CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE A CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDADE E A FEDERACIÓN DE ASOCIACIÓNS DE PERSOAS XORDAS DE GALICIA PARA O DESENVOLVEMENTO DUN PROXECTO DENOMINADO “SERVIZO DE ATENCIÓN LOGOPÉDICA PARA MENORES XORDOS E/OU CON DISCAPACIDAD

Servicios Sociales y Promoción Social

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas, Mujeres e igualdad, Personas con discapacidad. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • El artículo 2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • El artículo 19.4.c) de la misma ley establece que, con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa las subvenciones para aquellas actuaciones que acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario que dificulten su convocatoria pública. La concesión por parte de esta consellería de una subvención nominativa a favor FAXPG para esta anualidad va dirigida a garantizar los servicios especializados de atención a las personas
  • Intervención logopédica para enseñar a los/a las menores a interpretar los estímulos nerviosos o a utilizar las prótesis auditivas adecuadamente y facilitarles el aprendizaje del habla usando como herramienta la lengua de signos.
  • Asesoramiento a las familias y/o entorno de convivencia a lo largo del proceso de desarrollo comunicativo y lingüístico de los/de las menores, establecendo conjuntamente los objetivos y acompañándolos durante el proceso de aprendizaje.
  • Información y atención a centros educativos acerca de estrategias, recursos y metodologías a emplear con el alumnado con discapacidad auditiva.
  • Orientación y coordinación con los servicios de atención temprana externos a la FAXPG , de cara a la derivación de casos y a la realización de una intervención coordinada.
  • Organización de talleres para padres y madres de carácter pedagógico.
  • Acciones formativas en lengua de signos en centros educativos ( individuales y /o grupales)
  • El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad que va a desarrollar la entidad beneficiaria
  • Para poder ser entidad beneficiaria de las ayudas la FAXPG deberá cumplir los requisitos señalados en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galic ia, que a
  • No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarada insolvente en ningún procedimiento, no haber sido declarada en concurso, salvo que en este hubiera adquirido la eficacia de un convenio, no estar sujeta a intervención judicial o ser inhabilitada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley concursal, sin que concluya el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • No dar lugar, por causa de la que fuese declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la administración.
  • No estar incursa la persona física, las personas administradoras o aquellas que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la normativa vigente.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determine.
  • No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio o la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • La FAXPG debe cumplir, además, con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley
  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

Gastos y actuaciones

  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Intervención logopédica para enseñar a los/a las menores a interpretar los estímulos nerviosos o a utilizar las prótesis auditivas adecuadamente y facilitarles el aprendizaje del habla usando como herramienta la lengua de signos.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Asesoramiento a las familias y/o entorno de convivencia a lo largo del proceso de desarrollo comunicativo y lingüístico de los/de las menores, establecendo conjuntamente los objetivos y acompañándolos durante el proceso de aprendizaje.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Información y atención a centros educativos acerca de estrategias, recursos y metodologías a emplear con el alumnado con discapacidad auditiva.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Orientación y coordinación con los servicios de atención temprana externos a la FAXPG , de cara a la derivación de casos y a la realización de una intervención coordinada.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Organización de talleres para padres y madres de carácter pedagógico.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Acciones formativas en lengua de signos en centros educativos ( individuales y /o grupales)
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    TERCERA. PRESUPUESTO El coste total del proyecto es de 96.194,79€. La Consellería de Política Social e Igualdad financiará un importe de 27.238,23€ con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.312B.481.0 en la cuál existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto destinado a esta consellería para el año 2026. La aportación económica se limita a la compensación de gastos y en ningún caso supone beneficio económico para la entidad con la que se suscribe este convenio.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad que va a desarrollar la entidad beneficiaria
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Para poder ser entidad beneficiaria de las ayudas la FAXPG deberá cumplir los requisitos señalados en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galic ia, que a
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarada insolvente en ningún procedimiento, no haber sido declarada en concurso, salvo que en este hubiera adquirido la eficacia de un convenio, no estar sujeta a intervención judicial o ser inhabilitada conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo , por el que se aprueba el texto refundido de la Ley concursal, sin que concluya el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No dar lugar, por causa de la que fuese declarada culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la administración.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No estar incursa la persona física, las personas administradoras o aquellas que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la normativa vigente.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determine.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio o la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    La FAXPG debe cumplir, además, con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.
  • SEGUNDA. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES · eligible
    Someterse a las actuaciones de comprobación que deba efectuar la Consellería de Política Social e Igualdad, así como cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, y aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En el ámbito de la comunidad autónoma, debe facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención de la General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consello de Contas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de la subvenciones.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Servicios Sociales y Promoción Social