Convenio de Colaboración del Ayuntamiento de Elche con la Asociación de Informadores de Elche, en la organización del VI Premio Vicente Verdú de Periodismo e Innovación, organizado por la Asociación de Informadores de Elche. 2026

Cultura

En resumen: Está orientada a Asociaciones culturales, Personas físicas. Su ámbito territorial es ES521 - Alicante / Alacant. La gestiona AYUNTAMIENTO DE ELCHE/ELX.

● Concesión directa

Esta publicación no es una convocatoria abierta

Corresponde a una concesión directa, nominativa o convenio destinado al beneficiario que figura en la información oficial. Se muestra como referencia pública, pero otro club, asociación o persona no puede presentar una solicitud a esta publicación.

Consulta la fuente oficial para conocer el beneficiario y las condiciones concretas.

Qué necesitas

  • Colaborar mediante el pago de hasta un máximo de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €). Este importe se distribuirá en SEIS MIL EUROS (6.000,00 €) para el ganador o ganadores del certamen y, en su caso, QUINIENTOS EUROS (500,00 €) a cada participante que obtenga un accésit, con un máximo de dos posibles accésits a otorgar. Si el premio o los accésits se otorgan ex aequo a varias personas, se repartirá el importe con el que está dotado el premio o los accésits entre los galardonados. Los importes anteriores serán objeto de las retenciones que procedan, de conformidad con la normativa legal y reglamentaria de aplicación. La financiación se hará a través de la partida presupuestaria 285/20/26, denominada “Premios Periodista Vicente Verdú”, del presupuesto municipal vigente. El AYUNTAMIENTO no asumirá ningún otro tipo de gasto adicional, ordinario o extraordinario, que pudiera producirse durante la organización o desarrollo del certamen.
  • Indicar y reseñar la colaboración existente entre las partes, en todas las actuaciones de comunicación o difusión que se lleven a cabo en cualquier medio de comunicación.
  • QUINTA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA EL COBRO DEL PREMIO
  • Modelo A533. Solicitud abono premios otorgados. Cultura, cumplimentado y firmado por el galardonado/a.
  • Modelo A051 Designación de cuenta bancaria, cumplimentado y firmado por el galardonado, así como firmado y sellado por la entidad bancaria.
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria del galardonado, en el caso de que el modelo A051 no esté cumplimentado por la entidad bancaria.
  • NIF del galardonado/a. Una vez se haya comprobado que la documentación presentada de cada galardonado/a es correcta, se procederá al pago en el número de cuenta indicado por los mismos.
  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16340500562444157045 en https://sede.elche.es El Ayuntamiento comprobará si por la AIE se han llevado a cabo las obligaciones de publicidad activa prevista en la cláusula novena, que, en caso de no cumplirse, podrá decidir no colaborar económicamente.
  • OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS En la ejecución y desarrollo del objeto del presente Convenio, las partes se comprometen a cumplir las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Y, del mismo modo, se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, cualesquiera otras normas vigentes en materia de protección de datos de carácter personal establecidas al efecto.
  • Elche: https://sede.elche.es/, accesible también a través de su Portal de Transparencia: https://www.elche.es/transparencia/. Para testimoniar el apoyo prestado con los objetivos y para destacar la aportación económica del Ayuntamiento de Elche, la AIE deberá publicar en su página web o en sus redes sociales, dicha colaboración con indicación del importe de la colaboración y el objetivo o finalidad del mismo. De manera permanente en el footer o en la página de inicio de la web de la entidad beneficiaria aparecerá el logotipo del Ayuntamiento de Elche como entidad que recibe colaboración municipal y cuantía que aporta el AYUNTAMIENTO en el Premio Vicente Verdú de Periodismo e Innovación.
  • Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 16340500562444157045 en https://sede.elche.es En la celebración de actos públicos de actuaciones subvencionadas por este Convenio, la ENTIDAD deberá contemplar el logotipo del Ayuntamiento de Elche en los soportes que pudiera confeccionar para la ocasión como: programas, dípticos/trípticos, flyers, roll-ups, lonas, pancartas, fondos de escenario y en las presentaciones que proyecten al inicio o clausura de la jornada.
  • El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
  • El acuerdo unánime de las partes.
  • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de Seguimiento. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
  • Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
  • Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en otras leyes.
  • DECIMOTERCERA. VIGENCIA DEL CONVENIO El plazo de vigencia de este convenio se extenderá desde su firma hasta que el Premio Vicente Verdú de Periodismo e Innovación 2026 sea concedido y efectivamente abonado a su ganador o ganadores, o declarado desierto, sin perjuicio de los supuestos de no abono o reintegro. En cualquier caso, la comunicación del ganador y sus datos necesarios, o la declaración de desierto, deberán ser comunicados por la AIE al Ayuntamiento hasta el 31 de julio de 2026. De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, los convenios se perfeccionan por la prestación del consentimiento de las partes. En prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente convenio en la fecha de la firma electrónica.
  • Modelo A533. Solicitud abono premios otorgados. Cultura.
  • Modelo A051. Designación cuenta bancaria. La Junta de Gobierno Local acuerda aprobar la presente moción. Y para que conste, extiendo la presente a resultas de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo establecido en el art. 206 del ROFRJ de las Entidades Locales, aprobado por RD
  • Colaborar mediante el pago de hasta un máximo de SIETE MIL EUROS (7.000,00 €). Este importe se distribuirá en SEIS MIL EUROS (6.000,00 €) para el ganador o ganadores del certamen y, en su caso, QUINIENTOS EUROS (500,00 €) a cada participante que obtenga un accésit, con un máximo de dos posibles accésits a otorgar. Si el premio o los accésits se otorgan ex aequo a varias personas, se repartirá el importe con el que está dotado el premio o los accésits entre los galardonados. Los importes anteriores serán objeto de las retenciones que procedan, de conformidad con la normativa legal y reglamentaria de aplicación. La financiación se hará a través de la partida presupuestaria 285/20/26, denominada “Premio periodista Vicente Verdú”, del presupuesto municipal vigente. El AYUNTAMIENTO no asumirá ningún otro tipo de gasto adicional, ordinario o extraordinario, que pudiera producirse durante la organización o desarrollo del certamen.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Cultura