Personas físicasES512 - Girona

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LLORET DE MAR Y EVENTOS SINGULARES CATALUÑA, S.L., RELATIVO A LA CELEBRACIÓN DE CANDLELIGHT

Cultura

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES512 - Girona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE LLORET DE MAR.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Acreditar fehacientemente, mediante las correspondientes certificaciones, que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Lloret de Mar, de conformidad con los artículos 18 y siguientes del RLGS.
  • De acuerdo con el artículo 88.3 del RLGS, deberá comprobarse que no consta ninguna resolución declarativa de la procedencia del reintegro de la subvención, ni que se haya acordado como medida cautelar la retención de pagos referidos a la misma subvención. De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.3 de la Ley 38/2003, de 30 de noviembre, Eventos Singulares Cataluña, S.L., deberá justificar económicamente la realización del proyecto musical Candlelight mediante la presentación de un informe económico detallado antes del 31 de diciembre de cada año, para justificar los gastos e ingresos derivados de la realización de los conciertos Candlelight. Este informe será evaluado por los técnicos del Ayuntamiento de Lloret de Mar para determinar el impacto de la subvención. La justificación económica será aportada por Eventos Singulares Cataluña, S.L. al Ayuntamiento de Lloret de Mar, mediante instancia electrónica, adjuntando la documentación requerida a tal efecto:
  • Memoria del proyecto, justificativa del cumplimiento de las condiciones de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos durante el ejercicio 2026 en el municipio de Lloret de Mar.
  • Una liquidación económica del proyecto y la presentación de facturas y recibos de las actividades llevadas a cabo durante el ejercicio presupuestario 2026, como mínimo, por el valor de la subvención otorgada, que es de 8.000,00 €. Las partes acuerdan crear una comisión de seguimiento formada por representantes del Ayuntamiento de Lloret de Mar y de Eventos Singulares Cataluña SL para velar por el cumplimiento de las condiciones establecidas en este acuerdo de colaboración y para resolver cualquier cuestión derivada de su aplicación. Esta comisión estará formada por dos funcionarios del Ayuntamiento de Lloret de Mar y dos representantes de la empresa.
  • Por la realización de su objeto o la expiración de su vigencia.
  • Por resolución, por incumplimiento de este convenio por cualquiera de las partes firmantes.
  • Por acuerdo de las partes firmantes.
  • Antes del inicio de los conciertos Candlelight, la empresa Eventos Singulares Cataluña SL deberá acreditar:
  • Seguro de accidentes: con un importe mínimo de 300.000 euros de cobertura.
  • Seguro de responsabilidad civil: por un importe mínimo de 600.000 euros de cobertura. La empresa responderá de los daños y perjuicios que puedan derivarse de la organización y desarrollo de los conciertos y de la actuación de su personal o de los artistas, sin perjuicio de las coberturas aseguradas.
  • PRIMERO. Aprobar el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Lloret de Mar y Eventos Singulares Cataluña SL, relativo a la celebración de Candlelight. El presente convenio entrará en vigor en la fecha de la última firma electrónica y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. No obstante, será prorrogable expresamente, año a año, hasta un máximo de 4 años más, siempre y cuando ninguna de las dos partes manifieste expresamente su voluntad de ponerle fin en el plazo de un mes antes de la finalización de cada prórroga. Por tanto, el convenio podrá ser prorrogado de forma expresa, previo consentimiento de las partes, de forma anual, hasta la edición de 2030. Junto con la aprobación de las posibles prórrogas del convenio se aprobará anualmente una adenda en la que se detallarán las aportaciones del Ayuntamiento para cada edición de Candlelight.
  • TERCERO. La empresa Eventos Singulares Cataluña SL deberá acreditar tener suscrita y vigente una póliza de seguro que cubra accidentes y el riesgo de responsabilidad civil que pueda derivarse del desarrollo de los conciertos Candlelight en Lloret de Mar y de la utilización de las instalaciones y espacios de los Jardines de Santa Clotilde, que cubra daños personales y materiales a espectadores, terceros y a la instalación.
  • Seguro de accidentes, con un importe mínimo de 300.000 euros de cobertura.
  • Seguro de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 600.000 euros de cobertura. La empresa responderá de los daños y perjuicios que puedan derivarse de la organización y desarrollo de los conciertos y de la actuación de su personal o de los artistas, sin perjuicio de las coberturas aseguradas.
  • CUARTO. Eventos Singulares Cataluña SL asumirá íntegramente el riesgo económico del coste de los artistas, de la organización de toda la logística y de la venta de entradas, y aportará el personal necesario, minimizando la carga operativa del equipo de los Jardines. El Ayuntamiento no será responsable de las pérdidas derivadas de una posible falta de asistencia o de cualesquiera otras circunstancias relacionadas con la comercialización y venta de entradas, condiciones climatológicas o cualquier otra causa. Por tanto, la empresa no tendrá derecho a indemnización en concepto de pérdidas o lucro cesante.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Cultura