Personas jurídicasES611 - Almería

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA Y LA “ASOCIACIÓN ECUATORIANA BOLIVARIANA HUANCAVILCA DEL AMAZONAS. HUDEA” PARA LA FINANCIACIÓN DEL PROYECTO DE ACCIÓN SOCIAL “HUDEA ACTUA 2025”. AÑO 2026

Otras Prestaciones económicas

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES611 - Almería. La gestiona AYUNTAMIENTO DE VERA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La beneficiaria se compromete a cumplir y aportar los siguientes aspectos/documentación: Presupuesto anual detallado de gastos e ingresos de la entidad. Ayuntamiento de Vera Plza. Mayor, 1, Vera. 04620 (Almería). Tfno. 950393016. Fax: 950393810 Cód. Validación: 7Y3NMFSAQTGREF3L4WDS2LQDD Verificación: https://vera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 12
  • Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social. La acreditación de dicha circunstancia deberá producirse previamente a la concesión de la subvención mediante certificaciones en vigor emitidas al respecto por la Agencia Tributaria Estatal, Autonómica y la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Vera. Dicha circunstancia deberá acreditarse previamente a la concesión de la subvención.
  • Declaración responsable de no estar incurso en circunstancia alguna que impida acceder a la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 apartados dos y tres de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo enumerarse cada una de las circunstancias enumeradas en el artículo referido. La misma deberá presentarse previamente a la concesión de la subvención.
  • Certificación del Secretario de la entidad, en la que haga constar de que no se dispone de ninguna otra subvención para el proyecto de que se trate, otorgada por otro organismo, entidad o empresa, y, en caso contrario importe y organismo que la hubiese concedido, de tal manera que sumados los mencionados importes al de la Subvención del Excmo Ayuntamiento de Vera no superen el coste del proyecto objeto de la subvención.
  • Certificado de antecedentes penales de la beneficiaria de la subvención.
  • Declaración responsable que la Entidad cumple la llevanza de su contabilidad recogidas en el RD 7767/1998 de 30 de abril del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin fines lucrativos y Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
  • Declaración responsable que la Entidad no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • Desarrollar las actividades objeto de la presente subvención en los términos y plazos previstos en el presente Convenio, y en su caso, en el Acuerdo de concesión.
  • Financiar el coste de los servicios y actividades en las cantidades que excedan de la aportación municipal y, en su caso, de otras entidades e instituciones para la misma finalidad.
  • Hacer constar y mencionar en el desarrollo de los servicios y actividades subvencionados, en cualquier actividad con proyección pública relacionada con los mismos, y en todos los folletos, carteles y demás documentos y material utilizado, el logotipo del Ayuntamiento, Ayuntamiento de Vera Plza. Mayor, 1, Vera. 04620 (Almería). Tfno. 950393016. Fax: 950393810 Cód. Validación: 7Y3NMFSAQTGREF3L4WDS2LQDD Verificación: https://vera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12
  • Justificar, ante el órgano concedente la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad de la subvención, el cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos y la aplicación de los fondos percibidos, de
  • Presentar justificación de la subvención en la forma y plazos que se especifican en el presente Convenio, y de conformidad con lo dispuesto al respecto en La Ley General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo.
  • Someterse y facilitar, aportando cuanta información, documentación y justificantes sean
  • Acatar las instrucciones y directrices emanadas del Excmo. Ayuntamiento de Vera, y como consecuencia de las inspecciones que se realicen, en orden a la realización de las actividades subvencionadas y encaminadas a la mejor utilización de la subvención.
  • Mantener las reuniones periódicas de coordinación y seguimiento que se establezcan con el personal del Ayuntamiento.
  • Informar al Ayuntamiento de Vera de cualesquiera cuestiones que pudieran afectar a la ejecución de los servicios y actividades objeto de la subvención, así como mantener un intercambio fluido de información en relación con dichos servicios y actividades.
  • Devolver, los fondos recibidos por el beneficiario que no hayan sido empleados en la financiación de las actividades subvencionadas. Dicha cuantía se verá incrementada con los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el art. 38 de la ley General de Subvenciones desde el día del ingreso, y hasta el momento en que se procede a la devolución efectiva por parte del beneficiario. La devolución se realizará siguiendo los pasos
  • Proceder:  A la devolución de los fondos percibidos, junto con los intereses correspondientes, cuando se produzca la declaración administrativa o judicial de nulidad o anulación del acto, acuerdo o resolución de concesión, de conformidad con lo previsto en el art. 36 de la Ley General de Subvenciones.  Al reintegro de los fondos percibidos, junto con los intereses correspondientes, en los supuestos contemplados en el art. 37 de la Ley General de Subvenciones.
  • SEXTA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN La beneficiaria de la aportación económica, queda obligada a justificar ante el Ayuntamiento la aplicación de los fondos concedidos. Los gastos deberán de justificarse mediante la aportación de cuantos documentos sean necesarios para el desarrollo del programa. Sólo se admiten los gastos EFECTUADOS Y PAGADOS dentro del plazo de ejecución de la actividad subvencionada (Enero 2026 a Diciembre 2026), NO ADMITIÉNDOSE, en ningún caso, los gastos realizados en el plazo de justificación de la misma. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos con la concesión de la subvención se realizará

