Personas jurídicasES11 - GALICIA

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE A CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA Y LA ASOCIACIÓN GALLEGA DE CERAMISTAS PARA REALIZAR UN ESTUDIO SOBRE LA VALORIZACIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN EN EL SECTOR DE LA CERÁMICA

1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la CEI y AGACER para la financiación de un estudio sobre la valorización de residuos de construción y demolición en el sector de la cerámica.

En resumen: Está orientada a Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES11 - GALICIA. La gestiona CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • documentation
    Revisión del certificado de tasación de bienes inmuebles, en su caso.
  • documentation
    Comprobación de la carta de reintegro de remanentes, de serlo caso.
  • documentation
    Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo el auditor solicitará a la entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa, en la que se indicará que se informó al auditor acerca de todas las circunstancias que puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención. También se in - cluirán las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados.
  • documentation
    La verificación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 28.8 de la Ley de subvenciones de Galicia. 21
  • documentation
    Entregar en la información económica de la Memoria con el consiguiente detalle de gastos e inversiones en los que incurrieron los miembros asocia - dos para llevar a cabo la actividad subvencionada, con el mismo desglose y formato que se le exige al beneficiario principal. B.- ANÁLISIS DE Los DATOS Las comprobaciones se efectuarán sobre el 100% de los gastos y pagos incluidos en la relación de gastos y pagados. Se considerarán, a la hora de realizar el análisis, los conceptos, costes directos, costes de personal y costes indirectos.
  • documentation
    En cuanto a las facturas y otros documentos acreditativos del gasto:
  • documentation
    Que las facturas y justificantes de gasto cumplen los requisitos, de acuerdo con el establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el- que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los deberes de factura- ción.
  • documentation
    Que las fechas de emisión estén incluidas en el plazo de realización de la ac- tuación según el convenio de colaboración.
  • documentation
    Deberá comprobarse que el beneficiario procedió al estampillado de todas las facturas originales pagadas o documentos de valor probatorio equiva - lente que se incluyen en la relación de gastos. El estampillado incluirá el porcentaje de financiación de la Xunta de Galicia.
  • documentation
    Que los pagos están realizados dentro del plazo de justificación establecido en el convenio.
  • documentation
    No se admiten los pagos en efectivo.
  • documentation
    Los justificantes bancarios de pago deben coincidir exactamente con el im - porte de la factura, IVA incluido. En caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un detalle de los pagos efectuados don - de se pueda identificar el documento de gasto en cuestión. 22
  • documentation
    En el caso de ayudas concurrentes, verificará que no existe duplicidad de facturas.
  • documentation
    El beneficiario facilitará al auditor o sociedad de auditoría externa docu - mentación para realizar la verificación.
  • documentation
    C.- CONTENIDO DEL INFORME El informe deberá tener por lo menos el contenido señalado en el artículo 7 del Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo y hará mención expresa a cada uno de los puntos señalados en el apartado anterior. Además del anterior, deberá constar en el informe un cuadro resumen, indicando el presupuesto financiable según el convenio, el importe imputado por el beneficiario en la documentación justificativa, el importe realmente justificado considerando los criterios detallados en cada caso, el importe en gastos de personal a los que se hace referencia en la cláusula decimotercera, punto primero, según párrafo, y la cantidad finalmente válida a juicio del auditor, toda vez que no podrá nunca superar al financiable. Además, se explicarán las diferencias entre el presupuesto acreditado por el beneficiario y lo considerado válidamente justificado por el auditor , indicando los motivos de estas y su importe.
  • documentation
    Adicionalmente: El auditor podrá incluir cualquier comentario que a su juicio sea relevante y añada claridad al análisis realizado. 23

Gastos y actuaciones

  • Octava.- Gastos subvencionables · ineligible
    No se considerarán subvencionables los siguientes gastos:  Los de amortización de elementos inventariables.  Los gastos financieros.  Los gastos de garantía bancaria. Tampoco se considerarán subvencionables los gastos previstos en el punto 7 del ar-
  • Octava.- Gastos subvencionables · eligible
    tículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio:  Los intereses deudores de las cuentas bancarias.  Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penitenciarias.  Los gastos de procedimientos judiciales.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.- Este convenio tiene como objeto regular la colaboración entre la CEI y AGACER para la financiación de un estudio sobre la valorización de residuos de construción y demolición en el sector de la cerámica.