“CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA Y LA ASOCIACIÓN ADA LOVELACE. 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES617 - Málaga. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • SOBRE EL CARÁCTER NO CONTRACTUAL DE LA ACTIVIDAD. De lo expuesto , se desprende que el objeto de este convenio no tiene naturaleza contractual y, por tanto, no tiene por objeto una prestación propia de los contratos públicos y, lo que es más, se encuentra expresamente excluido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, cumpliéndose con lo todo lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • INCLUSIÓN DE LA SUBVENCIÓN EN EL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2026. La presente subvención directa de carácte r nominativo está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Málaga para el año 2026”. Considerando que en el expediente obra informe de la Asesoría Jurídica de fecha 15 de mayo de 2026 (CSV: M3A+39MkdPwY+yOmWWOIfg==), mostrando su conformidad a la propuesta de otorgamiento de esta subvención, mediante convenio de colaboración. Considerando que por parte de la Intervención General se rechazó con fecha 26/6/2026 la emisión de informe, ya que , según el proyecto presentado por ADA LOVELACE, el mismo ya había sido ejecutado a fecha 31 de marzo y , por tanto, debía aportarse al expediente la justificación de la ejecución del proyecto antes de la emisión del informe. Considerando que ADA LOVELACE ha presentado la memoria de justificación del proyecto, justificando el 100% del mismo , y que e l Área de Derechos Sociales, Diversidad, Igualdad y Accesibilidad ha admitido como válida dicha documentación justificativa y considera correctamente ejecutado y justificado el proyecto subvencionado , me diante
  • Firmado por: GARCÍA CARRASCO, FUENSANTA Fecha Firma: 27/07/2026 08:50 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 27/07/2026 10:10 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: COLMENERO MORATA, ENRIQUE Fecha Firma: 28/07/2026 09:40 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 28/07/2026 09:45 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador 16285LBP28MJB9195L65MPJP7 en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • Contribuir a que la comunidad educativa ofrezca recursos educativos transversales en igualdad.
  • Reconocimiento de la desigualdad en el día a día de la juventud.
  • Potenciar conductas no sexistas.
  • Reconocimiento y sensibilización contra la Violencia de Género adolescentes.
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades.
  • Memoria técnica. Debe dar cuenta de la conclusión del proyecto, incorporando una descripción detallada del nivel de eje cución de actividades, así como una estimación global del logro de resultados y objetivos. El formato de esta memoria está estrechamente relacionado con el documento de formulación del proyecto, de modo que mantiene una continuidad entre lo planificado (formulación del proyecto o reformulación del proyecto) con lo que se ha realizado (ejecución), y lo conseguido definitivamente (resultado y grado de consecución de los objetivos previstos). Cualquier información significativa deberá ser incluida en la memoria técnica.
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que especificará con el máximo detalle las actividades realizadas y su relación directa con los justificantes de gastos aportados, así como un documento narrativo que r ecoja toda la documentación que justifique los gastos efectuados con cargo a la actividad subvencionada. Los citados gastos tendrán que adaptarse a los capítulos y conceptos presupuestarios según el plan de financiación del proyecto. Las entidades perceptoras de subvenciones vendrán obligadas a justificar el 100 % del coste total del proyecto, y deberán incluir, en la memoria económica de justificación
  • Relación de facturas o cuadrante económico de gastos del coste total del proyecto (y no solo del importe subvencionado), conteniendo los datos del proveedor que emite las facturas, nombre, número de identificación fiscal, concepto facturado con el debido detalle, importe total de la factura e importe que se imputa a la subvención, fecha de emisión y fecha de pago. Si la factura presentada no se imputa de forma total a la subvención otorgada, se indicará el porcentaje o cuantía a imputar de la misma.
  • Ejemplar o muestra de la publicidad realizada para la divulgación de las actividades subvencionadas. Se deberá aportar foto de la placa o pancarta, que constará en el local donde se desarrolla la actividad subvencionada, o documento acreditativo.
  • Declaración de otros ingresos públicos o privados que han financiado el resto del proyecto.
  • Otros documentos que acompaña:
  • En relación a los proyectos presentados por entidades de voluntariado, acreditación de la póliza de seguro o garantía financiera suscrita por la entidad que cubra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la actividad voluntaria.
  • VIII.- Podrán justificarse los gastos que, en su caso, hayan podido efectuarse con anterioridad a la concesión de la subvención, siempre que se refieran a gastos reales de las actuaciones subvencionadas por la convocatoria. IX.- La documentación justificativa ha sido presentada a través de la Sede Electrónica, una vez ejecutado el proyecto, dentro del plazo máximo de presentación de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución establecido en el acuerdo noveno. X.- El proyecto se ha realizado y justificado en su totalidad. XI.- No se podrá subcontratar más de un 50% del proyecto.
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamentó la concesión de la subvención.
  • Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determine la concesión de la subvención. La justificación se ha de presentar en el plazo y en la forma indicado y las facturas soporte del empleo de los fondos deben estar pagadas a los proveedores en el plazo de dos meses desde su emisión. Firmado por: GARCÍA CARRASCO, FUENSANTA Fecha Firma: 27/07/2026 08:50 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: CANTOS RECALDE, FRANCISCO MANUEL Fecha Firma: 27/07/2026 10:10 Emitido por: FNMT-RCM Firmado por: COLMENERO MORATA, ENRIQUE Fecha Firma: 28/07/2026 09:40 Emitido por: FNMT-RCM Sellado por: AYUNTAMIENTO DE MALAGA Fecha Sello: 28/07/2026 09:45 Emitido por: FNMT-RCM Este ejemplar impreso de documento electrónico se puede verificar mediante el localizador 16285LBP28MJB9195L65MPJP7 en http://coteja.aytomalaga.intranet o escaneando el código QR que aparece a continuación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.
  • Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social