Convenio de colaboración entre el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias y la MSSBCyF para 2026. Promoviendo la inclusión social de las mujeres y las y los menores migrantes en situación de vulnerabilidad, en Cintruénigo y Fitero 2026

Es objeto del presente convenio es establecer las normas y condiciones que han de regir la concesión por parte del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias de una subvención directa a la Mancomunidad de Servicios Sociales Base de Cintruénigo y Fitero para promover el empoderamiento y avance en las competencias personales de las mujeres y menores migrantes en situación de vulnerabilidad, a través del aprendizaje de castellano y de habilidades socioemocionales, para favorecer la inclusión y cohesión social de las personas participantes en la comunidad.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Jóvenes, Mujeres e igualdad, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, JUVENTUD Y POLÍTICAS MIGRATORIAS.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • justification
    El abono de la subvención se realizará previa presentación de la ficha de seguimiento, y las memorias de justificación técnica y económica correspondientes a las acciones desarrolladas, adjuntando la documentación relacionada en el apartado 2 de esta cláusula.
  • justification
    El pago de las actuaciones ejecutadas entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026 se aprobará, previa justificación conforme a lo previsto en el apartado 2 de esta cláusula, mediante resolución de la Directora General de Políticas Migratorias.
  • justification
    Asimismo, para los gastos realizados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de noviembre de 2026, la entidad beneficiaria deberá presentar una solicitud de pago a cuenta con fecha límite 2 de diciembre de 2026 que responda a una relación de gastos corrientes y de personal devengados (actividad ejecutada) y pendientes de justificar que sean relativos a la parte de la actividad ejecutada. El pago a cuenta de los gastos de tal periodo se aprobará mediante resolución emitida en el mes de diciembre de 2026 por la Directora General de Políticas Migratorias.
  • justification
    Para acreditar la ejecución de la actividad subvencionada, la entidad beneficiaria entregará la
  • justification
    Comprobada la documentación justificativa presentada en las fechas indicadas en el apartado 2, la Directora General de Políticas Migratorias dictará las correspondientes resoluciones de liquidación y finalización del expediente. La liquidación final de la subvención se ajustará a los gastos e ingresos que realmente sean imputados al Proyecto, conforme a los requisitos de la subvención.

Gastos y actuaciones

  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    Se considerarán gastos subvencionables dentro del presente Convenio aquellos que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad a desarrollar. Así, serán subvencionables los siguientes gastos de las actividades señaladas en el presente convenio, que se devenguen entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive, y se paguen con anterioridad
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    al 16 de febrero 2027: A. Gastos de personal asignado por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actividades subvencionadas: salarios, seguros sociales a cargo de la entidad y otras cargas laborales. B. Gastos de funcionamiento necesarios para la prestación de dichas actuaciones (gastos de alquiler y suministros, gastos de viaje, materiales de oficina, comunicaciones). C. Gastos de actividades relacionadas con el desarrollo y ejecución del Proyecto, objeto del presente Convenio, y que no se correspondan por naturaleza con los indicados en el punto anterior (materiales diversos, otros gastos). D. Gastos indirectos: Tendrán la consideración de costes indirectos aquellos que no puedan vincularse directamente con el programa, pero que son necesarios para la realización de la actividad subvencionada. Se incluyen tanto los imputables a varios programas, como los gastos generales de estructura que, sin ser imputables a una actividad concreta, son necesarios para llevar a cabo la actividad.
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    Los gastos anteriormente señalados se distribuyen de la siguiente manera:
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    PERSONAL CONTRATADO 9.800,00 €
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    MATERIALES Y SUMINISTROS 7.710,00 €
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    GASTOS INDIRECTOS 6.050,00 €
  • Cuarta. Gastos subvencionables. · eligible
    TOTAL 81.000,00 € En ningún caso el coste de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor del mercado. Los gastos generales que estén relacionados de forma indubitada con la actividad subvencionada se imputarán por la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente aceptadas y, en todo caso, en la medida que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad subvencionada. En lo no contemplado en esta cláusula, en materia de gastos subvencionables, se estará a lo previsto en el artículo 28 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Es objeto del presente convenio es establecer las normas y condiciones que han de regir la concesión por parte del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias de una subvención directa a la Mancomunidad de Servicios Sociales Base de Cintruénigo y Fitero para promover el empoderamiento y avance en las competencias personales de las mujeres y menores migrantes en situación de vulnerabilidad, a través del aprendizaje de castellano y de habilidades socioemocionales, para favorecer la inclusión y cohesión social de las personas participantes en la comunidad.