CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DEL PERELLÓ Y LA ENTIDAD CLUB DE BIRLES PERELLÓ

C/ Lluís Companys, 2 El Perelló 43519 977 490 007 – 977 490 072 www.elperello.cat aj.perello@elperello.cat Página 3 de 7 El objeto de este Convenio es establecer un marco de colaboración económica entre el Ayuntamiento de El Perelló y la entidad CLUB DE BIRLES PERELLÓ.

En resumen: Está orientada a Clubes deportivos, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES514 - Tarragona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE PERELLÓ, EL.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Son obligaciones del Ayuntamiento de El Perelló:
  • Permitir y promover las actuaciones y actividades de la asociación y apoyarlas, y con esta finalidad permitir a la entidad CLUB DE BIRLES PERELLÓ la utilización del campo de birlas y de las instalaciones anexas a la zona deportiva municipal.
  • Mantener las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad y salubridad.
  • Aportar una subvención anual a la entidad CLUB DE BIRLES PERELLÓ de QUINIENTOS EUROS (500,00 €) , que será abonada en los términos que se detallan seguidamente.
  • Son obligaciones de la entidad CLUB DE BIRLES PERELLÓ:
  • Mantener los espacios cedidos, como asociación, tanto eventualmente al Hotel de Entidades como en las instalaciones municipales cedidas, en correcto estado de orden y limpieza y no ocupar los espacios comunes, con el fin de facilitar la convivencia, dado que se tratan de equipamientos destinados a usos diversos de las diferentes asociaciones locales.
  • Justificar, antes del 31 de enero del año siguiente al de la realización de las actividades, los gastos mediante la presentación de facturas, con los respectivos recibos y la correspondiente CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA, que debe
  • contener la información siguiente:
  • Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor, numero de la factura o documento de valor probatorio equivalente al tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y, en su caso, la fecha de pago con su justificante. Esta relación deberá presentarse debidamente ordenada y relacionada con cada gasto de forma individualizada.
  • Una relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, se deberá indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una, con identificación de los órganos concedentes. El incumplimiento de los plazos para la justificación de la subvención asignada provocará la pérdida del derecho a cobro de la misma, de acuerdo con las prescripciones del artículo 89 del Reglamento General de Subvenciones.

Gastos y actuaciones

  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    1. Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    2. Los intereses, recargos y sanciones administrativas y/o penales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    3. Los gastos de procedimientos judiciales.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    4. Los impuestos directos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    5. Los impuestos personales sobre las rentas.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    6 Gastos de comidas y/o refrigerios y/o consumiciones de los miembros de la asociación o de celebraciones que se organicen. Salvo que el órgano que debe conceder la subvención a través de la aprobación de las convocatorias establezca lo contrario, según lo que determina el artículo
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    1 de la Ley general de subvenciones, se considerará gasto realizado aquel que haya sido efectivamente pagado durante el periodo que se determine en la convocatoria específica. En el supuesto de que el beneficiario no justificara debidamente el importe de la subvención otorgada, el servicio responsable tramitará de oficio la reducción del importe de la subvención en la misma proporción que exista entre el importe a justificar y e l importe que se haya justificado, con la consecuente obligación de reintegro en caso de que se hubiera adelantado su pago.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Valorada los fondos en el supuesto de incumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidas para la concesión y, en todo caso, en los supuestos regulados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en los artículos 91 a 93 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.3 de la Orden de la Generalidad ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Someterse a las actuaciones de comprobación y organización que los órganos competentes del Ayuntamiento, realicen respecto a la gestión de la solvencia y específicamente en cuanto a la celebración de las actividades mencionadas Notificar al Ayuntamiento cualquier modificación que se pretenda
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Hacer constar de forma clara que la actividad está subvencionada o patrocinada por el Ayuntamiento de El Perelló, en los ejemplares de los programas, carteles, convocatorias de actividades y en toda la información gráfica, escrita y sonora que se realice y que sea el objeto de la actividad subvencionada.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la AEAT y la Catalana, y con la Seguridad Social.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Estar al corriente de pago de obligaciones de reintegro de subvenciones con el Ayuntamiento, así como cualquier otra deuda tributaria y/o compromiso económico asumida con la Corporación municipal que resulte del documento formalizado por ambas partes.
  • En ningún caso serán gastos subvencionables: · eligible
    Disponer de los estados contables, libros de contabilidad, registro diligenciados y otros documentos auditados, en conformidad con la legislación mercantil o sectorial que le sea aplicable. Las personas jurídicas beneficiarias de las subvenciones quedarán sometidas a las responsabilidades y al régimen sancionador que establece la normativa.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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C/ Lluís Companys, 2 El Perelló 43519 977 490 007 – 977 490 072 www.elperello.cat aj.perello@elperello.cat Página 3 de 7 El objeto de este Convenio es establecer un marco de colaboración económica entre el Ayuntamiento de El Perelló y la entidad CLUB DE BIRLES PERELLÓ.