CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE DIPUTACIÓN DE PALENCIA Y ASOCIACIÓN DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO DE PALENCIA 2026

El presente Convenio tiene como finalidad la colaboración económica de la Diputación en los gastos de la Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia que se ocasionen con motivo de la realización de actividades de la Asociación, incluidas las ediciones de libros, revistas y publicidad. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Esta subvención se integra en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, aprobado en fecha 26 de diciembre de 2025, contribuyendo con ello a la financiación de sus actividades.

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES414 - Palencia. La gestiona DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE PALENCIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • La Diputación, con cargo a la aplicación presupuestaria 52 33409 48906 114 del vigente presupuesto económico de 2026, aportará al objeto señalado la cantidad de 2.500 €, una vez presentada memoria justificativa de las actuaciones y la justificación del gas to. Asimismo, la Diputación proveerá a la Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia de un ejemplar de las publicaciones que edita para su Biblioteca. La Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia, se compromete a colaborar con la Diputación de Palencia, en el ámbito de la provincia de Palencia y a entregar a la
  • La cantidad a justificar será la subvencionada, es decir, 2.500 €.
  • El plazo improrrogable de justificación finaliza el día 30 de octubre de 2026.
  • Se podrán justificar los gastos que se hayan realizado desde el 1 de enero de 20 26
  • hasta el 30 de octubre de 2026, mediante la presentación de: a. El Anexo relativo a la solicitud de pago de la subvención y declaración de la Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia. b. El Anexo relativo a la relación de facturas. c. Las facturas originales. d. La acreditación de que la Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Diputación de Palencia. A tal efecto, autoriza a la Diputación Provincial de Palencia para que pueda obtener el certificado de la Agencia Tributaria. e. La memoria justificativa de las actuaciones realizadas. Con independencia de la documentación señalada, se podrá requerir en todo momento la documentación o información complementaria que en función de las características del proyecto o datos facilitados se estime necesaria.
  • Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones y/o compromisos adquiridos : La presentación fuera de plazo de la justificación se considerará una infracción leve de conformidad con lo establecido en los Artículos 52 a 69 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • El 10 % del importe de la subvención, como máximo 450 euros, en el caso de que se presente la justificación fuera de plazo, con anterioridad a efectuar el requerimiento adicional de la justificación.
  • Hasta el 20 % del importe de la subvención, como máximo 900 euros, en el caso de que la justificación se presente en el plazo concedido en el requerimiento adicional. En los supuestos de presentación fuera de plazo de la justificación, la aprobación de ésta última no dará lugar al pago inmediato de la subvención, sino que éste quedará demorado hasta la resolución del procedimiento sancionador correspondiente.

Gastos y actuaciones

  • Segunda.- Gastos subvencionables · ineligible
    Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de las actividades subvencionadas objeto del Convenio. En cualquier caso, quedan excluidos los viajes, incluidas excursiones culturales a cualquier edificio o dependencia cultural y las entradas a museos eventos, etc., así como los gastos protocolarios, todo tipo de comidas y la adquisición de material inventariable.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El presente Convenio tiene como finalidad la colaboración económica de la Diputación en los gastos de la Asociación Amigos del Camino de Santiago de Palencia que se ocasionen con motivo de la realización de actividades de la Asociación, incluidas las ediciones de libros, revistas y publicidad. Esta subvención se engloba dentro de las medidas para la consecución de la Meta 11.4 “Protección del patrimonio cultural y natural” de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Esta subvención se integra en el Plan estratégico de subvenciones del año 2026, aprobado en fecha 26 de diciembre de 2025, contribuyendo con ello a la financiación de sus actividades.