CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA PARA LA CREACIÓN DE ANILLOS DE PREVENCIÓN FRENTE A INCENDIOS FORESTALES EN NÚCLEOS URBANOS

El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración institucional entre el Gobierno de Aragón y la Diputación Provincial de Huesca para la ejecución coordinada de anillos de prevención frente a incendios forestales en los núcleos urbanos y rurales situados en zonas de alto riesgo de la provincia de Huesca de acuerdo con la planificación y proyectos o documentos técnicos de ejecución que el Gobierno de Aragón determine…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Agricultura, ganadería y pesca. Su ámbito territorial es ES241 - Huesca. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Diputación Provincial de Huesca asume, mediante la firma de este Convenio, en calidad beneficiaria de la subvención, y sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones impuestas por la normativa aplicable en materia de subvenciones, las
  • siguientes obligaciones:  Cumplir con la finalidad para la que se concede la ayuda, ejecutar las actu aciones comprendidas en este Convenio y destinar la cuantía aportada por el Gobierno de Aragón a los fines propios previstos en este documento.
  • Página 8 de 12  Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada y el destino de los fondos otorgados conforme a las previsiones contenidas en el presente convenio.  Acreditar estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable. Asimismo, debe haber presentado planes económico - financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
  • La justificación y pago de la subvención se a justará a lo dispuesto en los artículos 35 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado mediante Decreto legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón y en las disposiciones que la desarrollen. El Gobierno de Ar agón abonará a la Diputación Provincial de Huesca las cantidades establecidas en la cláusula anterior contra la presentación de las facturas y documentos justificativos de la adecuada aplicación de los fondos a las actuaciones establecidas en
  • Relación detallada de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste.
  • Facturas originales o, documentos de valor probatorio equivalente, del gasto de la actuación subvencionada, acompañadas de los documentos de pago, que deberán haberse realizado desde el 1 de enero, hasta el 15 de noviembre de 2026.
  • Informe-Memoria que justifique el cumplimiento de las condiciones y los resultados obtenidos, acreditativa del coste económico de la subvención.
  • Certificado del beneficiario en el que se haga constar que las cantidades correspondientes al IVA no son susceptibles de recuperación o compensación. Se establece el día 10 de diciembre de 2026 como plazo máximo a efectos de presentación de los documentos justificativos de las actuaciones realizadas.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración institucional entre el Gobierno de Aragón y la Diputación Provincial de Huesca para la ejecución coordinada de anillos de prevención frente a incendios forestales en los núcleos urbanos y rurales situados en zonas de alto riesgo de la provincia de Huesca de acuerdo con la planificación y proyectos o documentos técnicos de ejecución que el Gobierno de Aragón determine. El objeto de colaboración incluye la concesión de una subvención constituyendo las cláusulas del presente convenio las bases reguladoras de la misma, rigiéndose por ellas y, en lo no previsto en las mismas, por las disposiciones del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Reglamento de la misma, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.