Convenio de colaboración entre el gobierno de aragón y la asociación de familias numerosas de aragón 3ymás para la realización de actuaciones de apoyo y prestación de servicios dirigidos a las familias numerosas

Concesión de la subvención directa incluida en el Decreto-Ley 1/2026, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un suplemento de crédito para atender las necesidades adicionales de financiación derivadas del funcionamiento de los servicios públicos esenciales y se adoptan medidas urgentes en relación con determinadas subvenciones de interés público, a Asociación de Familias Numerosas de Aragón 3ymás…

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Familias e infancia. Su ámbito territorial es ES24 - ARAGON. La gestiona DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La justificación de los gastos y pagos derivados del cumplimiento del objeto conveniado, deberá hacerse mediante la presentación de la documentación justificativa de conformidad con las normas establecidas en el presente convenio, en el periodo del 1 de octubre de 2026 al 16 de octubre 2026 y dirigida la Dirección General Familia, Infancia y Natalidad. Con carácter excepcional se admitirán aquellos gastos que, por su naturaleza, tales como nóminas del personal, IRPF y Seguros Sociales, se encuentren dentro del periodo elegible de la subvención, pero no puedan acreditarse dentro del plazo ordinario de justificación por incompatibilidad de plazos. En este supuesto se aceptará una previsión estimativa del importe del gasto dentro de la cuenta justificativa, debiendo ser presentados los originales y fotocopias justificativas correspondientes a la previsión de los gastos y pagos desde el 1 de enero de 2027 hasta el 19 de febrero de 2027.
  • La Asociación 3ymás deberá justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de la finalidad de la subvención, la realización de la actividad o adopción del comportamiento que fundamentó su concesión y su coste real mediante la aportación de la siguiente documentación:
  • 1 Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, y los resultados obtenidos.
  • Los justificantes que correspondan a servicios profesionales se justificarán mediante copia de la factura. Dicha factura, deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI y el concepto a que se refiere la actuación, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En el supuesto de que el gasto esté sometido al IRPF, será precisa la presentación de la carta de pago de la retención practicada para que sea subvencionable.
  • Si la documentación justificativa del gasto, presentada dentro del plazo establecido, cumple los requisitos establecidos, la aportación comprometida por el Gobierno de Aragón se abonará al cien por cien.
  • La falta de subsanación de la justificación documental aportada por la entidad beneficiaria, dará lugar a la pérdida del derecho de percibir la subvención concedida, o en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas.
  • Por parte del Departamento de Desregulación, Bienestar Social y Familia: Entregar a la Asociación 3yMás, el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras contenidas en la normativa de subvenciones y en el presente convenio. Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio. Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones objeto del convenio. Colaborar en la divulgación de la documentación, contenido y conclusiones de las actividades conveniadas, a través de la web del Gobierno de Aragón.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Concesión de la subvención directa incluida en el Decreto-Ley 1/2026, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se concede un suplemento de crédito para atender las necesidades adicionales de financiación derivadas del funcionamiento de los servicios públicos esenciales y se adoptan medidas urgentes en relación con determinadas subvenciones de interés público, a Asociación de Familias Numerosas de Aragón 3ymás. El destino de dicha subvención consistirá en el apoyo integral a las familias numerosas a través de las actuaciones desarrolladas en las tres provincias del territorio aragonés, potenciando los canales de acogida, información y orientación y poniendo en marcha acciones de sensibilización social y visualización de las familias numerosas.