicas que haya percibido, con indicación del concedente, objetivo o finalidad para la que se concede, plazo de ejecución, importe concedido y porcentaje que la subvención concedida supone sobre el coste total de la obra o servicio subvencionado, e indicación de si es compatible o no con otras ayudas o subvenciones y si se han obtenido otras ayudas o subvenciones para ese mismo objetivo o finalidad. Versión imprimible del documento. La integridad de este documento puede comprobarse en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria, a través de https://verificacsv.cantabria.es/verificacsv?codigoVerificacion=A0610NUElSnnRLllOamyCq3vURk2XRp0lm1Y59 Identificador de documento electrónico (ENI): ES_A06029668_2026_DOC_00N_000000000000002832892 Firma 1: 06/08/2026 - MARIA ISABEL URRUTIA DE LOS MOZOS
  • Deberá garantizar la publicación de la información de las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, al efecto de h acerlas públicas, a través de su página web en un apartado específico sobre transparencia, y comunicar a esta Consejería, del cumplimiento de dicha obligación, de conformidad con los artículos 6.2, 28.6 y
  • 6 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.
  • Adoptará las medidas necesarias para que toda la información sujeta a las obligaciones de publicidad activa, esté disponible en la correspondiente sede electrónica, portal o página Web. Garantizará la simplificación de los trámites y la utilización de un lenguaje y canales de comunicación oral y escrita comprensibles, con el adecuado apoyo y asistencia a la ciudadanía, y promoverá medidas efectivas para la plena accesibilidad de las personas con limitaciones visuales, motrices, auditivas o cognitivas para el ejercicio de los derechos amparados por la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública Ambas partes acuerdan adoptar una política de tolerancia cero con el fraude, a través de la detección de cualquier actuación fraudulenta y, en su caso, subsanar sus consecuencias, asumiendo para ello los principios de integridad, imparcialidad y honestidad en el ejercicio de sus funciones. DUODÉCIMA. – Reintegro y graduación de incumplimientos.
  • Procederá la revocación de la subvención y, en su caso, el reintegro total de la misma, con la exigencia del interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se reintegren voluntariamente los fondos percibidos o se acuerde por el órgano competente la procedencia del reintegro, en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la Ley de Cantabria 10/2006 , y,
  • Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido.
  • La negativa u obstrucción a las actuaciones de control establecidas en los resuelvo undécimo de la presente convocatoria.
  • Incumplimiento de la obligación de realizar el objeto del convenio en la forma prevista en el resuelvo tercero, y de destinar las cantidades otorgadas al fin concreto para el que fueron subvencionadas en un porcentaje superior al 60 por 100 del importe total del convenio.
  • Asimismo, procederá la revocación parcial de la subvención y el reintegro
  • En el supuesto de concurrencia de subvenciones , la cantidad que supere el coste de la actividad subvencionada.
  • Incumplimiento de la obligación de realizar el objeto del convenio en la forma prevista en el resuelvo tercero, y destinar las cantidades otorgadas al fin concreto para el que fueron subvencionadas en un porcentaje igual o inferior al 40 por 100 del importe total del convenio. Dentro de este límite, el órgano concedente determinará, en su caso, el porcentaje proporcional de reintegro parcial correspondiente a cada actuación.
  • Justificación insuficiente de los gastos subvencionados, reintegro de la cantidad correspondiente a los gastos no justificados o incorrectamente justificados.
  • Incumplimiento de las obligaciones de publicidad y difusión de la financiación recibida de cada actuación, se aplicará el reintegro de un 5 % sobre el importe de la subvención recibida por cada actuación. No procederá el reintegro cuando los incumplimientos tengan carácter meramente formal, resulten subsanados en el trámite concedido al efecto y no se vea afectada la consecución de la finalidad de la subvención ni las actuaciones de comprobación y control financiero.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes