Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cariñena y la Asociación Cultural Amigos del Ferrocarril. Decreto 202 · 2026

Título oficial: Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Cariñena y la Asociación Cultural Amigos del Ferrocarril. Decreto 2026-0524 de fecha 21/07/2026

Desarrollar, y ayudar económicamente a la Asociación de amigos del Ferrocarril en la localidad de Cariñena para el desarrollo de actividades culturales en lo que se refiere al mantenimiento y funcionamiento del Centro de Interpretación del Ferrocarril con el fin de conservar, divulgar y poner en valor el patrimonio histórico ferroviario del municipio y su entorno. Dichas acciones culturales deberán desarrollarse durante el período comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES243 - Zaragoza. La gestiona AYUNTAMIENTO DE CARIÑENA.

● Concesión directa

Comprueba el procedimiento en las bases

La fuente la clasifica como concesión directa, nominativa o convenio. Esa clasificación no basta para determinar si admite solicitudes: consulta las bases para comprobar si existe un plazo público o un beneficiario designado.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Quién puede solicitarla

Perfiles orientativos: Asociaciones culturales, Personas jurídicas.

Beneficiarios oficiales: Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.

Importe y plazo

Presupuesto total de la convocatoria: 3.000,00 €. Inicio: 21/07/2026. Plazo: Fin: 22/07/2026.

Cuantía por beneficiario: consulta las bases oficiales; el presupuesto total no es el importe individual.

Requisitos para solicitarla

  • no presentar la justificación con anterioridad a dicha fecha la Administración le requerirá para que lo presente en un plazo improrrogable de 15 días.
  • - Una cuenta justificativa, comprensiva de la siguiente documentación:
  • 1.- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En esta memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto presentado.
  • 2.- Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que contendrá:
  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad subvencionada, con identificación del acreedor y del documento del gasto, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • - Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Tal relación, se documentará en forma de declaración responsable ante el Alcalde-Presidente acreditativa de las ayudas concedidas por otras Administraciones o Entidades Públicas para financiar el coste de las actividades subvencionadas por el Ayuntamiento y de su importe, o de la inexistencia de dichas ayudas, a fin de garantizar que, en ningún caso, la suma de los importes de las ayudas concedidas por otras Administraciones o Entidades Públicas y del importe de la otorgada por el Ayuntamiento supere el coste de dichas actividades.
  • - Una declaración responsable ante el Alcalde Presidente, que puede ser sustituida en el caso de personas jurídicas por una certificación expedida por quien ejerza las funciones de secretario de las mismas, acreditativa de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la que fue concedida la subvención.
  • - Una declaración responsable ante el Alcalde Presidente, que puede ser sustituida en el caso de personas jurídicas por una certificación expedida por quien ejerza las funciones de secretario de las mismas, acreditativa del carácter deducible o no del Impuesto sobre Valor Añadido s oportado en los gastos realizados objeto de subvención.
  • - Los tres presupuestos que deban haberse solicitado, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones y del artículo 37.3 del del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, en relación con el
  • Deberán acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda Local.
  • Deberán acreditar que no están incursos en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
  • Realización de la actividad: Los beneficiarios deberán realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarla debidamente ante el Ayuntamiento de Cariñena, así como el cumplimiento de las condiciones y requisitos que determinan la concesión y disfrute de la misma, entre ellos tener pagada la actividad subvencionada en el momento de la justificación.
  • Deberán concurrir a las convocatorias de subvenciones aprobadas por la Diputación Provincial de Zaragoza.
  • Deberán realizar un acto durante las fiestas patronales.
  • Deberán presentar voluntarios (3 titulares y 3 suplentes) para los actos culturales y deportivos promovidos por el Ayuntamiento.
  • Reintegro: Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora
  • desde el momento del pago de la subvención, en los siguientes casos: a. Haber obtenido la subvención sin reunir los requisitos exigidos. b. Incumplimiento de la obligación de justificación, así como el incumplimiento del resto de compromisos recogidos en el presente Convenio. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y podrán ser cobradas con arreglo a los procedimientos establecidos.
  • Difundir convenientemente y hacer constar en toda información que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Cariñena.
  • Actuaciones de control: Los beneficiarios deberán someterse a las actuaciones de comprobación por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Cariñena, a las de control financiero de la Intervención General, así como a los demás previstos en la vigente legislación.
  • MEMORIA DE ACTUACIÓN (Informe justificativo del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las inversiones realizadas y de los resultados obtenidos, dicho informe deberá tener la extensión y el detalle suficiente para justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión. Deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto presentado) Fecha Firma del Presidente

Documentos y fuente oficial

Origen del resumen

Información procedente de los datos o documentos oficiales enlazados

Desarrollar, y ayudar económicamente a la Asociación de amigos del Ferrocarril en la localidad de Cariñena para el desarrollo de actividades culturales en lo que se refiere al mantenimiento y funcionamiento del Centro de Interpretación del Ferrocarril con el fin de conservar, divulgar y poner en valor el patrimonio histórico ferroviario del municipio y su entorno. Dichas acciones culturales deberán desarrollarse durante el período comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026.