Gastos y actuaciones

  • CUARTA. GASTOS SUBVENCIONABLES Y PLAZO DE EJECUCIÓN · eligible
    CUARTA. GASTOS SUBVENCIONABLES Y PLAZO DE EJECUCIÓN
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Los gastos incluidos en esta subvención serán los correspondientes a:
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Personal (nóminas, seguros sociales y otros) que preste sus servicios mediante relación laboral y de manera retribuida en las labores de la Asociación, anteriormente citadas.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · ineligible
    Gastos corrientes en suministro de Oficina. (Quedan excluidos los gastos inventariables).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Compra de alimentos.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Suministros generales de las oficinas y locales en las cuales desarrolle sus actividades (gastos de energía eléctrica, agua y conexión telefónica/ internet).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Gastos de desplazamientos, en los cuales se entenderán incluidos el alquiler de vehículos así como los gastos de combustible, para el transporte de los alimentos desde diferentes puntos de la Provincia de Almería y fuera de ella. Se excluyen las dietas, alojamientos y manutenciones.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Gastos de mantenimiento de los vehículos de la asociación utilizados para el reparto de alimentos (se incluyen gastos de seguro y reparaciones).
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Gastos de Alquiler de Oficina para la realización del Proyecto del banco de Alimentos de Vera.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Sistema de Alarma del Almacén y Oficina del Banco de Alimentos de Vea.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO: El plazo de ejecución para el desarrollo de los servicios y actividades subvencionadas es durante todo el año 2026.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    La beneficiaria se compromete a cumplir y aportar los siguientes aspectos/documentación: Presupuesto anual detallado de gastos e ingresos de la entidad. Ayuntamiento de Vera Plza. Mayor, 1, Vera. 04620 (Almería). Tfno. 950393016. Fax: 950393810 Cód. Validación: 7Y3NMFSAQTGREF3L4WDS2LQDD Verificación: https://vera.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 12
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social. La acreditación de dicha circunstancia deberá producirse previamente a la concesión de la subvención mediante certificaciones en vigor emitidas al respecto por la Agencia Tributaria Estatal, Autonómica y la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Que se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Vera. Dicha circunstancia deberá acreditarse previamente a la concesión de la subvención.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Declaración responsable de no estar incurso en circunstancia alguna que impida acceder a la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con el artículo 13 apartados dos y tres de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo enumerarse cada una de las circunstancias enumeradas en el artículo referido. La misma deberá presentarse previamente a la concesión de la subvención.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Certificación del Secretario de la entidad, en la que haga constar de que no se dispone de ninguna otra subvención para el proyecto de que se trate, otorgada por otro organismo, entidad o empresa, y, en caso contrario importe y organismo que la hubiese concedido, de tal manera que sumados los mencionados importes al de la Subvención del Excmo Ayuntamiento de Vera no superen el coste del proyecto objeto de la subvención.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Certificado de antecedentes penales de la beneficiaria de la subvención.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Declaración responsable que la Entidad cumple la llevanza de su contabilidad recogidas en el RD 7767/1998 de 30 de abril del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin fines lucrativos y Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Declaración responsable que la Entidad no es deudor por resolución de procedencia de reintegro.
  • GASTOS SUBVENCIONABLES: · eligible
    Desarrollar las actividades objeto de la presente subvención en los términos y plazos previstos en el presente Convenio, y en su caso, en el Acuerdo de concesión.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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