Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Tomelloso y la Asociación de Castilla La Mancha de Residencias y Serv · 2026

Título oficial: Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Tomelloso y la Asociación de Castilla La Mancha de Residencias y Servicios de Atención a los Mayores (ACESCAM) para actividades del ejercicio 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES422 - Ciudad Real. La gestiona AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 2.000,00 €.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Tomelloso 2022-2026.
  • Ordenanza General reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Tomelloso. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 2 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: 5zicaiaUkaCw4HXSz0vr Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 20/08/2026 13:47:26 El documento consta de 12 página/s. Página 2 de 12. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede Decreto número: 2026/6226
  • Los artículos 21, 25 y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • El Título II del Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • TERCERA.- La Asociación deberá cumplir con las obligaciones documentales previstas por la Ley y someterse a las actuaciones de inspección y comprobación que acordase el Ayuntamiento.
  • CUARTA.- La Asociación de Castilla – La Mancha de Residencias y Servicios de Atención a los Mayores (ACESCAM), como mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, deberá presentar antes de finalizar el mes de enero de 2027, la memoria anual, acompañada de la documentación original, o copia debidamente
  • Cartelería y/o folletos realizados para cada actividad desarrollada, en su caso.
  • Facturas u otros documentos de valor probatorio justificativos de la cantidad subvencionada, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  • Justificantes de pago de los gastos subvencionados. Documento firmado electrónicamente en el marco de la normativa vigente. Puede comprobarse su autenticidad insertando el CVE reflejado al margen en la sede electrónica corporativa expresada. Sede Electrónica https://www.tomelloso.es/sede Página 4 Documento firmado electrónicamente. Código Seguro de Verificación: 5zicaiaUkaCw4HXSz0vr Firmado por El Alcalde D. JAVIER NAVARRO MUELAS el 20/08/2026 13:47:26 El documento consta de 12 página/s. Página 4 de 12. Puede comprobar su autenticidad insertando el CVE en nuestra sede: https://www.tomelloso.es/sede Decreto número: 2026/6226
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado las actividades subvencionadas o, en su caso, declaración jurada de no haber solicitado otras ayudas para este proyecto.
  • Documentación acreditativa que demuestre encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. En cualquier caso, junto a la exigencia de presentación de facturas, será requisito indispensable en la justificación de la subvención que el beneficiario presente el documento justificativo de cada uno
  • No obstante, en relación con la Estipulación Primera, podrán ser subvencionadas las actividades que hayan sido realizadas por la Asociación, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 y que no hayan sido subvencionadas previamente. Además, las partes, mediante cláusula adicional, podrán acordar cualquier modificación a los mismos en los términos que se pactaren.

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

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