Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso y la Fundación Centro de Recursos Sociales (CERES) d · 2026

Título oficial: Convenio de Colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso y la Fundación Centro de Recursos Sociales (CERES) durante el año 2026

la Fundación está obligada a dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación del programa/actividad, debiendo figurar en toda la publicidad y expresamente: “Con la colaboración del Departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso” y su simbología correspondiente.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 41.344,20 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 31/12/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Cartelería y/o folletos realizados para cada actividad desarrollada, en su caso.
  • Facturas u otros documentos de valor probatorio justificativos de la cantidad subvencionada, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • Justificantes de pago de los gastos subvencionados.
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado las actividades subvencionadas o, en su caso, declaración jurada de no haber solicitado otras ayudas para este proyecto.
  • Documentación acreditativa que demuestre encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. En cualquier caso, junto a la exigencia de presentación de facturas, será requisito indispensable, en la justificación de la subvención, que el beneficiario presente el documento
  • Si la forma de pago es el cheque, el documento justificativo consistirá en un Recibí firmado y sellado por el proveedor en el que figure el número y la fecha del cheque, firma, nombre y NIF de quien firma, así como copia de extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la operación.
  • Si la forma de pago consiste en transferencia bancaria, esta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 5 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: AhNLMU191CLuDsevKoSg Firmado por ANTONIA VALVERDE QUEVEDO el 11/06/2026 09:07:27 Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 11/06/2026 09:09:22 Firmado por Secretario Acctal. D. PATRONIO MANGAS MORALES el 11/06/2026 09:27:17 El documento consta de 17 página/s. Página 5 de 17. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede
  • Si la forma de pago es en metálico, el documento justificativo consistirá en un Recibí, firmado y sellado por el proveedor, en el que se especifique la factura a que corresponde el pago y su fecha, así como el nombre, firma y NIF de la persona que firma. Sólo se admitirá el pago en metálico en facturas o documentos justificativos de gasto de cuantía inferior a 1000,00 euros (artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, según redacción dada por la Ley 11/2021, de 9 de julio).
  • Si la forma de pago consiste en transferencia bancaria, esta se justificará mediante copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia el número de factura o, en su defecto, el concepto abonado. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 5 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: aiewWndQtqhuZz2zzyfu Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 03/06/2026 08:41:37 El documento consta de 17 página/s. Página 5 de 17. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede Decreto número: 2026/4129

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

la Fundación está obligada a dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación del programa/actividad, debiendo figurar en toda la publicidad y expresamente: “Con la colaboración del Departamento de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Tomelloso” y su simbología correspondiente.