Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y la Fundación Maresme Acompanyem Persones

Este convenio tiene por objeto regular el régimen de los términos de colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y la Fundación el Maresme en las actividades que realizará la Fundación Maresme, en materia de atención e integración social de las personas con disminución psíquica en la villa de Sant Pol de Mar, durante el año 2026, y en concreto por la atención de personas, niños y niñas.

En resumen: Está orientada a Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE SANT POL DE MAR.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Fundaciones, Entidades sociales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 1.000,00 €. Inicio: 01/01/2026. Plazo: Fin: 01/11/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • Destinar la subvención municipal al desarrollo de las actividades descritas en el pacto primero.
  • Mantener coordinación con Servicios Sociales cuando existan usuarios de Sant Pol de Mar que sean atendidos por la Fundación. Las actividades subvencionadas por el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar mediante este convenio pueden ser objeto de subvención por otras administraciones o entes públicos, de acuerdo con lo que establece la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre.
  • Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas o recursos Las actividades subvencionadas por el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar mediante este convenio pueden ser objeto de subvención por otras administraciones o entes públicos, de acuerdo con lo que establece la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre. Per a descarregar una còpia d'aquest document consulti la següent pàgina web Codi Segur de Validació 0c790bc37fa5456cbf8b4f91c7e76e5a001 Url de validació https://simplifica.santpol.cat:50443/absis/idi/arx/idiarxabsaweb/asp/verificadorfirma.asp?nodeabisini=002 Metadades Origen: Origen ciutadà Estat d'elaboració: Original Signatura 1 de 1 Albert Zanca Brossa 13/07/2026 Alcalde
  • El Ayuntamiento realizará un único pago del 100 % del total de la subvención otorgada, cuando se produzca la firma de este convenio, en entendido del cumplimiento en ese momento de los requisitos necesarios por parte de la entidad.
  • La presentación de la justificación de la actividad subvencionada deberá presentarse antes del 1 de noviembre de 2026.
  • La justificación de la subvención municipal se hará mediante la presentación de:
  • Una Memoria de la actividad, justificativa del cumplimiento de las condiciones de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
  • Una liquidación económica del proyecto y la presentación de facturas por actividades llevadas a cabo, por el doble del valor de la subvención concedida.
  • La justificación debe presentarse antes del 1 de noviembre de 2026.
  • Vigencia La vigencia de este convenio se extiende desde la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Por la realización de su objeto o la expiración de su vigencia, indicada en el pacto séptimo.
  • Por resolución, por incumplimiento de este convenio por cualquiera de las partes signatarias.
  • Por avenencia de las partes signatarias.
  • Por cualquier otra causa determinada en la legislación vigente.
  • Responsabilidad civil y laboral Las responsabilidades civil y laboral que se puedan generar frente a terceros a consecuencia de las actuaciones recogidas en este convenio de colaboración corresponden por completo a la Fundación Maresme, como ente ejecutor material de las actividades. Per a descarregar una còpia d'aquest document consulti la següent pàgina web Codi Segur de Validació 0c790bc37fa5456cbf8b4f91c7e76e5a001 Url de validació https://simplifica.santpol.cat:50443/absis/idi/arx/idiarxabsaweb/asp/verificadorfirma.asp?nodeabisini=002 Metadades Origen: Origen ciutadà Estat d'elaboració: Original Signatura 1 de 1 Albert Zanca Brossa 13/07/2026 Alcalde
  • Interpretación y jurisdicción competente Todas las cuestiones que puedan surgir en orden a la interpretación y ejecución de este convenio, dada su naturaleza netamente administrativa, serán resueltas por el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y, en caso de litigio, se someterán a la jurisdicción contencioso- administrativa. Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha indicados más abajo. Sant Pol de Mar, a fecha de firma Por la Fundació Maresme Acompanyem Persones Signat : Sr. Albert Vidal i Solà, Director-Gerent Por el Ajuntament de Sant Pol de Mar, Signat : Albert Zanca i Brossa Alcalde Por el Ajuntament de Sant Pol de Mar,

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Este convenio tiene por objeto regular el régimen de los términos de colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Pol de Mar y la Fundación el Maresme en las actividades que realizará la Fundación Maresme, en materia de atención e integración social de las personas con disminución psíquica en la villa de Sant Pol de Mar, durante el año 2026, y en concreto por la atención de personas, niños y niñas.