CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS Y COMERCIANTES DEL SEGURA (ASECOM), PARA LA DINAMIZACIÓN ECONÓMICA DEL MUNICIPIO.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES620 - Murcia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE SEGURA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    D.N.I. del representante legal.
  • documentation
    Inscripción de la Asociación en el correspondiente registro.
  • documentation
    Nombramiento del representante legal de la Asociación.
  • documentation
    Certificado de la entidad bancaria del código de cuenta cliente (IBAN 24 dígitos).
  • documentation
    Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias o de autorización para recabar datos relativos a tales obligaciones con la Agencia Tributaria.
  • documentation
    Certificado de estar al corriente de las obligaciones que corresponda con la Seguridad Social o autorización para que el Ayuntamiento de Molina de Segura pueda recabar tal información.
  • documentation
    Declaración jurada del representante del beneficiario de no encontrarse incurso en ninguna de las causas enumeradas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre LGS.
  • documentation
    Programa/proyecto por el que se otorga la subvención y presupuesto de las actividades/actuaciones del tal programa/proyecto.
  • documentation
    QUINTA.- El beneficiario de la subvención queda obligado con carácter general a cumplir con las obligaciones establecidas en el art.10 de la Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura y en el art.14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a las demás que resulten concordantes
  • documentation
    El incumplimiento de dicho plazo dará lugar a la pérdida del derecho a la subvención y el reintegro de la cantidad percibida, así como a las demás responsabilidades y consecuencias previstas en la normativa de aplicación.
  • documentation
    Para dar cumplimiento a la justificación habrá de presentar:
  • documentation
    Memoria de evaluación justificativa del desarrollo del programa/proyecto que motivó la
  • documentation
    Memoria detallada de la realización de las actuaciones conforme al programa/proyecto presentado con expresa mención de los resultados obtenidos y un extracto de la misma, según modelo oficial que se publicara en la Web municipal.
  • documentation
    Informe del representante legal del beneficiario en el que conste que se ha cumplido con la finalidad por la que le fue concedida la subvención.
  • documentation
    Ejemplar de la documentación programada, escrita o gráfica, en la que conste el logotipo del Ayuntamiento de Molina de Segura.
  • documentation
    Memoria económica justificativa del coste de lo actuado, que necesariamente contendrá:
  • documentation
    Relación de gastos e inversiones con identificación del acreedor y del documento.
  • documentation
    Documentos en original justificativos de los pagos efectuados para el desarrollo y realización de la actividad en formato factura con identificación del C.I.F del emisor, C.I.F del beneficiario, desglose de conceptos y repercusión del I.V.A. La justificación del pago de los importes igual o superiores a trescientos euros (300’00 euros) o su contravalor en moneda extranjera, deberá efectuarse mediante adeudo bancario, de conformidad con la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude. Para justificar los costes de personal deberán acompañarse las nóminas correspondientes firmadas por su receptor y su justificante de abono, así como los justificantes de abono de pagos y liquidaciones a Seguridad Social por cotizaciones y liquidaciones de retenciones por IRPF a las correspondiente Delegación de la Agencia Tributaria. Serán elegibles todos los gastos incluidos en el programa dentro de todo el ejercicio presupuestario 2026, aunque sea fecha anterior a la firma del convenio, pero dentro del citado año natural.
  • documentation
    Jornadas de networking y de formación con empresarios para promoción empresarial.
  • documentation
    Celebración de Gala anual de Premios Empresariales.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes